El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha estimado el recurso interpuesto por una empresa propietaria de nueve fincas afectadas por la construcción del AVE, en el tramo Caudete-Villena, y fija un justiprecio que duplica el inicialmente establecido.

El fallo, emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, anula las resoluciones establecidas en diciembre de 2011 por el Jurado de Expropiación Forzosa de Alicante, que calculó en cerca de 320.000 euros el montante global de los nueve expedientes.

Según el jurado del TSJCV, cuyo fallo ha sido dado a conocer hoy por fuentes de esta institución, el justiprecio global es de 715.786 euros. No obstante, contra esta decisión cabe recurso de casación.

La Sala considera que el precio unitario de suelo, tanto de regadío como de secano, debe fijarse en 12 euros el metro cuadrado, muy por encima del establecido por el Jurado de Expropiación Forzosa, que valoró el metro cuadrado de secano en 4,11 euros y el de regadío en 6,02 euros.

Tras la resolución del citado jurado alicantino, la mercantil propietaria de las nueve fincas afectadas presentó un recurso contra la Administración General del Estado y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif).

Aunque eran nueve las fincas contempladas en el recurso, el entonces proyecto de construcción de la línea del AVE entre Madrid-Alicante afectaba parcialmente a cada una de las mismas y no en su globalidad.

De hecho, además de su disconformidad con el precio del suelo, el demandante alegó que la disminución de cada una de las parcelas y, por ende, de la superficie productiva generaba un "demérito" y alertaba de la imposición de servidumbres permanentes que, en su opinión, debían ser objeto de reparación.

Sin embargo, el TSJCV solo observa dichas servidumbres -tendido eléctrico o paso de acueducto- en algunas de las fincas.