Hace no mucho, en un excelente artículo publicado en este periódico y firmado por Juan Ramón Gil, director general de contenidos de Editorial Prensa Ibérica en Alicante, Murcia y Andalucía, se ponía encima de la mesa la necesidad, cada vez más evidente, de revisar las normas sobre el fraccionamiento de contratos en la Administración Pública. Según el periodista, “una fuente permanente de conflictos y que tiene a políticos y altos funcionarios diariamente en un ¡ay!”.

Uno de los principales retos a los que se enfrentan las personas que gestionan cualquier organización, y especialmente centrándonos en la Administración Pública, radica en la optimización de los recursos económicos. Una gestión que debe estar orientada a resultados, no solo para alcanzar la mayor eficiencia y conseguir la máxima eficacia en beneficio de la sociedad, sino que, ahora más que nunca, hacerlo pensando en la sostenibilidad y el cuidado del medio ambiente.

Así mismo, este reto en la gestión debe implementarse sujeto a una ley, la Ley de Contratación del Sector Público, que ha cambiado y lo sigue haciendo de manera continua con distintas modificaciones en el tiempo y, además, sujeta y abierta a múltiples y diferentes interpretaciones, no sólo por los empleados públicos, sino también por los distintos poderes, especialmente el ejecutivo y el judicial.

Este hecho está generando, cada vez más, una gran preocupación y estrés entre los empleados, técnicos y funcionarios públicos responsables de gestionar y fiscalizar los recursos de las distintas administraciones públicas, en tanto en cuanto, un error podría suponerles penas y sanciones importantes. Por cierto, y al hilo del artículo citado al principio; una situación que precipita la mala fe de algunos que aprovechan dicha coyuntura para instrumentalizar la justicia a su gusto y antojo de manera perversa, cobarde y abusiva y de esa forma satisfacer sus intereses personales y particulares.

Con independencia del reciclaje y de la formación continua de los técnicos y funcionarios públicos, que ya se hace, algo imprescindible y necesario ante las continuas modificaciones de la norma y de las diversas interpretaciones de la Ley de Contratos; es vital, urgente e importante, con el fin de proteger a las personas, tanto a las que administran y gestionan los recursos públicos económicos como a los técnicos y funcionarios que fiscalizan y proponen las formas contractuales idóneas para la ejecución del presupuesto, que se exploren e implementen medidas de salvaguardia que resuelvan el siguiente sudoku: garantizar las buenas prácticas, optimizar los recursos en pro de la sociedad y proteger a los gestores, directivos, técnicos y funcionarios públicos.

La solución viene de la mano de la innovación, especialmente de la tecnología blockchain y, concretamente, de los conocidos “Contratos Inteligentes o Smart Contracts”. Hablamos de un algoritmo informático (programa) que tiene la capacidad de autoejecutar acciones de acuerdo con una serie de parámetros ya programados. En esencia, se refiere a cualquier tipo de contrato (entre dos o más partes) que es capaz de ejecutarse y hacerse cumplir por sí mismo, de manera autónoma y automática.

Además, todo de forma inmutable, transparente y completamente segura. Se automatiza la ejecución de los términos contractuales. Solamente se ejecuta cuando se cumplen las especificaciones o reglas establecidas (“si se cumplen X condiciones, entonces ocurre o no tal cosa”). Y todo queda registrado en la blockchain (en un sistema distribuido) de manera pública, siendo imposible su cambio y todo ello sin posibilidad de la manipulación humana.

Imagine una solución tecnológica que automatice el proceso, eliminando el juicio de valor, pero contando con el talento humano. Una herramienta que ayude al gestor, al técnico y al funcionario público incrementando su productividad, reduciendo la carga burocrática y beneficiando al ciudadano. Una garantía de la aplicación exacta de la norma, que impida cualquier interacción perversa de algunas personas. Que proteja al gestor y al empleado público asegurando la adecuada y correcta aplicación de la Ley evitando posibles errores y contribuyendo a un mundo más sostenible con la eliminación del papel en todas las partes del proceso de contratación.

Y, más allá, se eliminaría cualquier uso torticero y deshonesto de la justicia por aquellos que, conociendo bien sus resquicios, se aprovechan con fines propios y maquiavélicos para alcanzar sus intereses personales o políticos. Especialmente aquellos que además lo hacen de manera cobarde, con mentiras y falsedades, abusando de la denuncia anónima para iniciar procesos artificialmente. Por cierto, coincidiremos todos en que esos sí tienen una actitud delictiva que debería ser sancionada.

Imagine una solución tecnológica que ahorre, tanto a fiscales como a jueces, un sinfín de casos de posibles errores en la administración pública, como el conocido fraccionamiento de contrato, entre otros. Especialmente en un momento en el que estos mismos poderes públicos reclaman más recursos ante el desbordamiento de trabajo que sufren, y el impacto colateral en la demora de los tiempos de los procesos judiciales que, finalmente, repercute en los ciudadanos.

La implementación de los Smart Contracts en la contratación pública supondría, para la Administración de Justicia, un mayor ahorro en costes y en tiempo, haciéndola más eficiente y eficaz, transparente y sostenible. Además del componente motivacional que supone, también, para los empleados públicos que trabajan en este sector, por la disminución de estrés ante una reducción de la carga de trabajo.

En España, equipos y personas que hibridan un expertise en derecho y tecnología blockchain, como el grupo BAES con sede en la Universidad de Alicante y dirigido por la profesora de derecho financiero Carmen Pastor o el Observatorio de la Contratación Pública de la mano del profesor en derecho administrativo Miguel Ángel Bernal, el consorcio Alastria o la magistrada juez Yolanda Ríos, llevan años con el foco puesto en la transformación digital de la Administración Pública y, entre ellas, en la contratación pública, con el fin de generar una mayor eficacia, eficiencia, transparencia y seguridad gracias a la tecnología blockchain y a los Smart Contracts, sin olvidar el incremento en la calidad del servicio al ciudadano.

La implementación de tecnologías disruptivas como la Inteligencia artificial, la robótica aplicada a procesos (RPA), el Big Data o el blockchain deben verse como aliados para: la persecución del fraude, la generación de ahorro y eficiencia, el incremento de la calidad en el servicio, la eficacia y especialmente la protección de los empleados públicos que gestionan y administran los recursos económicos públicos. Solo con la hibridación de la innovación y el talento humano es posible alcanzar la excelencia en un mundo cada vez más dinámico, turbulento, incierto y digital que cambia continuamente.

Como expuse, junto a Pablo de Castro y otros expertos en transformación digital, en administración pública y en derecho, en la revista Práctica de Tribunales de la consultora Wolter Kluwer bajo el título “Cómo la innovación y la tecnología disruptiva pueden mejorar la Administración de Justicia”; es necesaria más información a los ciudadanos, más formación para técnicos y empleados públicos en tecnologías disruptivas y más delegación en ellos para explorar, testar e implementar dichas innovaciones, situando a las personas, como prioridad ante cualquier transformación, en el centro. Y, para ello, al igual que se ha aprobado uno financiero, quizá es necesario plantearse un Sandbox regulatorio en este ámbito.

Manuel Bonilla es consultor en Estrategia, Gestión del Cambio e Innovación de Organizaciones