Multinacional pesquera

Infinito 'Caso Pescanova': ¿Aquí cuándo se cobra?

Diez años después de la quiebra, cada perjudicado deberá iniciar ahora un procedimiento individual en el Juzgado de lo Mercantil, asegura la empresa, para recuperar una parte de sus pérdidas

Gregory Armstrong (d.), con una intérprete durante el juicio de Pescanova SA.

Gregory Armstrong (d.), con una intérprete durante el juicio de Pescanova SA. / L.G

Lara Graña

Han pasado diez años, ocho meses y 21 días desde que Pescanova SA, la mayor multinacional pesquera de España, solicitó un preconcurso de acreedores que derivaría en la mayor insolvencia empresarial no inmobiliaria de la historia del país. Desde entonces la actividad industrial fue traspasada a otra compañía –Nueva Pescanova SL, que va a por su tercer plan estratégico–, se celebró un macrojuicio en la Audiencia Nacional (San Fernando de Henares), se dictó sentencia –con resolución incluida del Supremo– y el principal encausado (Manuel Fernández de Sousa-Faro) entró en prisión.

Pero la extensísima nómina de perjudicados por la trama, más allá de quien fue capaz de endosar su deuda a otro inversor, no ha visto un euro. Con el decreto de ejecución de sentencia ya divulgado, y que FARO avanzó en primicia, el camino de los afectados para ingresar al menos parte de sus pérdidas va a ser largo. Muy largo.

Aquella Pescanova SA (vieja Pescanova) subsiste a duras penas a día de hoy, pero solo como sociedad de cartera titular de un 0,34% de Nueva Pescanova. Según los cálculos del Alto Tribunal, el importe a satisfacer a los perjudicados ronda los 240 millones de euros. Aquí es preciso tener en cuenta dos consideraciones. La primera es que, según la vieja SA, los créditos a abonar en concepto de responsabilidad civil se sitúan en una horquilla de “entre 165 y 200 millones de euros”, lejos de esos 240 millones fijados por la Audiencia Nacional porque las indemnizaciones reclamadas en algunos casos son “abusivas”. En segundo lugar, y más importante, que estos créditos tienen “carácter concursal”.

En este punto hay acuerdo entre Pescanova SA y Nueva Pescanova, que será la que ha de asumir los pagos en última instancia como heredera de la vieja matriz. Al ser importes concursales tendrán que ser sometidos a la misma quita general del convenio de Pescanova SA, que fue del 97,5%. Es decir, que los 51,16 millones que perdió el fondo Luxempart con su inversión en Pescanova, por ejemplo, se quedarían en unos 1,28 millones de euros. Pero la Audiencia Nacional no es la competente para establecer ni si efectivamente han de ser sometidos a una quita ni en qué proporción.

Aquí es donde se enreda todavía más el procedimiento. “Cada beneficiario de la condena a la responsabilidad civil –la sentencia enumera a más de 270 personas físicas y jurídicas afectadas por la quiebra de la vieja Pescanova– deberán ejercitar su derecho por medio de la correspondiente demanda de ejecución”, expone Pescanova SA en un informe remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Siempre según los responsables de esta sociedad, los afectados no cobrarán nada “hasta que no exista un pronunciamiento firme del Juzgado de lo Mercantil 1 de Pontevedra sobre la aplicabilidad a dichos importes de las quitas y esperas” fijadas en el convenio. Es decir, que cada uno de los 277 perjudicados por los desmanes de la última etapa de Fernández de Sousa tendrán que acudir a la sala pontevedresa para que, en pronunciamiento firme, obligue a su ejecución. La vieja SA ya advierte que pleiteará “en las instancias correspondientes”, y Nueva Pescanova hará previsiblemente lo mismo.

Llegada de Manuel Fernández de Sousa-Faro a la reunión del consejo de admnistración de Pescanova en el que presentó su dimisión.FDV

¿Y si son privilegiados?

Al tener la consideración de créditos concursales, o así lo mantiene la compañía, la responsabilidad civil rondaría entre los 4.125.000 y los 5 millones de euros. Eso sí, no todos los juristas expertos en materia concursal están de acuerdo con esta apreciación. Como ya analizó este periódico, existe la posibilidad de que las indemnizaciones decretadas por la Audiencia Nacional tengan o bien carácter de créditos contra la masa o privilegiados; en ninguno de ambos casos serían susceptibles de sufrir una quita.

Esto es lo que en su día fijó el convenio de Pescanova SA en relación con los créditos concursales privilegiados: “Los acreedores privilegiados –ya sea con privilegio general o especial– solo quedarán vinculados al contenido del presente convenio si votasen a favor del mismo o si su firma o adhesión se hubiese computado como voto favorable para su aprobación judicial”.

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