El exyoutuber del «caso caranchoa» indemniza al repartidor insultado con 20.000 € por daños morales

La Audiencia de Alicante confirma la condena por intromisión en el honor por la difusión del vídeo del trabajador y valora el beneficio por la venta del canal MrGranBomba en la indemnización fijada

Fotograma del vídeo donde sale el repartidor y el exyoutuber tras recibir una bofetada.

Fotograma del vídeo donde sale el repartidor y el exyoutuber tras recibir una bofetada.

El exyoutuber MrGranBomba ha pagado recientemente 20.000 euros de indemnización por daños morales al repartidor de una empresa al que llamó «caranchoa» en 2016. El dinero ha sido abonado tras confirmar la Audiencia la condena que le impuso otro tribunal con anterioridad y considerar probado que se produjo una intromisión ilegítima en el honor y en la propia imagen con la difusión de sendos vídeos, uno de ellos el grabado con cámara oculta, donde el trabajador abofetea al joven al sentirse insultado, y otro donde insulta directamente al operario de una empresa de paquetería, representado en la demanda por el abogado Carlos Frigola Espinosa. En la sentencia se ha tenido en cuenta el enriquecimiento obtenido con la venta del canal MrGranBomba en YouTube, que tenía más de medio millón de seguidores y fue vendido a la empresa Play Hawkers por 15.000 euros.

El fallo de la Sección Cuarta de la Audiencia, que ya es firme y no ha sido recurrido ante el Tribunal Supremo, desestima así el recurso del exyoutuber MrGranBomba contra la sentencia dictada hace un año por el juzgado de Primera Instancia número 9 de Alicante y comparte que hubo «intromisión ilegítima en el honor y en la propia imagen» del trabajador al que llamó «caranchoa» y que también se lucró con su imagen.

Además de la indemnización de 20.000 euros por los daños morales, el exyoutuber ha difundido a su costa el fallo de la sentencia mediante una videograbación publicada en YouTube.

Multa por la bofetada

El fallo de la Audiencia recoge los hechos probados en el juicio por delito leve, donde el repartidor fue condenado a pagar una multa de 30 euros al entonces youtuber por la bofetada que le dio tras llamarlo «caranchoa» mientras grababa una broma con cámara oculta, aunque matiza que parte de los vídeos de MrGranBomba eran «ensayados» y realizados con la colaboración de amigos y familiares.

El incidente ocurrió el 9 de diciembre de 2016 en la calle Pintor Agrasot de Alicante. El youtuber abordó al repartidor y le preguntó por una dirección en un tono educado, pero llamándole «caranchoa». El trabajador se «enfureció» y dio una bofetada a MrGranBomba. Tras el incidente, el youtuber publicó el vídeo de la bofetada en su canal y a continuación otra grabación donde se dirigía al repartidor con expresiones como «amargado, chulito, desequilibrado mental, prepotente, estúpido y delincuente».

Fallo judicial

El juzgado de Primera Instancia número 9 de Alicante ya estimó parcialmente el pasado año la demanda del repartidor y consideró que se infringieron sus derechos al honor y a la propia imagen. Ahora, la Audiencia se ha pronunciado en el mismo sentido y concluye que pese a que la actividad del youtuber puede encuadrarse como manifestación de la «libertad de expresión y creación artística», eso no autoriza a «captar la imagen individualizada y destacada de una persona para convertirla en protagonista involuntaria de una obra de arte y proceder a su divulgación a través de un canal de internet que como YouTube está caracterizado por su extraordinaria audiencia y su accesibilidad a nivel mundial».

El repartidor alegó que no prestó su consentimiento para la grabación y difusión de las imágenes y la Audiencia señala que dicha autorización es exigible, aunque se le pixelara la cara y el uniforme de trabajo.

El abogado que representa los intereses del trabajador de una empresa de paquetería, Carlos Frigola, ha señalado tras este fallo de la Audiencia que están «contentos porque se ha hecho justicia en el sentido de que en internet ‘no todo vale’ y, especialmente en este caso, no se puede usar inconsentida y libremente la imagen de alguien y, a mayor abundamiento, lucrarse a su costa, sumado al tono insultante que se utilizó en este caso».

El letrado afirma que su cliente siempre ha querido estar «apartado del foco mediático y vivir tranquilo, con lo que a raíz de esta sentencia espera poder zanjar definitivamente este asunto tras un periplo de más de seis años».

Frigola ha añadido que el trabajador «buscaba la tranquilidad, olvidar el asunto y tener paz psicológica, lo que pasaba por finalizar los procesos judiciales y que la vulneración a su derecho al honor y a la propia imagen tuvieran su respuesta legal, como así ha sido».

El abogado recuerda que el repartidor intentó un acto de conciliación previo a querellarse y una mediación tras iniciarse el proceso civil, pero en ambos casos se opuso el exyoutuber.