Si cobras un subsidio por desempleo esto te interesa: llegan novedades este año
El Consejo de Ministros ha aprobado una reforma que afectará a los beneficiarios de prestaciones
En un esfuerzo por mejorar y simplificar el sistema de protección por desempleo en España, el Consejo de Ministros, siguiendo una propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, ha aprobado un Real Decreto-Ley significativo. Esta medida forma parte de la ambiciosa Reforma 10, específicamente del Componente 23, que busca implementar nuevas políticas públicas para un mercado laboral más dinámico, resiliente e inclusivo.
A continuación te contamos los detalles de este cambio legislativo y sus implicaciones para los ciudadanos que reciben prestaciones.
Una de las principales novedades de la reforma es la reducción de los supuestos para acceder a la protección por desempleo. Ahora se concentran en dos categorías principales: el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva y el subsidio por cotizaciones insuficientes. Esta simplificación busca facilitar el proceso y hacerlo más accesible para quienes lo necesiten. Además, se mantiene el subsidio especial para mayores de 52 años.
Otro cambio relevante es la unificación de los criterios de acceso a la Renta Agraria y al subsidio para trabajadores eventuales del Sistema Especial Agrario. Este ajuste, que incluye el cómputo recíproco de cotizaciones del Plan de Fomento del Empleo Agrario (PROFEA), tiene como objetivo aliviar los requisitos de acceso y mejorar la gestión de estos subsidios, beneficiando así a los trabajadores del sector agrario.
Hasta que la nueva normativa entre en vigor plenamente, se mantendrán los derechos reconocidos bajo la legislación anterior hasta su finalización. Esta disposición transitoria asegura una transición suave hacia el nuevo sistema sin afectar negativamente a los beneficiarios actuales.
Mejoras en la protección y accesibilidad de los subsidios
El rediseño de los subsidios de desempleo tiene varios objetivos. Primero, se busca mejorar la protección de aquellos cuya prestación por desempleo ha finalizado. Esto incluye la ampliación del acceso al subsidio de agotamiento para personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares y la unificación de la duración del subsidio independientemente de la edad para quienes sí tienen responsabilidades familiares.
Además, se elimina el mes de espera post-agotamiento de la prestación contributiva para solicitar el subsidio y se extiende el plazo de solicitud a seis meses. Esto facilita la conciliación de la búsqueda de empleo con la necesidad de solicitar el subsidio.
La duración del subsidio por desempleo se extiende hasta un máximo de 30 meses, variando según la edad, circunstancias familiares y duración de la prestación agotada. La cuantía del subsidio, vinculada al IPREM, será del 95% (570 euros mensuales) durante los primeros seis meses, seguido del 90% en los siguientes seis meses y del 80% durante el resto del período. Esta nueva cuantía se aplicará a los nuevos reconocimientos de subsidios, manteniéndose el subsidio para mayores de 52 años en su cuantía del 80% del IPREM.
¿Cuándo entrará en vigor?
La reforma se hará efectiva a partir del 1 de junio de 2024, manteniendo los derechos reconocidos antes de esta fecha bajo la normativa anterior hasta su extinción. Esta medida representa un paso significativo hacia un sistema de protección por desempleo más inclusivo y eficiente, reflejando un compromiso con la mejora continua del mercado laboral y el bienestar social en España.
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