Tribunales

El Supremo concede al Pacma la justicia gratuita para recurrir contra las monterías y la caza con perros en Extremadura

Los animalistas pretenden litigar contra la decisión de la Junta de Extremadura de Guillermo Fernández Vara de declarar Bien de Interés Cultural (BIC) estos modos de caza que fueron calificados como Patrimonio Cultural Inmaterial

Imagen de archivo de un cazador.

Imagen de archivo de un cazador. / David Castro

Tono Calleja Flórez

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha concedido al Partido Animalista con el Medio Ambiente (Pacma) el acceso a la asistencia jurídica gratuita para litigar contra la decisión de la Junta de Extremadura de Guillermo Fernández Vara de declarar Bien de Interés Cultural (BIC) la montería y la rehala [caza con perros], según especifica un auto de 22 de junio, al que ha tenido acceso El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica.

En concreto, el alto tribunal ha estimado el recurso que presentó Pacma contra la resolución de la Comisión Central de Asistencia Jurídica Gratuita, de 3 de mayo de 2023, que le denegaba el derecho a la justicia gratuita para recurrir la decisión del anterior Gobierno extremeño de considerar estas dos formas de caza como Patrimonio Cultural Inmaterial.

"No hay duda de que el partido político aquí recurrente, Pacma, cumple el requisito legal específico de tener entre los fines acreditados en sus estatutos la protección del medio ambiente en general o la de alguno de sus elementos en particular", resalta la mencionada resolución.

Bienestar animal

Los magistrados recuerdan que los estatutos del partido incluyen entre sus fines "la promoción y defensa del bienestar, la protección y los derechos de los animales"; "la protección del medio ambiente y la lucha contra la crisis climática" y "el desarrollo de campañas y acciones que promuevan los fines anteriormente mencionados".

Además, los magistrados recuerdan que las leyes vigentes evidencian que las personas jurídicas sin ánimo de lucro que acrediten los requisitos necesarios están legitimadas para ejercer la acción popular medioambiental: "Pues bien, ya en una primera aproximación, resulta claro que los partidos políticos reúnen las condiciones de ser personas jurídicas y no tener ánimo de lucro", apuntan los jueces.

En el mismo sentido, el Tribunal Supremo rechaza la argumentación de la Abogacía del Estado, que rechazaba otorgar al Pacma la ayuda, al considerar que un partido político no debe beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita. Según criterio, del alto tribunal, el hecho de que los partidos políticos tengan un régimen jurídico "peculiar" no significa que la Ley prohíba su acceso a la asistencia jurídica.

Partidos minoritarios

Asimismo, los magistrados apuntan que si se negara "de forma indiscriminada la inclusión de todos los partidos políticos" a la justicia gratuita, "se produciría un inadmisible efecto de exclusión de los partidos políticos minoritarios que no han alcanzado resultados electorales significativos y carecen de fondos para promover la defensa de sus objetivos programáticos".

Pacma considera que la resolución del 24 de marzo de 2021 de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes que culminó el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor de 'La Montería y la Rehala en Extremadura con carácter de Patrimonio Cultural Inmaterial no se ajusta a la legalidad vigente.

En concreto, la vicepresidenta de esta formación política, Cristina García, aseguró que cuando el Gobierno extremeño dictó la resolución el expediente ya estaba caducado y, por lo tanto, el procedimiento administrativo que se tramitó a continuación es "nulo".