El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ibi ha declarado la nulidad de la compraventa de un vehículo Audi A4 vendido hace diez años en Alicante y afectado por el "dieselgate", escándalo de emisiones de Volkswagen. La Agrupación de Afectados por Volkswagen afirma en un comunicado que es la primera vez que un juzgado declara nulo el contrato de compra de un vehículo en base a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declaró ilegal el dispositivo de control de emisiones instalados en los coches y anuncia que usara el fallo judicial de Ibi para pedir la devolución del precio del vehículo de sus más de 4.000 clientes que son o han sido dueños de vehículos afectados por el «dieselgate».

La asociación señala en en un comunicado que esta sentencia, que aún no es firme y probablemente será recurrida por la mercantil Sala Hermanos Import S.L. ante la Audiencia de Alicante, obliga a un concesionario que vendió el vehículo a devolver al comprador del Audi A4 los 34.440 euros que pagó hace diez años por el coche, "afectado por el conocido como caso "dieselgate", por el que Volkswagen instaló en los vehículos un software capaz de modificar el resultado en la medición de emisiones y ocultar de este modo que, en realidad, el nivel de contaminación que producían estaba muy por encima de lo legalmente establecido".

El abogado de la agrupación, Sergio Meler, ha explicado a este diario que tras esta sentencia de Ibi presentarán demandas colectivas en base a la resolución del juez de Ibi. La primera será el próximo mes de noviembre contra Seat y se presentarán en Alicante y posteriormente en Valéncia y en Madrid. Según Meler, la cifra de demandas podría llegar a 700.000 (100.000 solo en la Comunidad Valenciana), que son unos determinados modelos de vehículos de Audi, Seat, Skoda y Volkkswagen que se vendieron entre 2009 y 2015 con el dispositivo declarado ilegal por el TJUE. La Agrupación de Afectados insta a los interesados a ponerse en contacto con ellos para sumarse a las demandas que se presenten.

La sentencia, añaden los afectados, admite que ha quedado acreditado que el vehículo "emitía más gases contaminantes que los que el Grupo Volkswagen acreditó para su homologación, por lo que el actor tuvo que acudir en repetidas ocasiones a los talleres del concesionario para que le fueran realizadas reparaciones”.

El fallo también destaca que «la entidad vendedora incumplió́ sus obligaciones de información precontractual, contractual y poscontractual. Extremo que pudo incidir en la formación del consentimiento del actor e inducirlo a un error sobre la naturaleza del producto que contrataba». Según el juez, de haber sido informado de las deficiencias del software respecto «a la emisión engañosa de la emisión de gases» no habría comprado el vehículo.

Por todo ello, la sentencia estima “declarar nula de pleno derecho por vicio en el consentimiento del actor, el contrato de compraventa de fecha 28 de febrero de 2010, restituyendo a las partes a la situación anterior a los efectos del contrato, con devolución de la cosa y precio, todo ello con imposición al demandado de las costas causadas”.

Alberto Rey, presidente de la Agrupación de Afectados por Volkswagen, ha mostrado su satisfacción porque “aunque más tarde de lo que nos gustaría, se está demostrando que nuestros clientes tenían razón y que Volkswagen les engañó con la venta de sus vehículos”. También recuerda que, todos los compradores de estos vehículos, de primera o de segunda mano, hayan sido o no reparados, pueden ahora solicitar la nulidad del contrato y la devolución del dinero invertido en el vehículo. “Pese al transcurso de los años, y dadas las novedades jurídicas del caso, sus acciones no están prescritas y podrán reclamar”, insiste Rey.