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Cincuenta años de la Carta de Venecia

Este documento fija los preceptos para la conservación y restauración de monumentos

Cincuenta años de la Carta de Venecia

Camilo Boito, allá por el año 1883, enunció los ocho principios básicos de la restauración de las obras arquitectónicas y artísticas realizadas durante el pasado. Desde aquella fecha ya lejana, han sido publicados diferentes textos relacionados con la regulación y protección del patrimonio artístico en general y su restauración adecuada. En este sentido, ya en el año 1931, en el ámbito profesional del racionalismo arquitectónico, en el ámbito de una Conferencia Internacional sobre el tema, fue redactada la Carta de Atenas para la Conservación de Monumentos a fin de establecer la colaboración internacional. Ese mismo año también fue aprobada la carta Italiana de la Restauración. Con posterioridad de dos años, esto es, en 1933, en España fue promulgada la Ley sobre Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico Nacional. Los textos referidos se contextualizan durante una etapa temporal situada entre dos guerras mundiales y numerosos conflictos locales, cuyos resultados fueron devastadores, a escala global y en número nunca antes conocido, sobre el potencial tanto humano como artístico.

Hace ahora cincuenta años, durante el desarrollo del segundo Congreso Internacional de Arquitectos y Técnicos de Monumentos celebrado a finales de mayo de 1964 en Venecia, fue redactada y aprobada la Carta que toma el nombre de la ciudad del Véneto, cuyo fin consistía en aclarar o sustituir contenidos de la anterior Carta de Atenas. El nuevo documento consta de una introducción muy breve y 16 artículos. Fueron presentados mediante un texto escueto y claro.

En el artículo primero se enunciaba la definición de monumento, aplicado no solo a la creación arquitectónica aislada de grandes obras, sino también a las obras modestas que hayan alcanzado significado cultural, reconociendo como finalidad la conservación y restauración monumental está orientada a su salvaguardia en sí misma y a su alcance como testimonio histórico, así como que la conservación de los monumentos impone y requiere un mantenimiento sistemático, hecho olvidado con frecuencia por los poderes encargados de su tutela y la propia sociedad en general.

Con respecto a la restauración el contenido del texto otorga un carácter excepcional, procurando el respeto a las partes auténticas y, en particular, a los elementos originales y antiguos. Para las actuaciones establece por límite donde comienzan las hipótesis. Las hipótesis resultan posibles y convenientes en los debates disciplinares, aunque son comprometidas al ser trasladadas a su plasmación material, si bien, con preferencia se deberá recurrir a las técnicas tradicionales, agotadas estas posibilidades las actuaciones utilizarán los medios más modernos garantizados por la experiencia, lo cual abre un abanico de posibilidades entre los recursos materiales y técnicas disponibles.

Admitir en un edificio el respeto a las distintas aportaciones culturales y de época se considera muy positivo, considerando que la unidad estilística no constituye ningún fin en sí mismo en el proceso de la restauración. Por otra parte dicho proceso debe evitar la falsificación del original, aunque las adiciones deben respetar todas las partes afectadas.

El trabajo de la intervención de restauración nunca deberá concluir sin la redacción de los oportunos informes analíticos, acompañados de dibujos y cuantas fotografías, tomadas durante el desarrollo en todas sus fases, dejen testimonio gráfico.

La culminación deseable del proceso es su conclusión en una publicación, con la que se pretende conseguir la mayor difusión de la actuación llevada a cabo sobre el edificio monumental, dentro de la justificación social de los medios de todo tipo empleados para lograr su recuperación.

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