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Condenan a Nuevas Generaciones del PP de Alicante a celebrar un congreso tras siete años sin elegir presidente

Un juzgado de Alicante da la razón a un militante que denunció que la rama juvenil del partido la dirige una gestora desde 2015 a pesar de que los estatutos señalan que en seis meses se debía convocar un proceso electoral - Los populares anuncian que celebrarán el cónclave tras el provincial

Sede del PP de la provincia de Alicante. INFORMACIÓN

El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Alicante ha condenado a Nuevas Generaciones (NN GG) del PP de Alicante ciudad a la convocatoria de un congreso extraordinario para elegir al presidente de la rama juvenil del partido, dirigida por una gestora desde 2015. La sentencia, que condena en costas al partido y que es recurrible, señala que "no resulta admisible" la situación de excepcionalidad que invocaba la parte demandada para justificar el incumplimiento de los estatutos o la omisión de nombramiento por elección entre afiliados. El juez insiste en que, en ningún momento, desde la dirección de Nuevas Generaciones y del PP han argumentado ante sus afiliados cuáles eran las razones excepcionales graves que justificaban que no se les convocara a un congreso como marcan los estatutos del partido. Es más, no ha habido elección del cargo que encabece a los jóvenes del PP de Alicante ciudad desde que en 2013 se eligiera al último presidente, Adrián Santos, que dimitió en 2015 antes de irse a Cs, formación en la que sigue y por la que es edil en el Ayuntamiento de Alicante. El partido designó entonces a una gestora que, según los estatutos, tenía un plazo máximo de seis meses de "transitoriedad", sin que desde entonces haya convocado el congreso o la asamblea que señalan dichas normas.

La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, se produce a raíz de la denuncia de un afiliado de NN GG del PP de Alicante, A. Alarcón, en la que se estiman íntegramente sus pretensiones: la convocatoria de los militantes a un congreso con un único orden del día, el nombramiento de presidente. Tras la dimisión de Adrián Santos en 2015, NN GG del PP nombró a una gestora dirigida por Francisco Joaquín Sampere Buyolo, que en seis meses debía convocar el proceso para que los afiliados eligieran a la nueva dirección. Buyolo presentó su dimisión en octubre de 2017 después de estar más de dos años al frente de una gestora que, de acuerdo a los estatutos del propio partido, no debería haber superado el medio año. Entonces se anunció un proceso de primarias para elegir al nuevo candidato, que nunca se llegó a convocar. El partido volvió a colocar a otro presidente en funciones de la propia gestora, Sergio Villa, quien continúa en el cargo. El juez señala que se están conculcando "los legítimos derechos de los afiliados a poder elegir a su presidente".

Desde el PP señalaron este martes a este diario que el partido se ha sometido hace poco a un proceso de renovación de su estructura provincial y que, a partir de ahí, se convocará un congreso en la provincia y después los locales, entre los que incluyen el de NN GG del PP en Alicante. 

Argumentos

Los argumentos que empleó la formación para que se desestimara la demanda presentada por un militante son que que no se había celebrado aún un congreso por la convocatoria de procesos electorales, a los que están supeditados este tipo de asambleas. Sin embargo, la propia sentencia recuerda que desde 2019 no ha habido ningún proceso electoral y que han transcurrido cerca de tres años desde entonces sin que haya convocado a sus afiliados a un congreso ni haya elegido presidente ni haya explicado a sus militantes las graves razones excepcionales que justifican una situación transitoria que viene durando siete años. También argumentó la defensa que la formación a nivel local no tenía potestad para organizar sus propios congresos y que debían hacerlo instancias superiores del partido, algo que tumba la sentencia. "Pretender que un partido político no puede seguir un procedimiento democrático para el nombramiento de sus presidentes por el hecho de que haya procesos electorales carece de sentido. De ser así, resultaría que nunca resultaría procedente la participación de los afiliados en la elección de sus cargos", indica el juez.

De forma separada, el demandante, A. Alarcón, junto a otro militante que presentó la demanda en el año 2019 (y que fue desestimada por un error de forma al dirigirse a NNGG de la Comunidad Valenciana en lugar de a las de Alicante), emplea una argumentación idéntica a la que estos meses ha mantenido la presidenta de la comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, exigiendo la aplicación de los estatutos de la formación para permitir la celebración de un congreso del partido, en este caso en su rama juvenil, que se mantiene intervenida por una gestora al menos desde 2016. La sentencia se une a la doctrina emanada del Tribunal Supremo, en la STS 671/2020, del 11 de diciembre de 2020, en la que se condenó al Partido Popular, liderado entonces por Mariano Rajoy, por idénticas circunstancias por no celebrar su Congreso Nacional en 2015.

La sentencia a favor del militante alicantino de Nuevas Generaciones del PP señala que se vulneró el derecho de participación democrática de los afiliados y sienta un importante precedente jurisprudencial que podría desbloquear la celebración de otros congresos como el que Ayuso reclama en Madrid, dando solución por la vía de los tribunales a las decenas de gestoras que el partido mantiene en toda España en contra de sus propios estatutos.

En el juicio, acudieron a declarar en calidad de testigos el antiguo presidente de NN GG Alicante, Francisco Joaquín Sampere Buyolo, el antiguo secretario general de NN GG, Lorenzo Lorenzo Silvestre, y el actual secretario general del PPCV, Juan Carlos Caballero Montañés. Como indica la sentencia, no acudió el representante de NNGG de Alicante, que actuó bajo la dirección letrada de Manuel Villar, quien actualmente ostenta, entre otros cargos, el de concejal del PP en el Ayuntamiento de Alicante y asesor jurídico del Grupo Municipal Popular. El juez reprocha que la parte demandada no se presentara a la vista "con lo que se le debe tener por confesa con los hechos de la demanda", manifiesta.

"Mi intención no es presentarme"

El denunciante intentó por vía interna que la dirección de Nuevas Generaciones y del PP cumpliera con lo que marcan los estatutos y convocara el congreso. En 2016 envió varios correos electrónicos, tuvo varias reuniones y llegó a enviar un requerimiento notarial que, a la vista está que no surtió efecto, llevó a A. Alarcón a interponer la demanda contra su partido. El afiliado de NN GG del PP en Alicante asegura a este diario que la única intención que tuvo al interponer una demanda contra su propia formación es que sirva para que haya democracia interna y niega que su interés sea el de presentarse como candidato a presidir la rama juvenil de los populares. "No tengo ninguna intención de presentarme como candidato", incide, y denuncia que no se le hiciera ningún caso ni a él ni al otro militante que interpuso otra demanda tras insistir por vía interna que se convocara el congreso como marcan los estatutos del PP. "No nos quedó otra que ir a la Justicia, sólo queríamos que no se rieran de nosotros", añade.

Alarcón señala que tiene el apoyo de otros militantes, niega haber recibido presiones del partido y se muestra muy satisfecho con la sentencia. "Esto va a crear jurisprudencia", indica.

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