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El juez que investiga la mayor estafa de bitcoins en la provincia se inhibe a la Audiencia Nacional

La aparición de afectados en distintas provincias españolas determinaría el traslado de la causa a Madrid Los perjudicados reclaman que la causa se mantenga en la provincia ante el temor de que el cambio provoque retrasos en la instrucción

Imagen del registro de la Policía en la empresa de los investigados por la presunta estafa.

El juez de Alicante que investiga la mayor estafa de bitcoins en la provincia de Alicante se ha inhibido a la Audiencia Nacional para que prosiga con las pesquisas. Desde que ha empezado la instrucción han ido apareciendo nuevos perjudicados de distintas provincias españolas lo que determinaría la decisión de trasladar la causa a Madrid, ya que estos juzgados serían los que tendrían la competencia para llevar la causa. Se estima que el fraude podría llegar a los 30 millones de euros y hay cerca de 200 perjudicados. El presunto cabecilla de la trama, Héctor C. P., está en prisión desde hace más de ocho meses. En total hay un siete personas imputadas en esta causa. Tanto el procesado, como algunos de sus socios y trabajadores de la empresa.

El abogado del principal implicado planteó al juzgado que la competencia del caso debería pasar a la Audiencia Nacional, dado que las denuncias que se han presentado no solo corresponden a la provincia de Alicante sino que también proceden de otros territorios del estado español. Una petición que ha aceptado el titular del juzgado de Instrucción número ocho de Alicante que ha llevado las pesquisas y que ahora se ha inhibido en favor de los juzgados centrales de Instrucción. La medida no ha sido respaldada por los letrados de algunos de los perjudicados que han recurrido la decisión y que reclaman que la causa continúe en la provincia de Alicante. Una petición sobre la que ahora deberá pronunciarse la Audiencia Provincial. Fuentes cercanas al caso indicaron el temor a que este cambio de jurisdicción se vaya a traducir en retrasos para una causa que parecía que iba a poder llegar a juicio rápido y que en Madrid pase a eternizarse. A mayores retrasos, más posibilidad habría de que Héctor C. P. salga de prisión, lo que provocaría que la causa deje de tener el tratamiento de urgente que tienen los procesos con presos.

La Policía Nacional de Alicante le detuvo en primer lugar a comienzos del año pasado por estafar a decenas de inversores de varias provincias a los que prometía elevadas rentabilidades por las criptomonedas que le confiaron. Un arresto tras el que quedó en libertad. El procesado negaba la existencia de estafa alguna y culpaba a sus socios de los retrasos en el pago de los beneficios generados. Según su versión, habían tratado de arrebatarle el control de la empresa y quedarse con sus clientes. De hecho, aseguraba que en los ordenadores que requisó la Policía todavía estaban almacenados los bitcoins. Según su versión, solo con introducir su clave podría desbloquearlos y que todo el mundo cobraría su dinero. El juez tomó nota y le citó para que fuera al juzgado para que accediera a los equipos informáticos. Pero tras esa comparecencia, las claves no funcionaron. El investigado alegó que había perdido el acceso a las claves por las manipulaciones que sus socios habían hecho en los ordenadores cuando los tuvieron en su poder. Estas explicaciones no bastaron al juez que decretó el ingreso en prisión.

El juez consideró oportuna la decisión de encarcelarle, aunque hubieran pasado seis meses desde la denuncia que puso en marcha el proceso y su primera detención, ante el riesgo de fuga por la gravedad de los hechos y «la posible afectación a elementos de prueba y de investigación». El investigado puede acceder a los wallets donde están las criptomonedas y «puede seguir manejando las mismas a voluntad, perpetuando así los efectos y consecuencias del delito y fuentes de prueba», argumentaba el auto que dictó su encarcelamiento.

Los contratos más antiguos se remontan a 2018, pero se intensificaron a finales de 2019 y sobre todo a principios de 2020. Los inversores entregaron su dinero a «el asesor» para que lo invirtiera y tradeara con el fin de conseguir unos importantes beneficios mensuales. Sin embargo, el ahora encarcelado dejó «de pagar los beneficios comprometidos y de devolver las cantidades que hubieran sido entregadas», afirma el juez del caso. Esta persona llegó a realizar reintegros parciales con anterioridad y actualmente, precisa el auto, se ignora la ubicación de las criptomonedas entregadas por los inversores.

El procesado se vendía como un experto trader, al que los inversores acudían buscando altas rentabilidades para su dinero. En sus declaraciones ante el juzgado ha admitido que contaba con hasta 27 cuentas distintas para realizar las operaciones.

El Supremo no ve indemnizar con criptomonedas

El Tribunal Supremo lo tiene claro. El bitcoin no es una moneda. Al menos una que sirva para pagar el dinero de una indemnización en caso de estafa. Esto es lo que falló la Sala de lo Civil y de lo Penal en la primera sentencia por un fraude con criptomonedas y que se dictó en julio de 2019. El fallo obligaba al acusado, el administrador único de una empresa de criptomonedas, a devolver el dinero que le entregaron los perjudicados en euros. La devolución de los bitcoins no eran elemento suficiente para dar por pagadas las indemnizaciones. 

En aquella estafa, cinco perjudicados habían entregado al acusado bitcoins en depósito para que, a cambio de una comisión, reinvirtiera los dividendos y entregara las ganancias obtenidas. El fallo consideró probado que el acusado no tenía ninguna intención de cumplir con sus obligaciones y pretendía apoderarse de los bitcoins.

Además de la pena de dos años de prisión, la Audiencia de Madrid obligó a indemnizar a las víctimas con el valor de la cotización de los bitcoins en el momento de la finalización de cada uno de sus respectivos contratos. Una decisión que los estafados recurrieron y que el Supremo confirmó diciendo que el pago tenía que ser euros contantes y sonantes.

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