Un jurado popular declaró culpables este jueves a los dos acusados de matar de un disparo en la cabeza a otra joven española de 26 años en una urbanización de Torrevieja en diciembre de 2020. El veredicto se alcanzó por unanimidad este jueves en una de las secciones desplazadas a Elche de la Audiencia alicantina. El tribunal popular ha concluido que se trata de un asesinato con alevosía, en el que la víctima no tuvo posibilidad alguna de defenderse. El juicio había arrancado el lunes de esta semana en la Ciudad de la Justicia de Elche y tras el fallo ha quedado visto para sentencia.

Un ajuste de cuentas entre grupos dedicados al robo de drogas entre bandas de narcos es el móvil que barajó en su día la Guardia Civil. Los procesados son un hombre y una mujer de origen brasileño. A él se le consideraba presunto autor material del crimen, mientras que ella estaba acusada de ser cómplice. Ante de la vista oral todo estaba pactado para que él fuera considerado responsable del asesinato, mientras que ella se le impondría una pena mínima, valorando que actuó por miedo al principal acusado. Sin embargo, el jurado popular no ha visto probada esta atenuante, lo que obligará a imponer una pena superior para ella y que supondría que tendría que entrar en prisión.

El crimen ocurrió el 22 de diciembre de 2020 en la urbanización Los Leandros de Torrevieja, dentro de una vivienda en la que residía el acusado. Las causas del asesinato nunca han quedado determinados, aunque la investigación vinculaba el crimen con algún ajuste de cuentas entre un grupo dedicado a dar vuelcos de alijos de droga a otras bandas de narcotraficantes. Los dos acusados fueron detenidos días después en la localidad murciana de Lorca, a donde habían huido.

El acusado siempre había asumido la autoría del asesinato, aunque alegaba que trataba de defenderse. En cambio, la mujer procesada aseguraba que se vio atrapada en la situación y que actuó por miedo, sin llegar a intervenir. Sobre la mesa había una conformidad por la que él podría ser condenado a penas que sumaban 17 años de cárcel; mientras que para ella inicialmente iban a ser dos años. De hecho, la propia confesión de los acusados ha sido uno de los elementos valorados por el tribunal popular para dictar sentencia. Un acuerdo que ha tumbado el jurado al no considerar probado que la procesada actuara por miedo y que tuvo un papel activo en los hechos. Con estas modificaciones en el veredicto, la pena que se imponga en la sentencia podría llegar a los siete años y medio de prisión, aunque la palabra última la tendrá la magistrada en el momento en que dicte sentencia.

Te puede interesar:

El veredicto considera que la víctima no tuvo posibilidad de escapar y que falleció después de que una bala le alcanzara en la cabeza. La investigación apuntaba a que estaba hablando por el móvil con una amiga cuando la conversación se interrumpió de manera repentina. El procesado aducía que vio un arma y que por ese motivo reaccionó disparando, una tesis que desde la acusación particular que ejerce el padre de la víctima a través del abogado Miguel Ángel Belda, se descartaba, apoyándose en el informe de la autopsia que indicaba que la bala entró en la cabeza de la víctima mientras estaba de perfil. A continuación, los dos huyeron a Murcia.

El arma apareció abandonada en un contenedor 

El arma utilizada fue localizada por la Guardia Civil en un contenedor de basura muy próximo a la vivienda en la que se produjo el crimen. Una pistola para la que el acusado no tenía permiso alguno. Esto ha determinado que se le acusara también de otro delito de tenencia ilícita de armas, por el que se le reclama otro año de prisión más. El procesado hacía trabajos de seguridad en su país, donde sí contaba con la preceptiva licencia de armas. Hechos que respaldarían que estaba más que familiarizado con el uso de armas de fuego y conocía su funcionamiento. La investigación apuntaba a que el procesado sería la persona que se encargaba de ejecutar los presuntos vuelcos de droga de la organización. Desde su arresto, permanece en prisión preventiva, mientras que ella estaba en libertad pendiente del juicio, situación que podría cambiar tras la sentencia..

La amiga con la que hablaba la mujer asesinada por teléfono fue la que alertó a la Guardia Civil horas después, preocupada por las circunstancias en las que se interrumpió la llamada. Los agentes se la encontraron muerta tendida en el suelo en medio de un gran charco de sangre y con un único orificio en la cabeza. La autopsia determinó que la bala impactó en hueso occipital de la cabeza, de gran dureza, lo que impidió que hubiera orificio de salida.

El fallo también incide en que la acusada tuvo un papel activo, porque bloqueó la salida del lugar donde se encontraba la víctima impidiendo que pudiera huir. Asimismo también se ha valorado el hecho de que los dos se escaparan juntos a Murcia tras el crimen, tiempo en el que la mujer estuvo sola y no avisara a nadie.

Las tesis del jurado han sido rechazadas por la familia de la acusada a quien consideran como otra víctima más del acusado y que se dejó llevar por el pánico, sin que pudiera enfrentarse a la persona que había disparado a la cabeza a otra mujer momentos antes. La participación de la mujer podría ser una de las bases del recurso que se presentaría ante el Tribunal Superior de Justicia en el caso de que la sentencia sea más severa. J. A. M.