José Luis Valverde. Socio del Área Laboral de Devesa

«No planificar las medidas laborales dentro del concurso de acreedores es un gran error»

Hablamos con José Luis Valverde sobre cómo están percibiendo las empresas la coyuntura económica actual y qué actuaciones adoptar ante los escenarios que pudieran plantearse

El abogado explica también cómo podrían afectar las medidas que el gobierno anunció recientemente, como la reducción de la jornada laboral

El departamento que dirige Valverde ha sido reconocido por los más prestigiosos directorios internacionales.

El departamento que dirige Valverde ha sido reconocido por los más prestigiosos directorios internacionales. / PILAR CORTÉS

El año 2023, en general, supuso la llegada de la esperada avalancha de concursos de acreedores derivados de los efectos de la crisis sanitaria de 2020 y la finalización de las moratorias en la devolución de los préstamos ICO a los que accedieron las empresas. Sin embargo, y pese a que en las últimas previsiones para el 2024, como en la de 8 de abril de FUNCAS, se estima que se producirá un incremento del PIB del 1,8%, nos encontramos con el que número de concursos de acreedores durante el primer trimestre del 2024 creció en un 93,5%.

Entrevistamos a José Luis Valverde, Socio director del Área laboral en Devesa, firma legal de ámbito nacional especializada en la abogacía de los negocios y con sedes en Alicante, Madrid y Valencia. El departamento laboral que dirige, ha sido reconocido por los más prestigiosos directorios jurídicos internacionales, como Legal 500, Iberian Lawyer o Best Lawyers. Precisamente Devesa, con origen en Alicante, fue el primer despacho de abogados de España en obtener la certificación «Great Place to Work Legal», que distingue a los mejores lugares para trabajar en el sector legal.

Valverde, que atesora más de 20 años de experiencia profesional, ha asumido durante su extensa carrera profesional la dirección letrada de numerosos procesos de negociación colectiva, expedientes ante la inspección de trabajo, «ERE’s», «ERTE’ s», así como incidentes laborales en concursos de acreedores y procedimientos de despido.

Hablamos con él sobre cómo están percibiendo las empresas la coyuntura económica actual, qué actuaciones en materia laboral recomienda adoptar ante los diferentes escenarios que pudieran plantearse, así como de qué forma podrían afectar las medidas que el gobierno anunció que se podrían adoptar próximamente, como la reducción de la jornada laboral.

¿Cuál cree que puede ser el motivo por el que se ha incrementado el número de concursos de acreedores en el primer trimestre de 2024?

No creo que exista un único motivo, sino una conjunción de varias causas que han determinado la existencia de este dato. Un primer elemento que debemos valorar es que durante una parte del primer trimestre de 2023 los letrados de la administración de justicia estuvieron en huelga, lo que redujo el número de procedimientos concursales iniciados. También que se mantuvo la moratoria aprobada por el Gobierno y derivada de la crisis sanitaria de la Covid-19, por lo que no debemos concluir que el incremento del número de concursos es un dato catastrófico.

Y ante esta coyuntura, ¿qué situaciones se están encontrando las empresas?

Muy variadas. Todavía hay empresas que atraviesan dificultades derivadas de situaciones previas que no se afrontaron adecuadamente, aunque otros clientes viven momentos de crecimiento y buenas perspectivas económicas. El denominador común en todas esas situaciones es la necesidad de un adecuado enfoque y planificación de las diferentes medidas laborales que afecten a la plantilla.

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«Conocer plazos y requisitos es fundamental para defender los intereses de todas las partes implicadas» / INFORMACIÓN

¿A qué se refiere cuando habla de enfocar y planificar las medidas laborales adecuadas en función de la situación en la que se encuentre la empresa?

Me refiero a mantener una visión clara de los objetivos y necesidades que puede tener la empresa con respecto a las medidas laborales que le afecten. Si las previsiones son buenas, la prudencia a la que me refería anteriormente nos debe llevar a analizar detenidamente las condiciones laborales de nuestras plantillas y optimizarlas para que sea más factible llegar a dichos objetivos de crecimiento, o planificar la adopción de medidas que permitan adelantarse a los problemas que pudieran surgir como consecuencia de modificaciones legales, como la reducción de jornada que pretende aplicar el gobierno en esta legislatura, aunque todavía no está en marcha y actualmente es un simple objetivo que no se ha realizado todavía. 

Si las previsiones son negativas, este análisis puede ser incluso mucho más importante, porque de la realización adecuada del mismo puede depender la supervivencia de la empresa y de la totalidad o gran parte de los contratos de trabajo de la plantilla.

Es decir, adelantarse a la declaración de concurso de acreedores, ¿no?

Sí y no. Evidentemente este análisis y planificación debe servir para tratar de evitar la iniciación de procedimientos concursales indeseables y que generan una situación traumática en la empresa, pero también para enfocar adecuadamente la entrada de la empresa en dichos procedimientos. Parece que existe una creencia entre los empresarios al respecto de que, antes de la iniciación de un concurso de acreedores, hay que centrarse en tratar de salvar el patrimonio, pues ya hará el Administrador Concursal lo que entienda oportuno con las personas trabajadoras.

Sin embargo, nuestra experiencia en concursos de acreedores nos lleva a la conclusión de que, en aquellos en los que la empresa ha planificado la adopción de las medidas laborales tanto con carácter previo como dentro del propio procedimiento judicial, la resolución de los mismos siempre ha sido mucho más satisfactoria tanto para el propio concurso como para las personas trabajadoras que se vieron afectadas por el mismo.

Entonces, ¿recomienda planificar la adopción de medidas laborales incluso cuando el concurso de acreedores sea inevitable?

Por supuesto. Creo que no planificar las medidas laborales que pudieran adoptarse dentro de un procedimiento concursal, puede ser uno de los mayores errores que cometa un empresario. Hay que tener en cuenta que la ley concursal regula determinadas medidas de ámbito laboral que pueden adoptarse dentro del proceso judicial, así como que la administración concursal designada judicialmente se demorará cierto tiempo en hacerse una idea de la situación real de la empresa.

La carga de trabajo con la que se encuentra cuando aterriza en la empresa, le dificulta enormemente poder planificar adecuadamente las medidas laborales más convenientes, por lo que siempre es de gran ayuda tanto que la empresa concursada haya adoptado previamente algunas medidas laborales que pudieran mejorar la situación concursal, como que se haya planificado la adopción de algunas otras, sin perjuicio de que su adopción dependerá del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa específica en materia concursal.

¿Qué porcentaje de eficacia para los intereses del concurso, puede tener la planificación de las medidas laborales a adoptar dentro del mismo?

Es difícil establecer un porcentaje, pero sí que puedo decir que es muy elevado. Conocer los requisitos y los plazos para aplicar dentro del concurso medidas de carácter colectivo como despidos, suspensiones de contrato, reducciones de jornada o modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, incluso en aquellos casos en los que se permite iniciar los trámites antes de la declaración del concurso para su aplicación dentro del mismo, puede ser fundamental para la mejor defensa de los intereses no solo de la empresa concursada, sino de todas las partes implicadas, incluyendo las personas trabajadoras y la propia administración concursal.

El despacho de Devesa&Calvo Abogados está ubicado en la emblemática Casa Carbonell de Alicante.

El despacho de Devesa está ubicado en la emblemática Casa Carbonell de Alicante. / Héctor Fuentes

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