El TSJ ha desestimado un recurso presentado contra la comisión territorial de Urbanismo que en 2006 aprobó el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Guardamar del Segura y contra el acuerdo plenario de agosto de 2005 de este Ayuntamiento por el cual se aprobó el convenio urbanístico de planeamiento del sector ZS0-9.

El recurrente solicitó al TSJ que anulara el convenio impugnado, que se había incorporado al PGOU y, consecuentemente, que anulara el planeamiento urbanístico. En su tesis argumentaba que el convenio carecía de cobertura legal al no estar regulado en la LRAU (la ley valenciana del urbanizador) y, además, que el Ayuntamiento carecía de poder de negociación.

La sala desestima los argumentos al considerar que carecen de fundamento. Entre otras cuestiones, el TSJ entiende que el recurrente no puede impugnar en estos momentos el acuerdo del pleno, algo que era algo que tenía que haber hecho tras su aprobación, cuando en él se fijó la ordenación del sector.