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¿Qué puedo hacer en Semana Santa?

Las restricciones por el covid-19 limitan la movilidad y las actividades en toda la Comunidad Valenciana hasta el 12 de abril

Controles policiales durante el puente de San José que se repetirán en Semana Santa en todo el territorio valenciano. | RAFA ARJONES

Con la Semana Santa a la vuelta de esquina, el gobierno valenciano tiene muy claro que no se pueden relajar las medidas frente a la covid-19 y las ha prorrogado hasta el próximo 12 de abril. Cierre perimetral de la comunidad, limitación de encuentros sociales o familiares, apertura de la hostelería bajo estrictas restricciones, e indicaciones muy concretar para celebraciones, actividades físicas, competiciones deportivas, ocio educativo o al aire libre, velatorios y entierros, ceremonias no religiosas e, incluso, el uso de piscinas o acceso a playas, supondrán un handicap para quienes tenían previsto planear salidas y encuentros esos días. De esta forma, la Generalitat quiere evitar que se repita lo vivido en Navidad y, por consiguiente, una cuarta ola del virus.

Ahora bien, con todas estas medidas, ¿queda claro qué se puede y qué no se puede hacer? ¿Podemos reunirnos con familiares y amigos, viajar en avión o salir de la comunidad con una PCR negativa? ¿Y qué pasa con los niños? ¿Habrá actividades para ellos o se pueden quedar con un familiar si los padres trabajan? 

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El cierre perimetral de la Comunidad Valenciana impide entrar o salir excepto en caso de desplazamiento debidamente justificado, pero ¿se puede ir en avión, por ejemplo, a Madrid?

La Comunidad Valenciana prorroga la limitación de entrada y salida de personas excepto para asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios, cumplir con las obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales, asistir a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil, retornar al lugar de residencia habitual o familiar, asistir o cuidar a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables, desplazarse a entidades financieras y de seguros o estaciones de abastecimiento de carburante en territorio limítrofes, renovar permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables, desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados, por causas de fuerza mayor y por cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada. Todas estas limitaciones son iguales tanto para desplazamientos en coche, tren o avión. Además, cabe añadir la escasez de vuelos y que en cualquier momento las autoridades pueden requerir la justificación del desplazamiento.

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¿Pueden personas de otras comunidades venir a su segunda residencia en la playa?

No. El desplazamiento a una segunda residencia no se contempla en las excepciones que la Generalitat ha incluido en la limitación de entrada a la Comunidad Valenciana.

Playas parceladas en Benidorm. | DAVID REVENGA

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¿Puedo ir de vacaciones al extranjero si el país al que voy me lo permite y, si es así, volver sin problemas?

En estos momentos hay países, como Reino Unido, que no permiten la entrada, y los que sí lo hacen piden el resultado negativo de una PCR. Además, las autoridades podrían requerir un justificante del viaje en cualquier momento. En el caso de Alemania, los vuelos empezarán el próximo 28 de marzo, pero habrá pocos.

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¿Puedo salir de la Comunidad Valenciana si tengo una PCR negativa?

No. Para salir de la Comunidad Valenciana se han de cumplir los mismo requisitos que para entrar. Antes de intentar salir es recomendable comprobar que se cumple alguna de las excepciones que contempla el cierre perimetral decretado por la Generalitat, a fin de evitar sanciones.

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¿Puedo sacar a un familiar del geriátrico para que pase conmigo las vacaciones? ¿Y visitarlo en su residencia?

Por el momento ninguna de estas opciones es posible. De hecho esta misma semana, tal y como recogía INFORMACIÓN, la Asociación Empresarial de Residencias y Servicios a Personas Dependientes de la Comunidad Valenciana (Aerte) reclamaba a la Conselleria de Sanidad que retome las visitas familiares a los usuarios. Cabe recordar que desde enero los geriátricos solo permiten el acceso al personal de la plantilla y a los profesionales sanitarios, una medida que fue adoptada en los momentos de mayor incidencia de la pandemia para evitar contagios y muertes por covid-19. La patronal ahora quiere que se relajen estas restricciones dado que la situación ha mejorado y los centros son más seguros gracias a la vacunación. Pero todavía no se ha producido.

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Un estudiante que esté en otra comunidad, ¿podrá venir en Semana Santa?

Sí. Una de las excepciones que recoge el cierre perimetral es volver al lugar de residencia habitual o familiar. Por lo tanto, podrá entrar en la Comunidad Valenciana para volver a su casa en vacaciones justificando debidamente el desplazamiento.

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¿Puedo enviar a mi hijo a un campamento de vacaciones de Semana Santa?

Los desplazamientos dentro de la Comunidad Valenciana sí están permitidos sin excepciones. Otra cosa es que se organicen este tipo de actividades, ya que según las restricciones implantadas por la Generalitat «en los alojamientos que ofrecen habitaciones y servicio colectivos, las personas de diferentes grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia ni utilizar cocinas compartidas». Esta norma se aplica en residencias de estudiantes, residencias escolares, campamentos y albergues.

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¿Puedo exigir teletrabajo o tengo derecho a una excedencia para cuidar de mis hijos mientras están de vacaciones?

El teletrabajo, según las fuentes consultadas por este diario, es una opción pactada entre trabajador y empresa. Por tanto, en este supuesto los padres sí podrían solicitar dicha opción, aunque tendrían que llegar a un acuerdo con la empresa. En el caso de la excedencia, ésta debe ser como mínimo de cuatro meses, por lo que no se contemplaría para unas vacaciones como las de Semana Santa. Los profesionales consultados recomiendan, en el caso de que el teletrabajo no sea posible, hacer uso de días de vacaciones.

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¿Qué otras opciones tengo para dejar a mis hijos durante las vacaciones de Semana Santa si yo tengo que trabajar?

Las medidas contra la covid-19 vigentes hasta el 12 de abril, en el apartado de ocio educativo, escuelas de animación juvenil, parques y zonas de esparcimiento libre, «autorizan las actividades de ocio educativo y educación en el tiempo libre, y escuelas de animación juvenil, organizadas tanto por las administraciones como por las entidades y asociaciones juveniles de educación no formal. En las instalaciones interiores o exteriores donde se desarrollen dichas actividades no se podrá superar el aforo del 30%. Las actividades deberán realizarse en grupos de hasta un máximo de 10 personas, además de la persona monitora». Por ello, los padres, siempre que tengan al alcance a este tipo de actividades, podrán llevar a sus hijos. Otra opción es que los menores pasen los días festivos con un familiar, ya que pese a la prohibición de reunirse en domicilios personas que no pertenezcan al mismo núcleo o grupo de convivencia, se contempla la excepción de «el acogimiento familiar de personas menores de edad en cualquiera de sus tipologías».

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¿Puedo pasar la Semana Santa en mi segunda residencia del campo o de la playa?

Si la vivienda está dentro de la Comunidad Valenciana sí. Pero ojo, porque las reuniones sociales o familiares en domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como en el exterior, solo se permiten a las personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia, por lo que no podría ir nadie que no sea del mismo núcleo.

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En el caso de que uno de los cónyuges viva en otra comunidad autónoma por motivos laborales, ¿puede volver con su familia en Semana Santa?

Sí. Por un lado el retorno al lugar de residencia habitual o familiar está permitido en el cierre perimetral de la Comunidad Valenciana; pero además, la reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes también es una de las excepciones que se contemplan en el apartado de «encuentros sociales».

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