Cambio legal

Los clientes vulnerables podrán solicitar una cuenta bancaria gratuita aunque ya tengan otra estándar

El Ministerio de Economía refuerza los derechos de las personas en riesgo de exclusión social y financiera más allá de lo que tenía previsto el año pasado

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, el pasado martes en la Moncloa.

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, el pasado martes en la Moncloa. / DAVID CASTRO

El Gobierno ha decidido retomar la reforma de la regulación de las cuentas de pago básicas, un producto bancario creado por la Unión Europea en 2014 para garantizar un acceso casi universal a los servicios financieros, pensado sobre todo para colectivos vulnerables. El Ministerio de Economía, además, ha decidido no quedarse en los cambios normativos que estaban en tramitación el año pasado y decayeron por la convocatoria de las elecciones generales, sino que ha dado un paso más. Así, las personas que cumplan con los requisitos de vulnerabilidad fijados podrán solicitar una cuenta de pago básica gratuita aunque tengan ya otra cuenta, algo que no era posible hasta ahora, según ha podido confirmar El Periódico de Catalunya, del mismo grupo editorial. 

La novedad se ha incluido en el proyecto de ley de creación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, que el Gobierno volvió a aprobar el martes pasado y ya va camino del Congreso. Dicho proyecto no vio la luz en 2023 por apenas unas semanas debido a la convocatoria electoral. Entonces ya incluía algunas modificaciones para tratar de evitar que los bancos sigan rechazando la concesión de las cuentas de pago básicas a personas que cumplen los requisitos para tenerlas, una vieja reclamación de asociaciones de defensa de colectivos vulnerables, particularmente de inmigrantes, refugiados y asilados. Tras volver a someter a consulta pública el texto que el Congreso aprobó el año pasado, el Ministerio de Economía ha decidido introducir algunas medidas adicionales para mejorar la inclusión financiera de dichos colectivos. 

Así, quienes cumplan los criterios de vulnerabilidad fijados por una ley de 2019 -unos ingresos brutos familiares, según los casos, de entre dos y tres veces el IPREM (14.400 y 21.600 euros) y no ser dueño de una empresa o un inmueble que no sea la vivienda habitual- podrán solicitar una cuenta de pago básica gratuita aunque ya tengan otra. Hasta ahora, la normativa permitía a los bancos denegar estas cuentas a quienes ya tuvieran una estándar. Economía, asimismo, ha establecido que quienes ya tengan una cuenta y hayan manifestado al banco su voluntad de cerrarla podrán solicitar una básica, algo tampoco contemplado hasta la fecha.  

Novedades

Como ya estaba previsto el año pasado, el proyecto de ley también aclara en qué supuestos las entidades estarán obligadas a abrir las cuentas de pago básicas y qué documentos identificativos serán válidos en los casos más complejos, además de encargar al Banco de España que elabore un modelo de solicitud estándar que los bancos deberán poner a disposición de los interesados en sus páginas web y oficinas. Asimismo, permite que los servicios sociales de los ayuntamientos autoricen que entidades del tercer sector debidamente inscritas certifiquen el riesgo de exclusión social y financiera de los solicitantes de las cuentas para agilizar los procesos. 

Como acordaron los grupos parlamentarios el año pasado, el proyecto de ley establece que tienen derecho a una cuenta de pago básica no solo los solicitantes de asilo, sino todos los que pidan protección internacional (derecho a asilo y también a protección subsidiaria, que una vez concedidos impide la devolución o expulsión del país). Asimismo, elimina de la ley el derecho de abrirlas de quienes "no tengan un permiso de residencia pero su expulsión sea imposible por razones jurídicas o de hecho", ya que no hay forma de acreditar lo segundo en muchos casos. Ahora bastará con acudir físicamente a una oficina y aportar la documentación que acredite la identidad. 

Documentos

Asimismo, el proyecto normativo establece como documentos válidos para identificarse ante los bancos los cuatro expedidos por el Ministerio del Interior que justifican las diferentes fases de la solicitud de la protección internacional o la condición de apátrida (entre ellos las conocidas como hoja blanca, tarjeta roja y tarjeta verde). Es relevante, ya que es un proceso que puede durar entre seis meses y un año. También fija que la carencia de ingresos podrá acreditarse mediante una declaración responsable. Y amplia de dos a tres meses el plazo en que la entidad deberá avisar al cliente de que le va a cerrar la cuenta

Asociaciones de defensa de colectivos vulnerables y de consumidores como Asufin vienen denunciado desde hace años que los bancos deniegan estas cuentas a personas que, aunque están en situación administrativa irregular, no pueden ser expulsadas del país. También han criticado falta de formación de los empleados de las oficinas sobre el producto y la documentación válida, así como incumplimientos en la obligación de denegarla por escrito (documento necesario para presentar una reclamación). 

Desde el sector financiero, por su parte, se viene alegando que la normativa choca con las fuertes obligaciones que le imponen las leyes de lucha contra el blanqueo de capitales. Los bancos españoles abrieron 47.728 de estas cuentas entre 2018 y 2021 a un ritmo creciente: 4.493 en 2018, 9.681 en 2019, 15.154 en 2020 y 18.400 en 2021. En los tres primeros años desde su incorporación a la legislación española, las entidades aceptaron el 92,59% de las solitudes de cuentas de pago básicas y rechazaron 3.220, un 7,41% del total que recibieron.

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La Unión Europea creó las cuentas de pago básicas en 2014 para garantizar un derecho casi universal de las personas residentes en su territorio (de forma legal o no) a acceder a los servicios financieros más básicos: depósito y retirada de dinero; domiciliación de ingresos y recibos; transferencias; y tarjeta de débito. El Gobierno de Rajoy aprobó su incorporación a la normativa española en noviembre de 2017, mientras que el actual Ejecutivo fijó en 2019 que su coste máximo general no puede ser superior a tres euros al mes, mientras que son gratuitas para los hogares vulnerables que cumplen ciertos requisitos de renta.

España es un país altamente bancarizado y la mayoría de los ciudadanos tiene acceso a una cuenta corriente, pero con las de pago básicas se busca que las personas que no son rentables para los bancos también puedan acceder a los servicios financieros. Se trata de una cuestión fundamental, ya que tener una cuenta es hoy en día imprescindible para poder cobrar una nómina o una ayuda o prestación social, como también para pagar el alquiler de ciertas viviendas y servicios básicos como el agua, la luz o el gas.

Las entidades financieras tienen desde 2017 la obligación de informar y ofrecer estas cuentas a las personas que las soliciten y acrediten cumplir los requisitos. Hasta ahora, solo no pueden acceder a ellas quienes no tengan permiso de residencia y puedan ser expulsados del país, quienes no aporten la información requerida por el banco para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, aquellos que puedan perjudicar a los "intereses de la seguridad nacional o de orden público", y quienes ya tengan otra cuenta.

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