Aviso a quienes se quieren jubilar a los 63 años de la Seguridad Social
Jubilarse anticipadamente es una modalidad para dejar de trabajar antes de tiempo
El debate sobre la jubilación en España ha vuelto a la palestra tras la elevación de la edad de jubilación en Francia, que tras la criticada reforma de las pensiones ha pasado de 62 a 64. En España, el decreto ley para la reforma del sistema de pensiones se publicó en el Boletín Oficial del Estado el pasado 17 de marzo, consagrando el nuevo sistema de cálculo dual para las nuevas pensiones entre el 1 de enero de 2026 y 2044 y varias modificaciones más.
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En España, la pensión de jubilación contributiva se puede comenzar a cobrar una vez la persona interesada presente una solicitud donde acredite que cumple con los requisitos de edad y cotización, que han ido aumentando progresivamente desde el pasado 2013. Desde entonces y hasta 2027, tanto la edad exigida como los períodos de cotización han ido aumentando hasta que alcancen los 65 años con 38 años y 6 meses o más de cotización o 67 años con menos de 38 y 6 meses.
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Jubilación anticipada
La jubilación anticipada es una modalidad a la que tienen acceso los trabajadores que cumplan ciertos requisitos y acepten aplicar un coeficiente reductor. Es decir, la Seguridad Social permite que los contribuyentes se jubilen antes de lo que les correspondería, siempre y cuando renuncien a parte de la nómina que les corresponde en función de cuántos años le queda por cotizar.
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Conocer cuánto poder adquisitivo vamos a "perder" si nos jubilamos antes de tiempo es una información fundamental, ya que la decisión afectará a los ingresos vitalicios: por ejemplo, si un trabajador decide jubilarse dos años antes de cumplir los 65 años y ha cotizado menos de 38 años y seis meses, su pensión se reducirá un 21%.
El mensaje de la Seguridad Social a todos los que se quieren jubilar
Así, quienes decidan jubilarse a los 63 años (2 años antes de los 65) verán aplicado un coeficiente reductor del 21% sobre su pensión si han cotizado menos de 38 años y 6 meses; 19% si han cotizado entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses; 17% si han cotizado entre 44 años y seis meses y 41 años y 6 meses; y 13% si han cotizado lo mismo o más de 44 años y 6 meses.
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Para jubilarse antes de tiempo, los interesados tienen que haber cotizado como mínimo 35 años y del periodo de cotización "al menos dos años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores antes de solicitar la jubilación anticipada".
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