De un tiempo a esta parte, las políticas y actitudes de las autoridades están orientándose hacia la exclusión y criminalización del colectivo conocido como "inmigrantes ilegales o sin papeles". Esta terminología, de por sí, me resulta chocante, puesto que soy de los que opinan que las personas nunca pueden ser ilegales y que unos "papeles" no definen a una persona.

Primero fue su exclusión de los servicios sanitarios (excepto si pagan). Como si el problema del sistema sanitario español fuera el supuesto agujero económico que provocaba la atención médica de este colectivo. Se les estigmatiza como si abusaran de la gratuidad y la universalidad de la sanidad.

Ahora toca la reforma del código penal. Según el artículo 318 bis del anteproyecto de Ley -algo más que un borrador- "el que intencionadamente ayude a una persona que no sea nacional de un Estado Miembro de la Unión Europea a entrar en el territorio de otro Estado miembro o a transitar a través del mismo, vulnerando la legislación de dicho Estado sobre la entrada o tránsito de extranjeros, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de seis meses a dos años".

Todo sea dicho, en la última parte del punto primero se matiza que "El Ministerio Fiscal podrá abstenerse de acusar por este delito cuando el objetivo perseguido sea únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate".

Es posible que el señor Ruiz Gallardón no tenga la intención de meter en la cárcel a todo aquel que ofrezca un plato de comida a un inmigrante "ilegal o sin papeles"... o sí, quién sabe. Que cada uno cargue con su conciencia. Gallardón también. Pero lo cierto es que, tal y como está redactado este artículo 318 bis del anteproyecto, se podría incluso condenar hasta a dos años de cárcel a los voluntarios que trabajan en Cáritas ofreciendo sopa o cama a personas no nacionales o no comunitarias. Tengan en cuenta que Cáritas ofrece esta ayuda a cada vez más personas, con lo cual, su ayuda no es puntual y esporádica, sino planificada, organizada, sistemática y habitual. Según el texto, caerían en la parte más gravosa del delito, serían comparables a criminales organizados.

La ambigüedad del texto es tal que cualquier experto en derecho puede intuir las diferentes interpretaciones que se harán en sede judicial. Sería necesario demostrar que la ayuda sólo fue humanitaria y siempre quedaría a la libre discrecionalidad del fiscal de turno y su propia ideología. Esto supone otra contradicción moral: ¿cómo no va a ser humanitario la solidaridad con una persona en situación jurídica irregular por haber tenido que abandonar su país y familia? Va contra todo principio moral. También de las diversas declaraciones de derechos humanos y legislaciones.

Espero que, en sede parlamentaria, este artículo sea eliminado, puesto que no aporta nada a la integración de los inmigrantes, a la regularización de su situación y, por supuesto, mucho menos a la seguridad ciudadana o a la reducción del coste económico sanitario o de servicios sociales, si es eso lo que al lector le pueda preocupar. Más bien, aumentará las situaciones de desamparo y de falta de solidaridad hacia personas que sobrevivirán como puedan: más delincuencia, más precariedad, más irregularidad, de la que, por supuesto, los inmigrantes serán hipócritamente culpabilizados.

Los flujos migratorios han existido siempre en la historia de la Humanidad y se regulan por sí mismos: en las zonas donde haya trabajo y seguridad aumentará la recepción de personas y cuando no haya trabajo o seguridad disminuirá, como empieza a ser el caso de España. Cualquier regulación debe basarse en esta realidad y no pretender negarla, puesto que sólo crearía más sufrimiento añadido. Sólo en este período nos ha afectado a nosotros, como país receptor, pero tal como van las cosas, pronto volveremos a ser "exportadores de personas", sin papeles o con papeles.

¿Seremos entonces los españoles criminales?