Caso del 'procés'
Un Constitucional 'dividido' rechaza el recurso de Puigdemont contra la orden de detención del Supremo
La decisión se ha tomado por dos votos a favor -los de los magistrados del ala conservadora César Tolosa y Concepción Espejel- y uno en contra -el de la magistrada del sector progresista Laura Díez
Tono Calleja Flórez
El Tribunal Constitucional (TC) ha inadmitido a trámite el recurso que presentó el expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont contra la orden de detención que dictó el Tribunal Supremo por los delitos de desobediencia y malversación, dada la "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo", según especifica el auto, al que ha tenido acceso al que ha tenido acceso El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica.
La decisión ha sido adoptada por la Sala de Vacaciones del órgano de garantías, que se ha 'dividido' con dos votos a favor -los de los magistrados del ala conservadora César Tolosa y Concepción Espejel- y uno en contra -el de la magistrada del sector progresista Laura Díez-. Esta última disiente de la mayoría al considerar que la Sección no debió resolver por no ser urgente la decisión sobre la suspensión de las medidas cautelarísimas y por considerar que, en su caso, el recurso de amparo debió ser admitido.
Espejel y Tolosa
En sentido contrario, Espejel y Tolosa han declarado la competencia de la Sección de vacaciones, sin pasar por el pleno, para conocer sobre la decisión de admisión del citado recurso de amparo. Y lo han hecho, explican, al venir esta exigida por la necesidad de resolver sobre la solicitud de adopción de la medida cautelarísima solicitada de suspensión de una resolución judicial que acuerda la privación de libertad.
Las fuentes del Constitucional consultadas por este diario aseguran que se trata de una decisión "sin precedentes", pues existe una doctrina consolidada del Tribunal en el sentido de que este tipo de recursos siempre se admiten, pero se dejan en manos del Pleno, que en estos momentos tiene una mayoría progresista. Las citadas fuentes lamentan, además, lo que califican como una "maniobra" que se produce aprovechando una mayoría conservadora coyuntural de la Sala de Vacaciones en un momento político "delicado".
La Fiscalía del Constitucional tiene tres días para recurrir, si lo considera oportuno, la decisión de los magistrados conservadores, que podría analizarse, por tanto, en el Pleno.
Orden de Llarena
El juez instructor del 'procés' en el Supremo, el magistrado Pablo Llarena, ordenó la detención del líder independentista toda vez que acordó procesarle por los delitos de desobediencia y malversación agravada en el marco de la revisión que efectuó tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal que derogó el delito de sedición por el que en un principio de investigaba a Puigdemont, informa Europa Press.
El pasado junio, la Sala de Apelación del Supremo confirmó la decisión de Llarena al desestimar los argumentos de las defensas -que pedían anular el procesamiento- y de la acusación popular ejercida por Vox -que reclamaba aplicar el delito de desórdenes públicos agravados-.
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