Culpable el acusado de asesinar al hombre de 96 años cuya piscina limpiaba en Xàbia

Las acusaciones solicitan la prisión permanente revisable tras considerar el jurado que la víctima era especialmente vulnerable y que el procesado se ensañó

El acusado declarado culpable, al llegar a la Audiencia de Alicante el primer día del juicio.

El acusado declarado culpable, al llegar a la Audiencia de Alicante el primer día del juicio. / ALEX DOMÍNGUEZ

El jurado popular ha declarado culpable por unanimidad al acusado de asesinar de nueve puñaladas a un hombre de 96 años en un chalé de Xàbia para robarle un ordenador, valorado en 220 euros. El procesado llevaba cinco años encargado de la limpieza de la piscina de la víctima y el tribunal popular ha considerado probado que Francisco D. era una víctima especialmente vulnerable y el acusado lo mató el 20 de diciembre de 2021 cuando fue descubierto robando en su casa debido a sus problemas económicos.

Por ello, una vez emitido el veredicto la fiscal del caso y el abogado de la acusación particular, Joan Bertomeu Castelló, han solicitado a la magistrada presidenta del tribunal que sea condenado a prisión permanente revisable por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento a una víctima de especial vulnerabilidad. El jurado se ha opuesto también a la concesión del indulto por ocho votos.

Las acusaciones han solicitado además que la empresa de mantenimiento de piscinas donde trabajaba el acusado sea declarada responsable civil subsidiaria e indemnice con 100.000 euros a cada uno de los tres hijos del hombre asesinado. El letrado de la acusación particular ha reclamado asimismo que la aseguradora de la empresa sea declarada también responsable civil junto con la mercantil donde estaba empleado el acusado declarado culpable.

Tanto el abogado de la empresa como el de la aseguradora se han opuesto y han solicitado su absolución como responsables civiles subsidiarios porque el crimen no fue cometido en el desempeño de sus funciones como limpiador de la piscina de la víctima. La defensa del acusado también se ha opuesto a la pena solicitada al mantener que no es culpable.

Vehículo de la empresa

El tribunal popular ha considerado probado que el acusado Héctor James T.G., de 60 años, se desplazó sobre las 14:13 horas del 20 de diciembre de 2021 al domicilio de la víctima en Xàbia. Acudió en un vehículo que tenía adjudicado por la empresa, que llevaba 15 años realizando el mantenimiento de la piscina de Francisco. El acusado se encargaba personalmente de la limpieza desde hacía cinco años y tras llegar al domicilio accedió a la parcela con las llaves del candado de la verja que tenía con motivo de su trabajo.

El veredicto también estima acreditado que el acusado, después de llevar cinco años trabajando en dicha vivienda, sabía que Francisco tenía 96 años, movilidad reducida y una escasa visión. Entró al domicilio con un cuchillo y unos guantes de goma que le había facilitado el dueño de la empresa de mantenimiento de piscinas y comenzó a buscar objetos de valor de una de las habitaciones. El acusado fue sorprendido por el dueño de la casa y le asestó nueve puñaladas para matarlo, sin que tuviera posibilidad alguna de defensa por la diferencia de edad entre ambos y las graves dificultades de visión y movilidad de Francisco.

Siete de las nueve puñaladas, la mayoría en el tórax, eran heridas inciso punzantes y la víctima falleció en su domicilio. El jurado ha considerado probado que el acusado actuó con ensañamiento y le asestó las nueve puñaladas aumentando "deliberada e inhumanamente su dolor a sabiendas de que no eran necesarias para causar o asegurar la muerte" del propietario de la vivienda.

Cámara de seguridad

Para justificar su veredicto, los nueve miembros del jurado han tenido en cuenta el visionado de la cámara de seguridad de otro chalé que grabó el vehículo del acusado entrando a la calle donde vivía la víctima a la hora del crimen y han destacado que la Guardia Civil comprobó su correcto funcionamiento. Asimismo, señalan que era el único camino de acceso y no era la zona de trabajo que tenía asignada para ese día.

Otros datos usados por el jurado para declarar culpable al operario de la piscina son las marcas de sus guantes de trabajo, que coinciden con las halladas en dos cajas en el dormitorio de la víctima, y el ADN del acusado hallado en una uña del fallecido, pese a que el propio procesado negó haber tenido contacto físico con él durante los cinco años que estuvo limpiándole la piscina. Asimismo, han resaltado las contradicciones del acusado desde que ocurrieron los hechos, que ha ido acomodando su versión en función de las pruebas que iban surgiendo.

Las acusaciones, además de pedir que el acusado sea condenado a prisión permanente revisable, han reclamado que la empresa para la que trabajaba sea declarada responsable civil subsidiaria. Han afirmado que el empresario conocía los problemas de su empleado, que pedía dinero a los clientes, y no adoptó ninguna medida. Además, usó medios de la mercantil para perpetrar el delito, como las llaves de acceso a la parcela y el vehículo, según la fiscal y el abogado de la acusación particular ejercida por la familia de Francisco. Por contra, los abogados de la empresa y de la aseguradora han destacado que el crimen no fue cometido en el desempeño de sus funciones de limpieza de piscinas.