El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la Ley de Protección Animal, que regula la relación con los animales de compañía y da respuesta al sentir de la sociedad para no tolerar el maltrato, el abandono y el sacrificio de los animales. La norma implanta numerosas novedades, incluida la posibilidad de retirar la custodia de un animal a su dueño si éste no garantiza los derechos que ahora tendrá.

Además, el Consejo de Ministros aprobó modificar el Código Penal con el fin de elevar las penas por maltrato animal, que pueden llegar a 24 meses de cárcel si causa la muerte de animal.

Esta es la primera ley estatal en la historia de España que regula la protección de los animales, según ha explicado la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, quien ha destacado que “el maltrato, el abandono y el sacrificio” son las “tres lacras” que vulneran los derechos de estos seres vivos.

La aprobación de la norma, elaborada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, fija como uno de los puntos claves el sacrificio cero, es decir, no se podrá sacrificar a animales de compañía, salvo por razones sanitarias, según han informado fuentes del Gobierno.

Asimismo, la ley pone fin a la comercialización de animales en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales, mientras que la cría solo podrá llevarse a cabo por criadores autorizados.

Otro de los apartados incluidos en la citada norma alude a la prohibición de prácticas que provoquen sufrimiento en los animales, como por ejemplo, el uso de collares eléctricos o pinchos o la posibilidad de llevarlos atados a un vehículo en marcha.

Claves de la nueva ley

  • Se podrá retirar una mascota a su dueño por maltrato.- La  Ley de Protección y Derechos de los Animales prevé medidas como la capacidad de retirar un animal de compañia a su dueño si éste no «garantiza sus derechos y desarrollo saludable». Esta inhabilitación para la tenencia de animales será “por un periodo máximo de cinco años para las infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves”.
  • Curso formativo para los dueños.- l texto incluye otras novedades en materia de protección animal, como el requisito de que los dueños de animales de compañía «superen un curso formativo» que facilite una «tenencia responsable del animal» y de que suscriban un seguro de responsabilidad civil.

Los animales tendrán más derechos Pixabay

Mediante esta formación, se pretende que el propietario desarrolle unos conocimientos básicos «en el manejo, cuidado y tenencia de animales».

  • Prohibición de sacrificar animales de compañía.- Otro punto que introduce la legislación es la prohibición de sacrificar animales de compañía, salvo por «razones sanitarias o eutanásicas», o el impedimento de emplearlos como reclamo publicitario si no existe autorización previa.

Además, queda prohibida su integración en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones «donde se mantenga al animal de forma antinatural».

Para facilitar esta interpretación, el anteproyecto plantea la creación de un listado positivo de especies que pueden ser considerados animales de compañía, y que responden a cuatro criterios: bienestar animal, manejo y cría, medioambiente y salud y seguridad de las personas. 

  • Los perros, no más de un día solos.- Por otro lado, también establece en tres días el tiempo máximo que se puede dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía, aunque menciona que en el caso de la especie canina, dicho plazo no podrá superar las veinticuatro horas consecutivas.
  • Las mascotas pueden ir en transporte público.- El anteproyecto también facilita el acceso a transportes públicos y privados a aquellos animales de compañía «que no constituyan un riesgo para las personas», y fija que los conductores de taxis y VTC que los acepten en sus vehículos tienen «el derecho a percibir un suplemento» establecido previamente por la autoridad competente.

En este sentido, destaca que los establecimientos públicos y privados, «como alojamientos hoteleros, playas, restaurantes o bares», que no permitan la entrada y estancia de animales deberán mostrarlo mediante un indicativo «visible desde el exterior» que lo señale.

Grupo de gatos Agencias

Con respecto a su comercialización, y en caso de que la futura ley se apruebe con su actual redacción quedará prohibida la venta de especies en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales, excluidos los peces.

Además la persona responsable de un animal será también responsable de los posibles daños que pudiera ocasionar a otras personas, animales o cosas, a las vías o espacios públicos y al medio natural.

  • Hasta 600.000 euros de multa.- En el apartado de sanciones, se distinguen tres tipos diferentes: leves, graves y muy graves.

En el caso de las infracciones leves, las multas oscilarán entre 600 y 30.000 euros; en las graves, entre 30.001 y 100.000 euros; y en las muy graves, 100.001 y 600.000 euros.

Además, se disponen como sanciones accesorias la posibilidad de inhabilitar al propietario de la tenencia de animales «por un periodo máximo de cinco años para las infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves».

Consulta el anteproyecto de ley íntegro aquí: https://www.efeverde.com/storage/2021/10/Anteproyecto-Ley-Proteccion-y-Derechos-de-los-Animales-220921-1.pdf