Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El Síndic de Greuges y la nueva ley: 10 claves para no perderse

El nuevo marco legal que regula la Sindicatura refuerza la transparencia de la institución, su control parlamentario, incrementa las vías de acceso para la ciudadanía y limita el mandato

Ángel Luna es el actual Síndic de Greuges de la Comunidad. RAFA ARJONES

Las Cortes Valencianas han aprobado esta semana la nueva ley que regula la elección y funciones del Síndic de Greuges en la Comunidad Valenciana. El marco normativo refuerza la transparencia de esta institución estatutaria, establece un mayor control parlamentario y mandatos más largos. Estas son las diez principales claves para no perderse en el funcionamiento y atribuciones de la Sindicatura que preside en la actualidad Ángel Luna.

¿Qué puede plantear la ciudadanía al Síndic de Greuges?

La función del Síndic es velar por la defensa de los derechos y libertades reconocidos en los Títulos I de la Constitución y II del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. La institución se encarga de investigar las quejas que presentan los ciudadanos que tienen algún problema con la Administración local o autonómica, ayuntamientos, diputaciones, consellerias u organismos o empresas que prestan servicios públicos. Por ejemplo, interviene si se solicita una ayuda para la dependencia y no se recibe contestación, si el bar cercano a una casa hace un ruido insoportable y el ayuntamiento de turno no hace nada, si se recurre una multa en el consistorio y éste no contesta o si un niño con discapacidad está matriculado en un colegio público que carece de personal sanitario que le atienda, entre otras innumerables cuestiones.

¿Quién puede presentar una queja?

Cualquier ciudadano español o extranjero, independientemente de su edad y de su situación legal, puede acudir al Síndic de Greuges. Asimismo, la institución puede iniciar de oficio un procedimiento para investigar si una actuación o inactividad de la Administración ha podido vulnerar derechos y libertades de una persona o de un determinado colectivo.

¿Dónde se pueden presentar las instancias?

Las quejas se pueden presentar mediante escrito en papel o de forma telemática. Como novedad, la nueva ley aprobada por las Cortes prevé la posibilidad de que se registren instancias verbalmente, personándose en la sede de la Sindicatura. Fuentes de la institución explican que, en realidad, esta era una práctica que ya se venía acometiendo, puesto que hay ciudadanos que no disponen de los medios o las habilidades necesarias para poder formalizar el procedimiento. No obstante, el nuevo marco legal blinda ahora esa posibilidad.

¿En qué plazo contestará la sindicatura a la petición?

La persona interesada debe presentar en el plazo máximo de un año la queja, contando a partir del momento en que se haya tenido conocimiento de los hechos o de los efectos que generan. Una vez que se registra la petición, se examina. Si cumple los requisitos, se notifica al ciudadano y, al mismo tiempo, se hace una petición de información a la Administración cuya actuación vaya a ser investigada. Disponen de un mes para contestar, un plazo que puede ampliarse un mes más con carácter excepcional. Tras esto, la ciudadanía puede presentar alegaciones. Lo que fija la nueva ley es que el procedimiento debe concluirse en un periodo de tres meses, que puede ser ampliado a tres meses más si es necesario, cuando hasta ahora no se establecía un calendario concreto.

¿Dónde y cómo se pueden consultar las resoluciones?

Cuando el Síndic aprecia que se ha vulnerado algún derecho, insta a la Administración afectada a adoptar medidas para corregir la situación. Tanto los informes que emitan las instituciones afectadas como las resoluciones de la propia Sindicatura se publican en su web, y esa es otra de las novedades previstas en el nuevo marco legal dado que, hasta ahora, sólo se difundían los informes del Síndic, no los de los investigados.

¿Qué sucede si una Administración no contesta?

Las Administraciones están obligadas a colaborar con el Síndic y lo habitual es que haya respuesta. En el caso de que se niegue, la Sindicatura puede informar de la falta de colaboración u obstaculización a las Cortes Valencianas, que si lo estiman oportuno pueden instar a comparecer a las personas responsables de las actuaciones o inactividades objeto de investigación. Además, la nueva normativa también se atribuye a la institución la facultad específica de instar a la interposición de recursos de amparo, recursos de inconstitucionalidad y de conflictos de competencias con el Tribunal Constitucional.

¿El servicio tiene algún coste?

Ni la presentación de quejas, ni las actuaciones llevadas a cabo por el Síndic de Greuges en el marco de los procedimientos de investigación iniciados tienen coste alguno para la ciudadanía. Además, no se necesita ningún tipo de asistencia letrada ni procesal.

¿Quién elige al Síndic y sus adjuntos?

La nueva Ley que regula la elección y funciones del Síndic de Greuges establece que su nombramiento deberá ser ratificado por tres quintas partes de las Cortes Valencianas, frente los dos tercios necesarios hasta ahora. Además, se intensifica el control parlamentario en el procedimiento regulado para el cese de los dos cargos adjuntos al defensor del pueblo, que a partir de ahora precisará el dictamen favorable de una mayoría de tres quintos de la comisión pertinente. Los tres requisitos que debe cumplir la persona que ostente el cargo son: ser valenciano, mayor de edad y, ahora también, conocer los dos idiomas oficiales de la Comunidad. Su mandato ha pasado a ser de cinco a siete años, pero, desde ahora, no es renovable.

¿Quién fiscaliza al Síndic?

La institución del Síndic de Greuges tiene rango estatutario al estar contemplada en el Estatuto de la Comunidad. Se trata de un alto comisionado de las Cortes Valencianas y responde ante ellas. Anualmente prepara una memoria que da cuenta de todas sus actuaciones y, desde ahora, con la nueva ley, deberá presentarla en el hemiciclo en lugar de en comisión.

¿Cuántas quejas se tramitan al cabo del año?

Durante el ejercicio 2020, la Sindicatura ha impulsado más de 30.000 actuaciones; entre ellas, más de 4.000 quejas y casi 6.500 resoluciones, según datos oficiales.

Una institución estatutaria que se blinda en Alicante

La sede de la Sindicatura de Greuges de la Comunidad Valenciana, radicada en Alicante, mantendrá su ubicación en la provincia. Ese es un extremo que ningún grupo parlamentario ha puesto en duda durante la tramitación de la nueva ley, que blinda que la institución debe seguir manteniendo su base en el sur de la Comunidad Valenciana. La nueva norma que la regula ha sido aprobada esta semana en el Parlamento autonómico con un amplio consenso: todos los grupos han votado a favor de la reforma excepto Vox, que ha optado por desmarcarse del acuerdo.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats