Un año de cárcel al indigente que quemó tiendas de campaña de otros en Alicante

La Audiencia pone al procesado en libertad por el tiempo que ha pasado en prisión preventiva y dice que no existió situación de riesgo para otros sin techo en el Monte Tossal

El acusado en el banquillo junto a la intérprete el día que se celebró el juicio.

El acusado en el banquillo junto a la intérprete el día que se celebró el juicio. / HECTOR FUENTES

J. A. Martínez

J. A. Martínez

La Audiencia de Alicante ha puesto en libertad tras condenar a un año de prisión al indigente que quemó las tiendas de otros acampados en las inmediaciones del Monte Tossal, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. Aunque el fiscal reclamó más de siete años de prisión por estos hechos ocurridos el pasado mes de marzo, el tribunal considera que no ha quedado probado que se hubiera generado situación de peligro alguna para las personas que habitaban en la zona. El acusado, que estaba defendido por el abogado Eloy Ferrández, estaba en prisión preventiva desde su detención por estos hechos y la sala ha decretado su liberación inmediata, al valorar que ya ha cumplido las tres cuartas partes de la pena que ahora se le impone.

Los hechos ocurrieron el 8 de marzo de este año en una zona donde suelen acampar grupos de indigentes, en las inmediaciones de la avenida Doctor Jiménez Díaz. Al acusado, le habían quemado la noche anterior la tienda de campaña en la que dormía y en la que guardaba la documentación y como represalia se puso a pegar fuego a otras tiendas de otros indigentes.

El fallo considera probado que a lo largo de ese día prendió fuego a dos tiendas de campaña. Otro indigente, que fue el principal testigo de la causas, impidió que el procesado quemara una tercera chabola, que era en la que el primero dormía. La sentencia relata que se produjo una pugna verbal entre ambos, aunque no ve probado la existencia de una amenazas que trataran de amedrentar as su interlocutor.

La sala señala que no ha quedado probado que la quema descrita llegase a generar algún peligro para las personas que habitaban en la zona o que concurrían a la misma, mientras que los daños causados en las tiendas quemadas suman algo más de 140 euros. A lo que hay que sumar otros 45,98 euros de coste que supuso la intervención de los Bomberos del Speis de Alicante para sofocar las llamas.

La "abultada" pena del fiscal

La Fiscalía reclamaba una pena de siete años de cárcel por el incendio, al entender que se generó una situación de riesgo para otros indigentes por el peligro de que las llamas se propagaran. Asimismo, reclamaba un año y tres meses de prisión más por las supuestas amenazas al indigente que le recriminó su actitud. La sentencia solo ve probado un delito de daños por el que impone un año de prisión. La propia sala señala que la petición de condena de la Fiscalía era "abultada", motivo por el que el procesado había estado en libertad provisional desde su arresto. 

El fallo señala que los testigos llegaron a decir que el propio acusado retiraba las tiendas de campaña de las zonas próximas a los árboles, lo que "parece apuntar a la ausencia de voluntad de propagación del fuego, ello unido a los medios empleados para la combustión, sin constancia de uso de acelerantes, sino de mecanismos sencillos de ignición". Los magistrados inciden en que tanto la Policía como los Bomberos constataron la existencia de unos materiales incendiados y un fuego todavía en evolución pero «de escasa envergadura y sencilla extinción».

Para argumentar que no se trata de un delito leve por el escaso valor del material incendiado, sino que se trata de un delito de daños los jueces argumentan que 2estamos ante la desaparición de lo que constituye la morada habitual de dos personas y que precisa la intervención de los bomberos para su extinción, sin posibilidad de que las personas que estuvieran allí pudieran apagarlo".