El TSJ anula varias disposiciones del decreto de dependencia del Gobierno del Botànic
La patronal de las residencias destaca que "la sentencia declara ilegal la regulación de Compromís sobre las viviendas de atención a salud mental"
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Imagen de archivo de una usuaria del servicio de atención a la dependencia / Miguel Ángel Montesinos
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha anulado varias disposiciones del decreto de dependencia aprobado por el anterior Gobierno del Botànic, una de ellas la que establecía una reducción a 1.825 euros mensuales en la prestación de asistente personal de las personas mayores de 65 años.
La sentencia de la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TJSCV estima el recurso de la patronal de residencias Aerte al decreto de la Generalitat de agosto de 2022 que establecía el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas.
Discriminación
Según explica Aerte, se ha anulado "la discriminación de las personas mayores de 65 años en la prestación de asistente personal ya que establecía una reducción a 1.825 euros mensuales a partir de esa edad, mientras que las personas más jóvenes recibían 2.350 euros".
La sentencia indica: "la falta de una justificación razonable de la reducción implica su insostenibilidad jurídica y humana por lo que debe ser estimada la impugnación del recurrente".
En concreto, el fallo señala que se declara nulo "en el anexo III, el importe de la prestación de 1.825 euros de la prestación económica de asistencia personal de los grados II y III a partir de las 120 horas para personas a partir de 65 años".
En otro punto, reconoce el carácter residencial de todas las viviendas de atención a salud mental y elimina la diferenciación que estableció la anterior conselleria por "no tener fundamentación jurídica".
Profesionalización
También reconoce la profesionalización de los servicios de atención a la dependencia al no permitir equiparar un curso de 50 horas para ser asistente personal a títulos oficiales.
Además, apuesta por la profesionalización de los servicios de atención a la dependencia al no permitir equiparar un curso de 50 horas para ser asistente personal, cuando estos deben contar con titulaciones oficiales tanto universitarias como de ciclos formativos, algo que recogía el decreto impugnado y que afectaba de manera directa la calidad del servicio ofrecido a la persona en situación de dependencia.
Situaciones injustas
El presidente de Aerte, José María Toro, ha subrayado que desde agosto de 2022 insistieron en "las situaciones tan injustas que generaba este decreto para las personas usuarias de los servicios".
"Desde el Botànic se nos acusaba de estar mirando sólo por el interés económico de las entidades. Con esta sentencia ha quedado claro que el posicionamiento de Aerte no sólo era correcto, sino que velaba por las personas que atendemos", ha concluido.
Vicepresidenta
Por su parte, la vicepresidenta segunda y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, Susana Camarero, ha celebrado la sentencia, que va a permitir al Consell “dar marcha atrás y revertir estas cuestiones”.
Se trata, ha explicado Camarero, de anulaciones de varios preceptos recogidos en un decreto de la anterior Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas por el que se modificaba el decreto del procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas, y que fue recurrido por Aerte.
Por un lado, se ha anulado la discriminación de las personas mayores de 65 años en la prestación de asistente personal en comparación con las personas más jóvenes, ya que la cantidad económica a percibir se reducía en los casos de los más mayores, pasando de 2.350 a 1.825 euros.
Esta reducción muestra, según la vicepresidente segunda, cómo el gobierno del Botànic “daba la espalda a las personas más mayores, las más vulnerables y que más necesitan de nuestro compromiso y apoyo”.
Viviendas de salud mental
Asimismo, en la sentencia se reconoce el carácter residencial de todas las viviendas de salud mental y elimina la diferencia que estableció la Conselleria de Igualdad, que bloqueaba el acceso al sistema de salud mental en estos recursos. En este punto, la vicepresidenta segunda ha señalado que desde su departamento ya se habían puesto en marcha las medidas necesarias “para desbloquear este acceso, totalmente injusto, y que las personas que lo requirieran pudieran acceder a este tipo de servicios de salud mental”.
Sobre la profesionalización de los servicios de atención a la dependencia en lo referente a la asistencia personal, Camarero señala que la sentencia reconoce que esta figura profesional debe contar con titulaciones oficiales, tanto universitarias como de ciclos formativos, para “asegurar y garantizar la calidad del servicio ofrecido a la persona en situación de dependencia, que peligraba con el precepto acordado del Botànic”.
Frente a todo esto, la vicepresidenta segunda ha reivindicado “una nueva forma de hacer política, un gobierno que se ocupa y al que nos preocupan las personas mayores” y ha señalado que, además de modificar lo que indica el TSJCV, "vamos a poner en marcha un plan de choque para activar, aún más, un sistema de la dependencia que es fundamental para las personas mayores y para las personas más vulnerables”.
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