La amnistía y la Comisión de Venecia

El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo

El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo / Agostime - Europa Press

Antonio Papell

Antonio Papell

Es una evidencia que el Partido Popular nunca aceptó completamente la legitimidad de la moción de censura que descabalgó al presidente Rajoy en 2017 y que permitió gobernar al PSOE, en colaboración con diversas minorías de la Cámara Baja. Aquel rechazo visceral a una institución plenamente consagrada en la Carta Magna se extendió después a los sucesivos gobiernos encabezados por Pedro Sánchez, y ello explica tanto la rabiosa agresividad de los conservadores en todo el periodo cuanto las estrategias y decisiones encaminadas a impedir la formación de una mayoría compleja mediante la suma de los votos de las formaciones progresistas y nacionalistas. Los hechos han demostrado que el PP no está realmente en contra de unas medidas de reconciliación que permitan mitigar primero y cancelar después el conflicto suscitado por el Procés; sencillamente, abomina la amnistía, como hizo antes con los indultos, porque estas medidas de gracia refuerzan los nexos de unión entre el PSOE y el soberanismo. Durante la campaña gallega, se conoció que Feijóo intentó un arreglo con Junts y con el PNV después de las elecciones generales de año pasado, que por fuerza habría de basarse en medidas de reconciliación y que fracasó no por la negativa popular a propiciarlas sino por la lógica desconfianza de las minorías. Hubiera sido desconcertante que Junts, la derecha pospujolista, hubiera concertado acuerdos con una derecha estatal que ha pactado en las comunidades autónomas y los ayuntamientos con la extrema derecha de VOX.

Así las cosas, el afán del Partido Popular por hacer imposible la amnistía no tiene fundamentos morales o políticos sino de simple oportunidad. Y para conseguir el objetivo ha tocado todas las teclas imaginables, incluso el recurso a la Comisión de Venecia, un órgano consultivo del Consejo de Europa (no confundan con el Consejo Europeo) que en realidad se llama “Comisión Europea para la Democracia por el Derecho” y que fue creada en 1990, después de la caída del Muro de Berlín, para asistir legal y constitucionalmente a los países del Este que se incorporaban al mundo democrático mediante regímenes parlamentarios de nuevo cuño. Hoy en día, 62 países están adheridos a la Comisión: los 47 del Consejo de Europa y otros 15 de varios continentes.

Pero la apelación a la Comisión de Venecia, efectuada por el Senado (que tiene mayoría conservadora), se ha vuelto contra sus instigadores, ya que un primer borrador de dictamen resulta claramente favorable, con objeciones lógicas y subsanables, a los partidarios de cerrar el contencioso catalán por una vía de reconciliación que, como recuerda la Comisión, ha sido utilizada por diversas democracias europeas para conseguir objetivos semejantes.

El párrafo medular del documento es este: “Las amnistías deben perseguir un objetivo legítimo en interés de la comunidad; cuanto más radicales sean las amnistías, más legítimo debería ser el objetivo. La unidad nacional y la reconciliación social y política son objetivos legítimos de las amnistías. En opinión de la Comisión [de Venecia], la proporcionalidad requiere que, en cada caso dado, la amnistía propuesta sea un medio adecuado para lograr en última instancia la unidad y la reconciliación”.

Las objeciones/condiciones son salvables fácilmente y no invalidan esta rotunda manifestación general. De un lado, se pide un debate arduo y pacifico para conseguir que la ley de amnistía consiga el mayor consenso posible (desaconseja que se recurra a procedimientos parlamentarios de urgencia). De otro lado, se exige que, una vez aprobada la ley, que habrá de referirse a beneficiarios genéricos, sean los tribunales los encargados de aplicarla. En tercer lugar, para compatibilizar el Estado de derecho con la aplicación de la ley a los delitos de malversación y corrupción, propone que se asegure un vínculo causal “más estrecho” entre los periodos aplicables de la normativa. “Se necesita consistencia en la determinación de qué actos están cubiertos por la amnistía, que deberían estar intrínsecamente ligados, para evitar arbitrariedad”. Pero no hay oposición, ni siquiera leve, a la medida.

Según la más moderna y extendida opinión jurídica, las amnistías son rechazables en un caso singular: cuando pretenden borrar delitos de lesa humanidad —genocidio, terrorismo y torturas— que son por su propia naturaleza imprescriptibles. Evidentemente no es este el caso, a pesar de los patéticos esfuerzos de algunos por encontrar terrorismo donde no lo hay.

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