Agricultura

Los bodegueros valencianos confían en que el nombre cava de Requena siga relanzando sus ventas

El Supremo tumba la pretensión de los bodegueros catalanes de vetar el nombre del espumoso valenciano. La asociación agrupa a siete bodegas, que esperan crecer este año un 4% al lograr unas ventas de 14 millones de botellas

Dirigentes de bodegas de cava de Requena, en una imagen de archivo.

Dirigentes de bodegas de cava de Requena, en una imagen de archivo. / G. CABALLERO

José Luis Zaragozá

El Tribunal Supremo no admite a trámite el recurso de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Cava, controlado por bodegas de Cataluña, que pretendía que la zona productora valenciana de este espumoso no fuera conocida con el nombre de Cava de Requena. Así las cosas, el consejo regulador debe modificar de inmediato el pliego de condiciones para incluir y reconocer la zona productora del citado cava de Requena. Los elaboradores de cava valenciano, integrados por las bodegas de Chozas Carrascal, Coviñas, Hispano Suizas, Pago de Tharsys, UVE, Torre Oria y Dominio de la Vega, producirán unos 14 millones de botellas este año, lo que supone casi un 4% más que el anterior.

La resolución es firme, como también el derecho de los productores de Requena a identificar en beneficio del consumidor el lugar de procedencia del cava que elaboran. Según informan desde la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena, en el año 1990, Requena ya tuvo que litigar ante el Tribunal Supremo para que, al delimitar la región del cava como consecuencia del ingreso en la entonces denominada Comunidad Económica Europea, excluyeran la ciudad de Requena como región productora. El Tribunal Supremo dio la razón a Requena, pues el consejo regulador de los vinos espumosos (como entonces se denominaba) ya tenía reconocido al único productor de aquel entonces, Torre Oria, su condición de elaborador de cava e inscrito con todo el derecho en el Registro número 2 destinado a los elaboradores de cava. Requena ya estaba en el “tren” que puso en marcha el cava.

Recurso de la conselleria

En 2020 se decidió identificar las distintas zonas productoras de cava y por parte del Consejo Regulador no se consideró oportuno reconocer el nombre de Requena para identificar los cavas producidos en Requena, alegando confusión con la DOP Utiel-Requena; "cuando para cualquier consumidor medio, el cava elaborado en el término municipal de Requena procede de esta localidad e inventarse cualquier otro nombre no iba más que en detrimento de los muchos años de esfuerzo económico realizado creando la marca cava de Requena", aseguran desde la asociación.

Frente a dicho parecer se alzaron la propia Conselleria de Agricultura de la Generalitat Valenciana, la Asociación de Elaboradores de Cava de Requena y Dominio de la Vega, S.L., como bodega particular y cuyos socios ya defendieron el nombre de Requena cuando en 1990 ya lo eran de Torre Oria. Se da la circunstancia de que en las recientes elecciones de los candidatos a ser miembros de la DOP Cava, Dominio de la Vega consiguió un puesto en el pleno de dicho organismo, en representación del censo de viticultores. Este hecho nunca había ocurrido en los casi cuarenta años de su existencia, dado que el consejo regulador había estado dirigido únicamente por bodegas ubicadas en Cataluña hasta entonces. Esta ocasión fue la primera vez que un viticultor/productor no catalán podía exponer ante la DOP Cava los problemas que, siendo comunes al sector, presentan alguna particularidad, y así entre todos buscar las mejores soluciones.

Emilio Expósito, Fernando Medina y Fermín Pardo en las instalaciones de la bodega Dominio de la Vega en San Antonio, Requena.

Emilio Expósito, Fernando Medina y Fermín Pardo en las instalaciones de la bodega Dominio de la Vega en San Antonio, Requena. / LEVANTE-EMV

En primera instancia el Tribunal Superior de Justicia dio la razón a las tres entidades recurrentes y reconoció que no había confusión entre el nombre CAVA y el nombre Utiel-Requena y que la profusa prueba presentada ponía en evidencia que durante cuarenta años jamás había existido el más mínimo atisbo de confusión entre los consumidores, siendo el nombre que por derecho propio correspondía ostentar a esta zona productora el de Requena.

Fuera de Cataluña

En la única reunión que el consejo regulador del cava ha celebrado fuera de Cataluña, en Almendralejo, adoptó la decisión de recurrir ante el Tribunal Supremo lo decidido por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid; y ha sido en Providencia de 16 de noviembre, notificada el día de hoy, 20 de noviembre, en la que el Tribunal Supremo ha decidido no admitir a trámite recurso por incumplimiento de las exigencias legales que el artículo 89.2 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa. En tanto que el escrito de preparación carece de fundamentación suficiente para poner en evidencia cualquier error o interpretación equivocada en lo decidido por el Tribunal Superior de Justicia, y cuya decisión es el resultado de un juicio debidamente ponderado, rechazando que se den las condiciones y requisitos legales para plantear cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como había planteado el recurrente.

Fernando Medina: “la sentencia no debe alterar en ningún sentido el esfuerzo que todos los miembros del Pleno están realizando en su objetivo de prestigiar y dar a conocer la importancia del nombre cava de Requena"

Una nueva etapa

Con ello, Dominio de la Vega, S.L. espera acabar una etapa que, si bien conflictiva, ha sido desarrollada con enorme respeto entre los miembros que componen el Pleno de la DOP Cava y del que forma parte esta sociedad, representada por Fernando Medina, el cual manifiesta que “la sentencia no debe alterar en ningún sentido el esfuerzo que todos los miembros del Pleno están realizando en su objetivo de prestigiar y dar a conocer la importancia del nombre cava, identitario de un producto de enorme calidad; así como de su región productora fruto de un esfuerzo por zonificarla que persigue mejorar su imagen y prestigio”.