Más de 800 alicantinos solicitan acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad en el primer semestre

La cifra de quienes piden cancelar sus deudas judicialmente se ha multiplicado por cuatro en el último año

El edificio que alberga los juzgados de lo Mercantil en la ciudad de Alicante.

El edificio que alberga los juzgados de lo Mercantil en la ciudad de Alicante. / PILAR CORTÉS

David Navarro

David Navarro

Se ha convertido en una ola imparable. Desde que la última reforma legal que entró en vigor en septiembre simplificara al máximo los trámites, la cifra de ciudadanos que recurren a la denominada Ley de Segunda Oportunidad para cancelar definitivamente sus deudas se ha disparado y empieza a alcanzar cifras más que significativas.

Sólo durante los primeros seis meses del año, los juzgados de lo Mercantil de la provincia han recibido hasta 825 solicitudes de concurso de acreedores de personas físicas –casi cinco cada día-, lo que supone prácticamente multiplicar por cuatro los casos registrados en el mismo periodo de 2022, cuando se contabilizaron 227 peticiones, según los datos del Consejo General del Poder Judicial.

Una cifra que, además, todo apunta que seguirá al alza, si se tiene en cuenta que, de ese total, 319 solicitudes se registraron en el primer trimestre y 506 durante el segundo. Es decir, que la tendencia es ascendente.

Tanto es así, que en círculos jurídicos ya se empieza a comparar el fenómeno con el de las cláusulas suelo de las hipotecas, que supuso la presentación de miles de demandas en los tribunales de todo el país, después de que el Tribunal de Justicia Europeo las declarara abusivas.

En vigor desde 2015

La conocida como Ley de Segunda Oportunidad se aprobó en el año 2015 y supuso que, a partir de esa fecha, los particulares pudieran acogerse a la figura del concurso de acreedores del mismo modo que hacían las empresas para cancelar definitivamente sus deudas. Hasta esa fecha, los ciudadanos debían responder de por vida de sus impagados, lo que en la práctica significaba una condena a la exclusión social para quien, por ejemplo, no podía pagar la hipoteca, ya que la deuda permanecía incluso después del embargo de la casa.

Sin embargo, durante los primeros años su aplicación fue muy escasa. Así, en 2019, cuatro años después de su entrada en vigor, sólo 206 alicantinos recurrieron a esta opción. El gran cambio se produjo a partir de septiembre del año pasado, cuando la nueva Ley Concursal creó la figura del concurso sin masa o "concurso exprés", que establecía un procedimiento abreviado para aquellos solicitantes que no tuvieran bienes con los que responder de sus deudas. Un procedimiento para el que ni siquiera hace falta nombrar un administrador concursal.

La ciudad de la justicia de Elche.

La ciudad de la justicia de Elche. / Antonio Amorós.

"Ahora es muy sencillo y, si no ocurre nada excepcional, en tres meses se pueden realizar todos los trámites y puedes librarte para siempre de la deuda", explica Cleo García, del bufete de Sánchez Butrón Abogados, que señala, además, que los requisitos son bastante sencillos. Basta con señalar que se ha actuado de buena fe, no tener antecedentes y no haber solicitado la exoneración de las deudas en los años anteriores. "La gente ha visto que funciona, y el boca a boca y la necesidad han hecho el resto", añade la letrada.

De esta forma, frente al centenar de casos trimestrales que se venían registrando, en los últimos tres meses de 2022 ya se solicitaron hasta 248 concursos de personas físicas, en el primer trimestre del 2023 fueron 319 y en el siguiente, 506, como ya se ha señalado.

Los perfiles más frecuentes

En cuanto al perfil, cada vez es más heterogéneo, al igual que los importes de las deudas, que van desde unos pocos miles de euros, hasta varios millones, en el caso de empresarios o familiares de empresarios que se vieron obligados a avalar personalmente los préstamos del negocio, como señala Adrián Roca, de Olima Legal. Así, hay muchos afectados que consiguen librarse ahora de una losa que adquirieron cuando estalló la anterior crisis, hace casi 15 años.

También son muy frecuentes las personas que acuden por las deudas generadas a través de microcréditos o por tarjetas tipo revolving, con las que intentaban tapar los agujeros que no llegaban a cubrir con el sueldo, según Roca, o simplemente familias que solicitaron préstamos al consumo y que luego, por ejemplo, se quedaron en paro y no consiguieron devolver el dinero. Las personas con adicción al juego o de otro tipo son otro caso bastante habitual.

En contraste con estas cifras, los concursos de acreedores de empresas se redujeron un 31% en el primer semestre del año, y los de personas empresarios cayeron a la mitad.

Atrapados por las criptomonedas

Atrapados por las criptomonedas

Entre los perfiles heterogéneos que llegan a los bufetes alicantinos para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad se empiezan a ver casos de personas que solicitaron préstamos para invertir en criptomonedas y que perdieron la mayor parte de su valor.