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Educación afirma que la ayuda por los libros de texto no hay que declararla en la Renta

La aparición en borradores del IRPF de subvenciones por la XarxaLlibres generaliza la inquietud entre las familias

Educación afirma que la ayuda por los libros de texto no hay que declararla en la RentaJOSÉ NAVARRO

La XarxaLlibres sigue dando quebraderos de cabeza al Consell. La aparición en la renta de la subvención que han dado los ayuntamientos a los padres en concepto de ayuda para la compra de los libros de texto, está generando una gran inquietud entre las familias. La Conselleria de Educación, a preguntas de este diario fue tajante: «La exención de la ayuda de libros es automática por la ley de Hacienda, artículo 7».

Tanto la dirección general de Centros de la Conselleria de Educación, como la federación provincial de padres de alumnos Gabriel Miró, no cesan de recibir consultas por este motivo. «A cuantos preguntan, se les repite lo mismo y se está atendiendo cada consulta», aseguran desde Educación.

En la Fapa Gabriel Miró no lo tienen tan claro y ayer por la tarde el presidente del colectivo de padres, Ramón López, reclamaba «un documento oficial que acredite esa exención, porque se está expuesto a que la Hacienda estatal reclame este extremo y la multa impuesta de 100 euros podría ser incluso superior a la ayuda recibida en algunos casos». López recuerda que ante las quejas expresadas públicamente el año pasado, el propio conseller de Hacienda declaró en prensa, concretamente en INFORMACIÓN, que la ayudas por los libros de texto estaban exentas de declarar en la renta, pero López sigue reclamando una acreditación oficial.

«Las familias no pueden estar con la intranquilidad de señalar en el IRPF que la ayuda de los libros está exenta cuando solo disponen de una declaración verbal», precisa Ramón López, presidente del colectivo.

Este representante alude especialmente a aquellos padres que se vean en la tesitura incluso de presentar o no la declaración de la renta, porque los 200 euros recibidos como máximo les suponga llegar al límite exigido de declarar a Hacienda.

La consulta, ante cualquier gestoría, obtiene la misma respuesta: «Los contribuyentes de esta Comunidad pueden deducir de la renta las cantidades destinadas a la adquisición de material escolar hasta un máximo 100 euros por cada hijo, pero solo si se está en paro y la base imponible no supera los 25.000 euros en la declaración individual y 40.000 euros en declaración conjunta».

No obstante, al tratarse de un impuesto estatal, la Conselleria de Hacienda, a instancias del propio conseller de Educación, Vicent Marzà, planteó en enero de 2016 una consulta a la Dirección de Tributos del Ministerio de Hacienda como órgano competente sobre las consultas tributarias del IRPF. La respuesta apuntaba a la exención para este tipo de ayudas por la adquisición de libros de texto. El conseller de Hacienda declaró que «en principio, y del sentido que expresó la administración estatal», cabe concluir que estas ayudas «están exentas» de tributación en el IRPF.

Y ahora la Conselleria de Educación es tajante al respecto: «La exención es automática por la ley de Hacienda».

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