Tribunales

Fiscalía sienta en el banquillo a tres exediles de Orihuela por firmar facturas sin contrato por 1,9 millones de euros

Anticorrupción reclama cuatro años de cárcel y 24 años de inhabilitación por fraude y prevaricación para cada uno de los tres procesados, por hechos ocurridos entre 1999 y 2008

Mañana martes se decide si el juicio, que tenía que haber comenzado hoy, se inicia o se suspende tras las cuestiones previas

Los que fueron concejales de Orihuela, al inicio del juicio, que este martes se sabrá si se celebra

Los que fueron concejales de Orihuela, al inicio del juicio, que este martes se sabrá si se celebra / Áxel Álvarez

M. Alarcón

M. Alarcón

La sección XI de la Audiencia, con sede en Elche, aplazó este lunes por 24 horas su decisión sobre si puede o no comenzar el juicio contra tres concejales de Orihuela, dos de ellos desde 1999 a 2011 y el tercero entre 2007 y 2011, acusados por la Fiscalía Anticorrupción de los delitos de fraude y prevaricación para los que solicita penas de cuatro años de cárcel y un total de 24 años y 6 meses de inhabilitación especial para cada uno, amén de tener que indemnizar entre los tres en más de 340.000 euros al Ayuntamiento de Orihuela, pese a que no está personado en el procedimiento.

Esta cuantía es lo que la Fiscalía considera que es el beneficio industrial (6%) y los gastos generales (13 %) supuestamente obtenido por las empresas Colsur, Orihuela Costa Servicios Inmobiliarios, Orihuela UTE y Zaplana Caselles SL en favor de las cuales firmaron, según la mercantil de que se tratara, entre 1999 y 2008, decenas de facturas por servicios de mantenimiento, playas, podas, jardines, ascensores, mercados, limpieza... sin la existencia de contrato previo hasta sumar 1,9 millones de euros. Las facturas se pagaban porque se había hecho un trabajo, aunque también decenas de ellas se tuvieron que reclamar vía contencioso en el mandato siguiente porque los nuevos concejales (de un tripartito formado por PSOE, Los Verdes y CLr-Claro) y los salientes (del PP) se negaron. 

Contaminado

La terna de magistrados acordó resolver las cuestiones previas (incluidas la nulidad del proceso) este martes para saber si habrá o no juicio por lo que todos los citados, incluidos testigos, tienen que volver a las 9.30 a la Ciudad de la Justicia. La principal cuestión que se tendrá que dilucidar es el hecho de que uno de los jueces que integra la terna, Joaquina de la Peña, puede estar contaminada por haber resuelto un recurso de la Fiscalía cuando estaba destinada en Orihuela. La solución se sabrá hoy, pero es este un sumario que llega a su fase de enjuiciamiento más que cruzado por varios motivos. Uno es que han transcurrido 20 años de las primeras facturas que son supuestos hechos delictivos, otro es que hay sentencias que han resuelto sobre facturas que forman parte de este proceso; de hecho, uno de los letrados llegó a utilizar la palabra «manojo de facturas» para referirse a las que la Fiscalía había utilizado para llevar la causa a juicio, refiriéndose a que fueron aportadas por una entonces concejala, Antonia Moreno (PSOE), mientras sostenía que también las mismas facturas se han utilizado en otros proceso, y citó incluso el Brugal, pendiente aún de sentencia en el Supremo, por lo que habría, dijo, una litispendencia de cosa juzgada. También hay testigos clave, como un técnico, que ha fallecido o en el folio 10 de las actuaciones, según un abogado, se observa que una solicitud de archivo se recurre en el folio 11 supuestamente fuera de plazo. Además, las empresas también aparecen como acusadas a efectos indemnizatorios, aunque no figuren en el escrito de calificación, alguna de ellas se quejó precisamente de que se les hubiera notificado con la causa conclusa.

Habitual en la administración

Pagar facturas sin contrato es algo relativamente habitual en la Administración, lo cual no quiere decir que esté bien, pero la Fiscalía entiende que al no iniciar expedientes para cubrir esos contratos y durante años dedicarse a encargar trabajos bajo firma de facturas, «vulnera las normas que regulan la contratación administrativa, dada la inexistencia de expediente de contratación alguno que diera cobertura a los servicios en cuestión, habiéndose producido gracias al comportamiento de Manuel Abadía, José Antonio Aniorte y Antonio Rodríguez Murcia, una adjudicación directa de ciertos servicios financieros fraccionando el objeto del contrato a fin de evitar los límites económicos que determinan la necesidad de licitación pública», dice el escrito del acusador. La Fiscalía Anticorrupción considera que lo hicieron«de forma consciente, deliberadamente arbitraria y para perjudicar patrimonialmente al Ayuntamiento en beneficio de las empresas». Todos los trabajos, y hay facturas de 30 euros pero también de 21.000 euros, «deberían de haberse realizado, dada la naturaleza e importe del servicio, previa la tramitación del correspondiente expediente de contratación, lo que no se había realizado, extremos que, a su vez, determinaba que el gasto no hubiera sido previamente fiscalizado, lo que podía producir falta de consignación presupuestaria del mismo al no existir ningún control previo del gasto».

El juicio tiene lugar en la sección XI de la Audiencia, en Elche

El juicio tiene lugar en la sección XI de la Audiencia, en Elche / Áxel Álvarez / E

La limpieza del ascensor de la playa de Campoamor

Las facturas por la limpieza de un ascensor en la playa de Campoamor fue una denuncia pública del PSOE que el fiscal hace suya. El 30 de abril de 2004 se pagaron cuatro facturas de 215,95 euros. El 1 de junio otra de 188,23 euros.Ese mismo día, se firmaron hasta seis facturas por la misma limpieza pero de 418,3 euros cada una. El 30 de junio otra de 671,47 euros y la del mes siguiente fue de 627,44 euros.El 31 de agosto hubo dos facturas de 627,44 euros, el 30 de septiembre y el 30 de octubre dos de 671,47 euros.

Visadas

Los tres acusados son los concejales responsables de esas áreas que firmaban las facturas y estas no podían ser visadas, dice el fiscal, por la junta de gobierno del Ayuntamiento de Orihuela al no existir partida presupuestaria autorizada. Siempre según el acusador, los encausados «instaban a los proveedores implicados a reclamar judicialmente los servicios, apartando del ejercicio de su cometido a la junta de gobierno municipal». Las defensas solicitan la libre absolución de los encausados porque son servicios que se realizaron y se pagaron.

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