Audiencia de Elche

Absueltos los tres exediles de Orihuela que firmaron 1,9 millones en facturas por un recurso fuera de plazo

La sección XI da la razón a las defensas, que plantearon como cuestión previa antes de iniciar el juicio que la Fiscalía tardó 20 días en presentar su recurso contra el archivo de la causa cuando el plazo que tenía era de cinco días.

El Ministerio Público solicitaba penas de cuatro años y 24 años de inhabiltiación por fraude y prevaricación y considera que presentarlo fuera de plazo era una "simple irregularidad". La Audiencia le contesta que "la extemporaneidad es un defecto insubsanable (...) inherente a la propia seguridad jurídica".

Los tres acusados, el primer día del juicio que se suspendió en las cuestiones previas por la sección XI de la Audiencia de Elche

Los tres acusados, el primer día del juicio que se suspendió en las cuestiones previas por la sección XI de la Audiencia de Elche / Áxel Álvarez

M. Alarcón

M. Alarcón

La sección XI de la Audiencia Provincial, con sede en Elche, ha absuelto esta mañana a los tres exconcejales del Ayuntamiento de Orihuela acusados de firmar decenas de facturas entre los años 1999 y 2008 a favor de empresas con las cuales no existía contrato alguno para esos servicios y por un montante global de 1,9 millones de euros. Lo ha hecho la ponente, Gracia Serrano, en la propia sala y 24 horas después de suspender el inicio del juicio para valorar las cuestiones previas que le habían planteado las defensas y dando firmeza, tal y como le solicitaron los abogados de los procesados, a un auto dictado hace 14 años, concretamente el 16 de abril de 2010, que declaraba el archivo de las actuaciones porque la Fiscalía no lo recurrió dentro del plazo.

De hecho, lo presentó el 19 de octubre de 2010 (seis meses más tarde), pero del que no consta hasta el 28 de septiembre de 2010 que le hubiera llegado fehacientemente la notificación al Ministerio Público. El plazo que tenía para hacerlo era de solo cinco días hábiles y tardó al menos 20 desde que existe constancia registral. Y no solo se admitió a trámite un recurso extemporáneo, además fue resuelto de forma favorable a la tesis del acusador público por la sección VII de la Audiencia con lo que la instrucción de un asunto que era nulo siguió su curso durante años, hasta 14, cuando ha llegado a juicio.

El recurso fue presentado con la firma de una fiscal del destacamento de Orihuela, aunque en aquellos momentos el responsable de Anticorrupción era Felipe Briones. Las actuaciones comenzaron a raíz de una denuncia a finales de 2009 de la entonces concejala socialista Antonia Moreno que el juez del antiguo juzgado mixto 7 (después instrucción 3) quería archivar prácticamente desde el primer momento porque no veía causa, de hecho, el 17 de diciembre de ese año ya lo firmó, presentando entonces un recurso de reforma la Fiscalía el 28 de enero de 2010 que el magistrado resolvió con el ya citado de 16 de abril de 2010 que ahora la Audiencia da por válido para decir que todo lo instruido es nulo.

Carpetazo

Con todo ello, durante años se ha trabajado en una investigación nula desde prácticamente sus orígenes porque el auto de archivo y el del recurso de la Fiscalía aparecen en los folios diez y once, respectivamente de unas actuaciones que, con el paso de los años, ha terminado por tener miles de páginas en la que se incluyen las declaraciones de los acusados y los testigos, peritajes, recursos y resoluciones judiciales de toda índole. También, por supuesto, las decenas y decenas de facturas con la firma de los tres ediles procesados. A mediodía, la sección XI ha dado a conocer un auto a las partes, que tiene el valor práctico de sentencia en el que se declara válido aquel archivo judicial y con ello nulo todo el procedimiento subsiguiente. Ahora bien, la Fiscalía Anticorrupción tiene la posibilidad de presentar un recurso o bien aceptar que por un error cometido hace 14 años se debe tirar todo el trabajo por la borda. En cualquier caso, lo visto hoy en la sección XI de la Audiencia de Elche es muy poco habitual en el mundo judicial.

La Fiscalía admitió el primer día de juicio, durante la contestación a las cuestiones previas que plantearon las partes, que estaba fuera de plazo aquel recurso. Aunque consideraba que no era importante, "era una simple irregularidad", y así lo dijo el fiscal Pablo Romero en la sala. Justificó el hecho porque no existía entonces un sistema habilitado para que se les notificara y, además, porque durante la fase de instrucción del procedimiento las defensas no interpusieron recurso alguno contra las resoluciones dictadas a lo largo del proceso. En su opinión, no existía una real y efectiva indefensión de los acusados y el juicio debía comenzar

En cambio, en el auto que cierra el proceso y declara la nulidad de las actuaciones, los magistrados dicen que la "extemporaneidad es un defecto insubsanable (...) es un requisito esencial de procedibilidad inherente a la propia seguridad jurídica". Y añaden los magistrados que admitir que es una "simple irregularidad" sería "no solo una absoluta falta de seguridad jurídica, sino que el Ministerio Fiscal gozaría de mejor condición procesal que las restantes partes quebrantando así el principio de igualdad de armas".

Carrera política

Los tres acusados, los exediles Antonio Rodríguez Murcia, Manuel Abadía y José Antonio Aniorte, se mostraron exultantes tras conocer por sus letrados que están absueltos por estos hechos, a la espera de que no haya un recurso de la Fiscalía, algo que ayer mismo se estaba valorando. Para ellos ha sido una tortura estos 14 años desde que supieron que estaban siendo investigados. Un año después de aquel auto, en 2011, el PP perdió la Alcaldía de Orihuela y solo Aniorte siguió como concejal durante los cuatro años siguientes, pero ya en la oposición, pues el nuevo alcalde, Monserrate Guillén salió de un acuerdo a tres bandas entre PSOE. CLr-Claro y Los Verdes, el que era su partido. Finalmente, el edil del PP abandonó la vida pública en 2015.

Pero este asunto les ha perseguido hasta ahora. Desde que comenzaron las actuaciones hasta la fecha de celebración del juicio. La Fiscalía cuestionaba con este proceso (que no es el único de estas características que está pendiente de celebrarse, pues hay otro anterior que también resolverá la misma sala) el hecho de que se firmaran facturas y facturas durante años sin que los concejales, pues dos de ellos estuvieron con responsabilidades desde 1999 hasta 2011, nunca sacaran a concurso una licitación pública para cubrir servicios esenciales en el municipio. Lo que era una excepcionalidad se había hecho una habitualidad cuando se trataba de tareas necesarias en cualquier municipio, como limpieza, jardinería, playas, mercadillos,.... Siempre eran las mismas empresas las beneficiarias, según el escrito del fiscal: Colsur, a la que se pagó a través de facturas 1,1 millones de euros; Orihuela Costa Servicios Inmobiliarios, 107.000 euros, Construcciones Zaplana Caselles, 222.000 euros e Intensilux, 227.000 euros.

Los tres exconcejales de Orihuela que han sido absueltos este martes en Elche

Los tres exconcejales de Orihuela que han sido absueltos este martes en Elche / Áxel Álvarez

Hay una mercantil más, Orihuela UTE, con la que sí existía un contrato, pero a la que se abonaron 138.000 euros a través de facturas por servicios que no aparecían en el mismo. Las empresas también estaban personadas y acusadas en el procedimiento por su posible responsabilidad civil para el caso de que los acusados no abonaran la suya, que ascendía a más de 340.000 euros, cuantía que debería reintegrarse al Ayuntamiento de Orihuela, que no estaba personado en el procedimiento judicial.

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