Segundo intento del Supremo para revisar la sentencia por los presuntos amaños del PGOU de Alicante

El Alto Tribunal fija para abril la deliberación y fallo de los recursos presentados por Anticorrupción, el exalcalde Díaz Alperi y el empresario Enrique Ortiz tras un primer aplazamiento al apartarse Vicente Magro de la sala por haber intervenido previamente en la causa

Siete de los nueve acusados, entre ellos Alperi, Castedo y Ortiz, en una de las sesiones del juicio por los amaños del PGOU celebrado en la Audiencia de Alicante.

Siete de los nueve acusados, entre ellos Alperi, Castedo y Ortiz, en una de las sesiones del juicio por los amaños del PGOU celebrado en la Audiencia de Alicante. / Pep Morel/EFE

Mercedes Gallego

Mercedes Gallego

El Tribunal Supremo ha vuelto a poner fecha para revisar la sentencia dictada por la Audiencia provincial en el proceso por los presuntos amaños del PGOU de Alicante en el que fueron condenados el exalcalde de PP Luis Díaz Alperi y el empresario Enrique Ortiz por sendos delitos de cohecho y salieron absueltos los otros siete acusados, entre ellos la también exregidora popular Sonia Castedo, de los cargos de corrupción de los que estaban acusados. 

Los recursos de casación fueron presentados por el Ministerio Público y los dos condenados.

Se trata del segundo señalamiento para deliberación y fallo, fijado para el próximo 24 de abril, después de que hubiera que anular el primero, que iba a celebrarse el pasado 20 de febrero, al apartarse de ese primer tribunal el magistrado alicantino Vicente Magro por «imparcialidad objetiva».

En una providencia notificada este miércoles a las partes, el Alto Tribunal comunica esta nueva fecha y la composición del tribunal, que estará presidido por el también presidente de la sala Segunda, Manuel Marchena, y formado por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Ángel Luis Hurtado, Javier Hernández y Andrés Palomo, este último como ponente. 

Ninguno de ellos formaba parte de la primera sala, en la que fue designado ponente Magro. Quien fuera presidente de la Audiencia entre 2001 y 2016 planteó su apartamiento por haber intervenido previamente en ese proceso (hay dos resoluciones que llevan su firma), lo que le inhabilita para intervenir en la casación. 

Demora

Una circunstancia que ha dilatado apenas dos meses la nueva deliberación de estos recursos, bastante menos que la demora que arrastra la sentencia sobre el primer proceso del caso Brugal, (el de las supuestas irregularidades en adjudicación de la recogida de basuras de Orihuela, deliberada hace un año), una operación contra la corrupción de la que también se desgajó la causa del PGOU.

La sentencia sobre supuestos amaños en el PGOU de Alicante fue dictada hace más de dos años por las magistradas Cristina Costa, Margarita Esquiva y Montserrat Navarro, esta última como ponente y hoy ya jubilada. Únicamente se condenó a dos de los nueve acusados a penas de multa por cohecho: a 6.000 euros a Alperi por el pago de un jet privado con el que viajó a Creta para un asunto personal y a 18.000 euros a Ortiz por regalarle una chaqueta de Carolina Herrera a Castedo, entonces alcaldesa. 

 El resto de los acusados fueron absueltos. Además de la exregidora, su hermano y un socio de este, un hermano y un empleado del promotor de Alicante y otros dos empresarios, uno de ellos de Elche, fueron exonerados de culpa.

Lo que pide la Fiscalía: Juzgar de nuevo a todos

La Fiscalía del Supremo pide que se anule el fallo y que el caso sea juzgado de nuevo para todos los acusados por un tribunal diferente. Entre otros motivos de recurso esgrime que la acusación pública detallaba hasta 57 irregularidades en la tramitación del PGOU y algunas de las cuales ni siquiera se citan en la sentencia. 

También apunta que no se plasmara en la resolución que ahora se va a revisar la conformidad firmada por Ortiz, su hermano y un empleado con las acusaciones (además de la pública estaba personado el Ayuntamiento como particular y EU como popular) por la que reconocían los hechos a cambio de una rebaja en la pena que garantizaba que no entrarían en prisión. Un pacto del que se retractaron poco antes de que comenzara la vista oral pero que ni se menciona en la resolución de la Audiencia de Alicante.