Ayuda de 1.800 euros por hijo: cómo conseguir que te la paguen

Es una ayuda de pago directo impulsada por Ayuso, con efecto en la Comunidad de Madrid

Cómo conseguir la ayuda de 1.800 euros por hijo

Cómo conseguir la ayuda de 1.800 euros por hijo / Agencias

Eneko López Rico

Eneko López Rico

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, anunció el pasado 27 de diciembre la aprobación de nuevas ayudas para el fomento de la natalidad que entraron en vigor el pasado 1 de enero, dentro de la Estrategia de Protección a la Maternidad y Paternidad y de Fomento de la Natalidad y la Conciliación 2022/26

Esta ayuda se basa en el pago de 1.800 euros por hijo en caso de nacimientos o adopciones múltiles (3.600 euros en partos o adopciones de dos hijos, 5.400 en caso de tres y así sucesivamente).

Requisitos y plazos para pedir para la ayuda de 1.800 euros por hijo

Según la web de la Comunidad de Madrid, las personas beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser español o extranjero con residencia legal en España
  • Estar empadronado en la Comunidad de Madrid
  • Tener una renta per cápita de unidad familiar inferior a 30.000 euros.

Las solicitudes podrán presentarse desde el próximo 1 de enero y en un plazo máximo de 60 días naturales a contar desde el nacimiento o la adopción múltiple.

Por último, la Comunidad de Madrid indica que "estas ayudas se suman, además, a la de 500 euros por bebé que reciben las gestantes menores de 30 años desde la semana 21 de embarazo, así como adoptantes, y hasta que el menor cumple 2 años. En total, estas mujeres reciben a lo largo de esos 29 meses 14.500 euros por hijo".

Otras ayudas para hijos

En nuestra sección de Finanzas Personales te hablamos habitualmente de todo tipos de ayudas que puedes solicitar y también aquellas por hijo. Así, puedes informarte su puedes ser beneficiario del Complemento de Ayuda a la Infanciaen España, ya que sigue siendo una medida fundamental en el marco del Ingreso Mínimo Vital (IMV), dirigida a combatir la pobreza infantil.

El Complemento de Ayuda a la Infancia es una prestación económica destinada a las familias con menores de edad en España. Forma parte del conjunto de medidas incluidas en el Ingreso Mínimo Vital, con el objetivo de asegurar un nivel mínimo de ingresos a las familias en situación de vulnerabilidad, especialmente aquellas con niños.

Con esta ayuda las familias que tengan niños menores de 3 años recibirán 115 euros mensuales, los que tengan de 3 a 6 años, 80,50 euros y de 6 a 18, 57,50 euros.

Igualmente, puedes acceder a la deducción por maternidad es una reducción en la cuota diferencial del IRPF que se puede aplicar desde la declaración del año 2015. Esta deducción también puede aumentar por gastos de guardería o centros de educación infantil a partir de la declaración del 2018. La deducción se aplica independientemente de si la cuota diferencial es positiva, negativa o cero. Puede hacerse efectiva al presentar la declaración de IRPF o solicitando el abono anticipado cuando se cumplan los requisitos.

Esta deducción está dirigida a las mujeres con hijos menores de tres años que tengan derecho al mínimo por descendientes y que, en el momento del nacimiento del hijo, estén percibiendo alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo, o estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad. 

También se aplica a ambos progenitores si son del mismo sexo, al padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva al padre o tutor. La deducción es aplicable a hijos por naturaleza, adoptados, en acogimiento, permanente o pre adoptivo, o bajo tutela.

El importe máximo de la deducción es de 1.200 euros anuales por cada hijo. Se calcula de forma proporcional al número de meses del período impositivo en los que se cumplan los requisitos, “siempre que durante estos meses ninguno de los progenitores perciba el complemento de ayuda para la infancia prevista en la Ley que establece el Ingreso Mínimo Vital (IMV) salvo que, se hubiera tenido derecho al mismo antes del 1 de enero de 2023”.