Ayuda de 100 euros al mes para madres trabajadoras: los padres también pueden cobrarla

Te contamos cómo solicitar esta retribución si tienes hijos de entre 0 y 3 años

Las padres trabajadores también podrán solicitar la ayuda de 100 euros en determinados casos

Las padres trabajadores también podrán solicitar la ayuda de 100 euros en determinados casos / shutterstock

Eneko López Rico

Eneko López Rico

La Renta de Crianza es una prestación económica diseñada para apoyar a las familias con hijos en España. Su objetivo es aliviar la carga económica que implica la crianza, especialmente en hogares con ingresos limitados o situaciones de vulnerabilidad. Esta prestación se enmarca dentro de las políticas de protección social y busca garantizar el bienestar de los niños y adolescentes.

La Renta de Crianza está destinada a familias residentes en España que cumplan con ciertos criterios económicos y sociales. Es importante destacar que tanto los ciudadanos españoles como los residentes legales en el país pueden acceder a esta ayuda, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

Esta ayuda va destinada con familias con hijos entre 0 y 3 años que tiene una cuantía de 100 euros al mes por hijo dentro de esta franja de edad.

Requisitos para solicitar la Renta de Crianza

Para acceder a la Renta de Crianza, hay que estar en alguno de estos supuestos: 

  • Madres que reciben una prestación por desempleo. Si eres madre y actualmente recibes una ayuda por desempleo, ya sea contributiva o no, puedes solicitar esta prestación.
  • Madres trabajadoras a tiempo parcial o completo. Si estás empleada, ya sea a tiempo parcial o completo, debes estar inscrita en la Seguridad Social o en una mutualidad por al menos 30 días antes de pedir esta ayuda.
  • Familias monoparentales. Si estás en una situación de familia monoparental, ya sea porque el otro progenitor ha estado hospitalizado por enfermedad por más de un año, está en prisión o solo uno de los padres tiene la custodia, también puedes solicitar esta ayuda.
  • Derechos para padres del mismo sexo. Las familias con progenitores del mismo sexo también tienen derecho a esta prestación.

¿Pueden los padres solicitar la Renta de Crianza?

Una de las dudas más habituales sobre esta ayuda de 100 euros al mes es si los padres pueden pedirla. La respuesta es sí pero sólo en determinados casos. Esta ayuda está dirigida a las mujeres pero los padres también podrán solicitarla, según podemos leer en la web de la Agencia Tributaria, “el padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre” y el “padre o tutor cuando la guardia y custodia se le atribuya de forma exclusiva”. 

Eso sí, en este caso también deberán cumplir con los requisitos de que el menor no tenga más de 3 años, el padre se encuentre cobrando alguna prestación por desempleo, dado de alta en la Seguridad Social o en cualquier momento posterior al nacimiento con un periodo mínimo de 30 días cotizados.

Pasos para solicitar la Renta de Crianza

  • Reunir la documentación necesaria. Antes de iniciar el trámite, es fundamental reunir todos los documentos requeridos, como DNI o NIE, certificados de ingresos, documentación que acredite la responsabilidad sobre los menores, entre otros.
  • Rellenar el formulario de solicitud. Los formularios de solicitud están disponibles en las oficinas de la Seguridad Social o en su sitio web. Deben rellenarse con precisión, aportando toda la información solicitada.
  • Presentar la solicitud. La solicitud junto con la documentación puede presentarse de manera presencial en las oficinas de la Seguridad Social o a través de medios electrónicos, si se dispone de los medios necesarios para ello.
  • Seguimiento del estado de la solicitud. Una vez presentada la solicitud, es posible realizar el seguimiento de su estado a través de la página web de la Seguridad Social o contactando directamente con sus oficinas.
  • Recepción de la resolución. Tras evaluar la solicitud, la Seguridad Social emitirá una resolución. Si es favorable, se comenzará a recibir la Renta de Crianza según los términos establecidos en la resolución.