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El TSJ tumba la sentencia que obliga al bipartito a reducir el ruido en el entorno de Castaños

El tribunal estima los recursos del Ayuntamiento de Alicante y de los locales de ocio contra la zona acústica saturada al entender que una asociación de vecinos no puede ser titular de derechos fundamentales vulnerados

Ambiente en la calle Castaños, una de las once que estaba incluida en el expediente de ZAS. | ALEX DOMÍNGUEZ

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha estimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Alicante y las representaciones procesales de Hisema Ocio SL y la Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante (ALROA), contra la sentencia que condenaba al gobierno municipal a poner en marcha una Zona Acústica Saturada (ZAS) con medidas para reducir el ruido en Castaños y otras 10 calles del Centro Tradicional. El TSJCV revoca así el fallo de la juez de Alicante que instó hace dos años al bipartito a establecer las limitaciones necesarias para recuperar en la zona los niveles sonoros previstos por la normativa. En estas calles se concentran unos 150 locales de ocio. El fallo es recurrible ante el Tribunal Supremo en casación.

«Seguirán las mediciones sonométricas y las medidas para conciliar el descanso de los vecinos con la actividad económica»

MANUEL VILLAR - EDIL RESPONSABLE DE LA ASESORÍA JURÍDICA Y DEL ZAS

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En la sentencia, los tres magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ, sección primera, entienden que una asociación de vecinos no puede ser titular de derechos fundamentales vulnerados. Es decir, entra en la forma, no en el fondo del asunto. «Es un hecho que la actora es una asociación, y como tal, persona jurídica, y que sus socios no son personas físicas sino una pluralidad de comunidades de propietarios (...). Si como hemos dicho en otras ocasiones las comunidades de propietarios no pueden ser titulares de derechos personalísimos como son precisamente los invocados -integridad física y moral, intimidad personal y familiar, e inviolabilidad del domicilio-, menos puede serlo un ente asociativo cuyos miembros son precisamente una pluralidad de comunidades de propietarios». El viernes se conocía la desestimación por el TSJ de la reclamación de una comunidad de propietarios de la calle Artilleros que pedía lo mismo.

«Se ha perdido tiempo para negociar y dinero al demostrarse que la instalación de sonómetros en su día no era correcta»

JAVIER GALDEANO - PRESIDENTE ASOCIACIÓN DE LOCALES DE OCIO (ALROA)

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Tanto el colectivo de locales de ocio como el equipo de gobierno que dirige el Ayuntamiento (PP y Cs) mostraron ayer su satisfacción por la estimación del recurso. El edil responsable de Servicios Jurídicos municipales y de impulsar el expediente del ruido, Manuel Villar, destacó no obstante la voluntad de continuar con la puesta en marcha de medidas para conciliar la actividad hostelera con el descanso vecinal; y destacó las ya adoptadas como la exigencia a los locales de ocio de doble puerta; y la contratación de una empresa que ha iniciado un estudio de sonometría instalando dispositivos en todo este entorno «para ver si se cumplen las circunstancias legales establecidas para desarrollar una ZAS» independientemente del dictamen del TSJ.

«Dejan desarmada a la gente. ¿Cómo se van a enfrentar cuatro o cinco vecinos a la asesoría jurídica de su propio ayuntamiento?»

LUIS SANTAMARÍA - ABOGADO DE LA ASOCIACIÓN DE VECINOS

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Desde los locales de ocio, el presidente de ALROA, Javier Galdeano, dijo que «era una sentencia injusta, con muchos esfuerzos de los locales para intentar gestionar el problema como si fuéramos los malos de la película. De haber perdido, habría sido bastante traumático». Tras destacar la pérdida de «tiempo y dinero», abogó por sentarse todas las partes para solucionar el conflicto.

«El gobierno municipal se interpone para hacer el mayor daño. No hay palabras para un acto tan inhumano del ayuntamiento a sus vecinos»

JOSEP VICENT - ASOCIACIÓN DE VECINOS DEL CENTRO TRADICIONAL

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El abogado de la asociación vecinal, Luis Santamaría, entiende que la sentencia del TSJ desprotege a los ciudadanos. «Dejan desarmada a la gente. Este fallo significa que un vecino suelto tiene que enfrentarse a la asesoría jurídica de un Ayuntamiento. ¿Cómo van a juntarse 3 ó 4 vecinos y luchar contra los letrados del municipio que ellos mismos, como ciudadanos, pagan? Una asociación de vecinos tiene derecho a reclamar sus derechos fundamentales». «Somos asociación de vecinos como personas físicas y como comunidad de propietarios, tenemos la dualidad. Estamos personados como persona física», insistió.

El secretario de la asociación de vecinos, Josep Vicent, criticó que el TSJ no les reconozca legitimidad para presentar una demanda, «cuando representamos a cientos de asociados que reivindican su derechos al descanso». Vicent arremetió contra el bipartito por «lanzarse a presentar alegaciones como si en ello le fuese la vida a un juicio que los vecinos ganaron en su día. Inexplicablemente tu mismo ayuntamiento se posiciona para quitarte la razón y permitir que los afectados sigan sufriendo la contaminación acústica que se genera en el entorno del Centro Tradicional en especial los fines de semana y vísperas de fiestas».

Recurso vecinal ante el Supremo

El abogado de la asociación del Centro Tradicional recurrirá ante el Tribunal Supremo en casación al considerar incongruente que el TSJCV se acoja a jurisprudencia de Madrid para admitir la apelación del Ayuntamiento y ALROA cuando otra sala del mismo tribunal ha dado legitimación a comunidades de vecinos en València para reclamar la zona acústica saturada. El proceso se puede demorar otro año y medio.

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