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Justo Gil Sanchez

Constitución: norma jurídica y política

Casado y Sánchez durante el aniversario de la Constitución.

Pasan los años y nuestro copete se tiñe de blanquecina nieve. Nostalgia, como la canción de Dyango. El tiempo asienta y modula. Y eso es lo que acontece con la Constitución de 1978. Nada menos que 41 años la contemplan ya. Goza de veteranía. Y a la par es robusta y fuerte. El Estado de derecho sobre el que se posa está funcionando, aunque resuene algún crujido angular del engranaje constitucional. El Tribunal Supremo funciona bien al igual que el Tribunal Constitucional, aunque deben motivar con mas enjundia y extensión las inadmisiones de los recursos de amparo constitucional, por la supuesta falta de la “especial trascendencia constitucional”, aunque se haya conculcado verazmente un derecho o libertad fundamental. Ahí, el ruido no es nada armonioso. Y hay que criticarlo constructivamente, para mejorarle.

Como en la comedia cinéfila de Billy Wilder, en blanco y negro, “Con faldas y a la loco”, en la que, vestida de mujer el inolvidable Jack Lemmon, ante el enamoramiento empedernido del conductor, que le perdona todas las imperfecciones que le va relatando, concluye exclamando, con timbre lleno y potente, “¡Soy un hombre”!, siendo contestado, impertérrito, por el conductor: “Bueno, nadie es perfecto. Y ahí hace el The End.

Eso le pasa a la Norma suprema de 1978: no es que sea perfecta pero, hasta ahora, ha funcionado. Y aquello que funciona hay que mantenerlo, con los retoques que el momento presente demanda. Pero en modo alguno se la puede aniquilar o guillotinar. Durante bastante tiempo – a lo largo de la historia- los españoles nos hemos dado una “somantapalos” reciproca, tan sólo por pensar de forma diferente. Y esa historia no se halla tan lejos. Por favor, que quede sólo en los anales. Que los “voxes” y compañía no nos retrotraigan a pretéritos tiempos. Cordura y sensatez, teniendo presente la historia.

Es momento de mantener y reforzar la llama de una proclamación convivencial de valores que todos compartimos, como la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo. Y hay que recordar a nuestros jóvenes que hubo un éxito colectivo de la Transición para transitar de un régimen autocrático a un sistema de libertades, como el que actualmente gozamos, aún a pesar de la maldita pandemia. Y es cierto que en época de crisis, como la que vivimos, hay que apuntalar el Estado social, el Estado del bienestar, ayudando a las personas y familias más necesitadas. Pero no como un acto caritativo sino de obligación legal y constitucional de todos los poderes públicos, sea cual fuere su orden territorial.

La Norma del 78 expresa la supremacía normativa de nuestro ordenamiento jurídico, desde su primera resolución ( STC 1/1981) y de su sistema de fuentes, demandando que todos los poderes públicos y los ciudadanos estamos sujetos a la Constitución y al ordenamiento jurídico en su conjunto. Es cierto que la Constitución de 1978 tiene una notable rigidez, pero a la par expresa una extraordinaria elasticidad, en palabras de Herrero de Miñón. Y esa misma elasticidad ha sido aceptada y deglutida por el propio Tribunal Constitucional, como máxime interprete y exegeta de la Norma Superior. Sin modificarle, interpreta elásticamente sus preceptos.

Pedagogía, enseñanza paciente de la Constitución en la escuela, es una de las exigencias inestimables para formar a los ciudadanos en valores, en el respeto hacia el diferente, a creer en la diversidad, en el debate constructivo huyendo del destructivo y frustrante. Sirvan estas humildes palabras para recordar a los padres de las Constitución; a los que ya nos han dejado, y a los que todavía se hallan con nosotros proyectando enseñanzas sabias sobre aquellos momentos tan difíciles de la historia de España, que nos han traído hasta nuestros días. Que nos sirva para mejorar. Nunca tabla rasa.

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