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Carpetazo tras 16 años al caso de la venta de fincas del exalcalde de Torrevieja

La Audiencia archiva la investigación contra Pedro Hernández Mateo al no probarse delito en la operación con la que obtuvo 5,2 millones de euros. La denuncia de Anticorrupción comenzó a instruirse en mayo de 2005

Pedro Hernández Mateo en una imagen de archivo Efe

Archivada. La sección séptima de la Audiencia Provincial con sede en Elche ha dado carpetazo la causa abierta contra el exalcalde de Torrevieja, Pedro Hernández Mateo por una multimillonaria compra y venta de fincas en Almoradí. La investigación la abrió el fiscal Anticorrupción, Felipe Briones, en mayo de 2005, hace 16 años. 

El auto desestima el recurso ante la Fiscalía, el último intento del Ministerio Público por evitar el archivo tras un primer sobreseimiento del juzgado de Instrucción 4 de Torrevieja en 2018. El tribunal presidido por el magistrado Francisco Javier Saravia Aguilar señala que de la investigación «no se deduce que consten pruebas que acrediten la comisión de hecho delictivo alguno» por parte del exdiputado autonómico del PP, ni de los tres empresarios que también se encontraban investigados en la causa. 

El hecho principal que dio origen a la denuncia de la Fiscalía fue la compra por parte de Hernández Mateo, en 1997 de 19 hectáreas de suelo rústico por 180.000 euros en Almoradí y en 2002 a una firma inmobiliaria con intereses en Torrevieja por 5,2 millones de euros.

La resolución señala que el Ministerio Fiscal y la acusación particular «tratan de vincular» operaciones inmobiliarias que culminaron con la adquisición de 19 hectáreas rústicas de Hernández Mateo en Almoradí «entre sí y a las sociedades intervinientes» al objeto de imputarle «una serie de delitos contra la Administración Pública, en parte, basándose en los antecedentes de Hernández Mateo, poco ejemplares, eso sí» -dice el auto- pero que «no presuponen la comisión de otros actos punibles ajenos a los que por en su día fue condenado -en referencia al ingreso en prisión del exalcalde por falsedad documental por otro procedimiento-, ni pueden servir para prejuzgar su conducta». 

La Audiencia asegura que la Fiscalía imputaba a Hernández Mateo delitos contra la Administración Pública, en parte, basándose en los antecedentes del exalcalde "poco ejemplares, eso sí", pero que "no presuponen la comisión de otros actos punibles"

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La Audiencia Provincial señala que no existe conexión alguna entres la condición de urbanizador del Sector 22 en Torrevieja de la mercantil Altos del Mar y las compras de las fincas rústicas a Hernández Mateo por parte de una empresa ligada al mismo grupo inmobiliario en Almoradí «no existiendo -dice la resolución judicial- elemento probatorio alguno que ponga de manifiesto la relación entre ambas operaciones y mucho menos la intención de delinquir por ninguna de las partes». La resolución considera que la revalorización del precio del suelo rústico en Almoradí que se produjo entre 1997 y 2002 estaba vinculada a la expectativa de reclasificación en un futuro PGOU pero era común a otros muchos suelos rústicos de la zona -aunque finalmente no se declararon urbanizables-. También subraya no se puede considerar que la operación de compraventa llevada a cabo entre la empresa inmobiliaria y Hernández Mateo «formara parte de un plan encaminado a que se produjera la recalificación de los terrenos adquiridos», basándose en un contrato «mecanografiado y sin firmar» en el que se recogía que la compra se producía con la condición de que Hernández Mateo influyera en el Ayuntamiento de Almoradí para que este recalificara los terrenos comprados por Promociones Edén del Mar -lo que nunca sucedió-. Este documento no fue admitido como prueba valida «al adolecer de cualquier elemento que permita dotarlo de credibilidad». 

El auto reitera que no se deduce que consten pruebas que acrediten la comisión de hecho delictivo alguno por parte de ninguno de los investigados. «A la vista de la jurisprudencia y de los hechos que constan en las actuaciones, no cabe más que confirmar los argumentos del juez» de Instrucción de Torrevieja que archivó la investigación. 

La apertura de esta investigación puso en el foco la gestión de Hernández Mateo, que durante algunos mandatos hizo compatible su cargo de alcalde con el de concejal de Urbanismo, en el periodo de mayor expansión inmobiliaria de Torrevieja, que fue durante el boom del ladrillo, una de las mayores del país. 

Aforamiento

La prolongación del procedimiento se produjo por la condición de aforado de Hernández Mateo, en su condición de diputado autonómico. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) devolvió la causa al juzgado de Torrevieja remarcando que de las actuaciones se podía deducir que Hernández Mateo había realizado una «ventajosísima» operación inmobiliaria pero no un delito y pidió a la sala que archivara el procedimiento o lo archivara. El juzgado dio continuidad al caso y los investigados y el ya exalcalde volvieron a ser citados a declarar como investigados. 

Hernández Mateo, defendido por el abogado torrevejense Benito Sánchez Martos en este caso, y que llegó a ser un referente del PP en la provincia y la Comunidad, está retirado de la vida pública de Torrevieja tras cumplir una pena de cárcel por un delito de falsedad documental y prevaricación en la adjudicación de la contrata de basuras. Además sigue inhabilitado para ejercer cargo público por la misma condena. 

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