Javier Pérez recurre la aprobación del sueldo del alcalde de Callosa de Segura

UCIN alerta que la propuesta que desbloqueó las nóminas del PP de la localidad se hizo sin el aval del Interventor y que el asunto deberá resolverse, de nuevo, en el pleno

Javier Pérez, en una imagen de archivo. | TONY SEVILLA

Javier Pérez, en una imagen de archivo. | TONY SEVILLA / D.Pamies

D. Pamies

D. Pamies

Javier Pérez, portavoz del grupo municipal de UCIN ha presentado un recurso contra el acuerdo del pleno extraordinario del Ayuntamiento de Callosa de Segura que aprobó el pasado lunes 18 de septiembre el régimen de retribuciones del equipo de gobierno y las indemnizaciones de portavoces. Las nóminas para el alcalde Manuel Martínez Sirvent (PP) (42.000 euros brutos anuales) y sus concejales, que gobiernan en minoría se desbloquearon gracias a la abstención del portavoz del PSOE, Fran Maciá y al propio voto de calidad del primer edil.

Independiente

El grupo independiente reclama en su recurso que el alcalde Manuel Martínez Sirvent revoque este acuerdo declarándolo nulo. Fuentes municipales señalan que si la administración local sigue lo que dispone la legislación para estos casos deberá someter el recurso contra esos acuerdos en el mismo órgano que los sacó adelante: el pleno. Y si no sigue ese cauce se expone a un supuesto delito de prevaricación. Un nuevo pleno sobre esta materia expondría de nuevo al PSOE ante el debate sobre su posición en un pleno donde el PP necesita de un mínimo respaldo de la izquierda para sacar adelante sus propuestas.

Porque Pérez, exalcalde de Callosa de Segura por el PP y que concurrió a las elecciones municipales bajo las siglas de una formación independiente y el actual alcalde popular mantienen posturas irreconciliables. Pérez advierte que la propuesta de que la propuesta no fue acompañada de los informes del área de secretaría y de intervención municipal. Algo obligado al tratarse de una iniciativa que afecta a materia económica y, por lo tanto, debería contar con un informe preceptivo del Interventor.

Bases de ejecución

La legislación dispone para cualquier expediente suscesptible de «producir derechos u obligaciones de contenido económico». También cuestiona el recurso el hecho de que en la misma propuesta de indemnizaciones a portavoces, que también fue aprobada, que no está contemplada ni en los presupuestos vigentes ni en sus bases de ejecución.

También conlleva ese acuerdo que considera nulo de pleno derecho las modificaciones de las cuantías por asistencias a pleno que pasan de 100 a 200 euros por sesión y que se fija una nueva indemnización -para los concejales sin dedicación o sin dedicación parcial- de 50 euros por sesión, que tampoco figuraba en esas bases.

Javier Pérez señala que entiende que no existe consignación presupuestaria para todos los cambios aprobados, ni se ha llevado a cabo una modificación previa de las bases de ejecución de las cuentas municipales que los avale.