En la sentencia, la Audiencia confirma el veredicto de culpabilidad del acusado emitido por el jurado popular y condena a Antonio Rodríguez por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento.

Además, le impone la prohibición de residir o acudir a Sallent, así como de acercarse a menos de 1.000 metros a los padres, hijos y hermanos de la fallecida durante 32 años y medio.

Los hechos ocurrieron la noche del 21 de marzo de 2006, cuando Antonio Rodríguez se presentó en la entrada del garaje de la vivienda de su ex novia Carmen G.A. en Sallent y esperó a que saliera con su vehículo.

Cuando la vio, la abordó y se sentó en el asiento delantero derecho, hasta que poco después le asestó varias cuchilladas con la intención de provocarle la muerte, al tiempo que le profería todo tipo de insultos.

La fiscalía pedía inicialmente 19 años de cárcel, si bien tras oír el veredicto del jurado modificó su petición y solicitó que se impusiera al acusado una condena de 25 años de cárcel, la misma que pedía la acusación particular.