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La abogada de la excaldesa Mónica Lorente critica «la falta de control judicial» en el proceso del Plan Zonal

La defensa de la exregidora de Orihuela denuncia indefensión ya que la expolítica del PP fue imputada siete años después de iniciarse la causa, cuando la instrucción prácticamente había finalizado

Mónica Lorente a su llegada a la Audiencia. | ANTONIO AMORÓS

Indefensión y falta de control judicial. Estos fueron algunos de los argumentos en los que este jueves se ha apoyado la abogada María Sansano para, en línea con sus compañeros de bancada, reclamar la nulidad del proceso en el que la Fiscalía Anticorrupción pide casi cinco años de cárcel para su clienta, la exalcaldesa popular de Orihuela entre 2007 y 2011 Mónica Lorente. Ayer fue su turno en la tercera sesión de las reservadas para cuestiones previas en la vista oral que se está siguiendo en la sede de la Audiencia en Elche por supuestas irregularidades en la instalación de una macro planta de basuras en la Vega Baja, la pieza principal del caso Brugal. La expolítica está acusada de los delitos de información privilegiada, tráfico de influencias, prevaricación y fraude.

Sansano, quien se ha adherido al resto de las causas de nulidad planteadas en las dos jornadas anteriores por el resto de las defensas, se ha centrado en explicar al tribunal cómo Lorente fue imputada en este proceso siete años después de incoarse las diligencias y cuando prácticamente ya había finalizado la investigación. «La causa se instruyó sin que tuviera posibilidad de defenderse», remarcó.

El proceso por el Plan Zonal de la Vega Baja se inició en marzo de 2007 pero no fue hasta diciembre de 2014 que la exalcaldesa fue imputada declarando por primera vez en julio del año siguiente, comparecencia que se pospuso por su maternidad. La instrucción se dio por concluida en febrero de 2016.

Su defensora ha incidido en la «escasa relevancia» de Lorente en los hechos que se están juzgando y reclama además la nulidad de las actuaciones, desde el auto por el que se inició el procedimiento hasta por el que se intervinieron las comunicaciones y en los que se acordaron las sucesivas prórrogas hasta en 39 ocasiones. La letrada ha explicado que aunque a su clienta no se le limitó ese derecho, le afecta el modo en que se ha llevado la instrucción de la causa. Una investigación que, en su opinión, compartida con el resto de las defensas, ha adolecido del «necesario control judicial».

Pese a que a lo largo de estas tres jornadas se han venido reiterando por todos los abogados intervinientes los motivos de nulidad, Sansano ha hecho hincapié en la negativa del juzgado a facilitar los audios de los pinchazos. Para la letrada, la celebración del juicio en estas circunstancias sería una «violación de los derechos fundamentales» de los acusados puesto que no se ha tenido acceso a las escuchas ni a las transcripciones. Sostiene que «lo lógico sería» que no se celebrara la vista cuando la causa «está sustentada además en unas pruebas obtenidas de manera ilícita», en alusión a las grabaciones del empresario oriolano Ángel Fenoll, acusado también junto a su hijo en este proceso.

La abogada de Lorente ha subrayado que si la Sala declara nulas las escuchas «no sería un fracaso del sistema judicial sino un reconocimiento de que se ha producido una vulneración de los derechos fundamentales de los acusados», informa Europa Press.

Además de Sansano ha intervenido en esta tercera sesión el abogado del empresario Manuel Garriga, socio de Ortiz en la Ute con la optaba al Plan Zonal bajo sospecha, y se ha pospuesto para el próximo 23 la del representante de otros dos acusados, Jorge Sanz y Enmanuel Sáez, que ayer no pudo intervenir por sentirse indispuesto.

El tribunal compuesto por Joaquín Orellana, Cristina Ferrández y Javier Saravia, este último en calidad de ponente, ha señalado para ese día y el siguiente el fin de las sesiones de cuestiones previas tras las que tiene que decidir si las responde mediante auto antes de que comience la vista oral a mediado de enero o se espera a hacerlo en sentencia. La mayoría de los letrados se ha manifestado a favor de la primera opción. El juicio está previsto que dure seis meses y también están acusados el expresidente de la Diputación José Joaquín Ripoll y el empresario Enrique Ortiz, entre otros.

Caso PGOU Diez días para recurrir al Supremo

La Audiencia ha dado diez días de plazo para recurrir la sentencia de los presuntos amaños del PGOU de Alicante, otra de las piezas del caso Brugal. Una resolución dictada por un tribunal de la sección Tercera que condenó al exalcalde la ciudad Luis Díaz Alperi y al empresario Enrique Ortiz a multas de 6.000 y 18.000 euros respectivamente por sendos delitos de cohecho, y absolvió al resto de los acusados, entre los que estaba la exalcaldesa Sonia Castedo. La sentencia se dictó a mediados del pasado julio pero el plazo para recurrir ante el Supremo se interrumpió por la petición de aclaración que la Fiscalía planteó al tribunal y que este resuelto rechazar. Alperi ya anunció que iba a recurrir el fallo y el Ministerio Público también tiene previsto hacerlo.

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