El Ayuntamiento de Torrevieja ha pleiteado hasta llegar a la Audiencia Nacional con el objetivo de desproteger las lagunas de Torrevieja y La Mata. El municipio pedía que no estuvieran afectadas por la Ley de Costas y dejaran de ser de dominio público. Y ha perdido. La Audiencia Nacional ha tumbado las pretensiones de la Administración local que, por otra parte, no había informado de que había presentado este procedimiento judicial.

En abril de 2012 el Ministerio de Medio Ambiente aprobó el deslinde definitivo del dominio público marítimo para las dos lagunas, después de años de tramitación y paralización de cualquier actividad que se realizara en las franjas de suelo sujetas al expediente. Ha sido la Audiencia Nacional la que se ha pronunciado porque es la competente para contenciosos administrativos de asuntos aprobados por el Consejo de Ministros, como es el caso. Si hubiera prosperado el recurso, el municipio podría haber solucionado más de un conflicto urbanístico suscitado por la ocupación del suelo sin concesión de Costas, como el del Balneario de Lodos municipal o la gestión de algunos suelos que aparecen en el PGOU como urbanos pero que están afectados por la ley. Aunque la protección del paraje también como Parque Natural le deja poco margen para más. El deslinde aprobado afecta a todos los suelos situados en torno a las orillas de las dos láminas de agua, de 1.330 hectáreas la de La Mata y 2.160 la laguna de Torrevieja. En total más de 45 kilómetros lineales de orillas que afectan a los términos de Rojales, Los Montesinos y Guardamar del Segura, además de los canales del Acequión y La Mata, que comunican las lagunas con el mar y el canal de dos kilómetros que une la laguna de Torrevieja con la de La Mata.

En su recurso elaborado por un arquitecto municipal se alega que las lagunas «son dos masas de agua interiores, que desde tiempo inmemorial permanecen aisladas del medio marino, no pudiendo ser consideradas marismas, albuferas ni marjales, no siendo terrenos que se inunden como consecuencia del flujo y reflujo de las mareas o la filtración del agua del mar». Las lagunas, según el equipo de gobierno, «no pueden ser consideradas zona marítimo terrestre al no reunir las características de la Ley de Costas para ser consideradas de dominio público».

Continuando con la misma argumentación el municipio alegaba que las láminas de agua actuales no existirían sin la aportación de agua del mar que se produce desde el canal del Acequión, construido en 1482 y el canal de La Mata, realizado en 1927.

Parque Natural

El abogado del Estado, por su parte, apeló a los valores ambientales de a zona para que mantengan su condición de dominio público -es decir, de todos- a la hora de rechazar el recurso y explicó las lagunas son una zona húmeda declarada de importancia internacional desde 1989 en la convención Ramsar y están incluidas dentro de las zonas de especial protección para las aves (ZEPA) y la red natura 2000. Además el estudio geomorfológico que avala esta posición del Estado advierte de que las actividades urbanísticas y agrícolas han ejercido «una notable» presión sobre terreno colindante a las lagunas, con rellenos de materiales, para favorecer usos urbanísticos «en el borde norte de a laguna». En el procedimiento aparecía personado un abogado de la empresa Altos del Mar, el grupo de empresas de Edén del Mar, con intereses urbanísticos en esa misma zona. El Ayuntamiento acaba de acatar la sentencia sin plantearse la vía del recurso de casación.

La viabilidad del balneario de lodos se complica más

El Ayuntamiento construyó sobre suelo de dominio público el balneario de lodos sin concesión de Costas del Ministerio de Medio Ambiente. El edificio lleva paralizado sin uso 8 años en la punta de la Víbora, junto a las urbanizaciones de Las Torretas. Para realizarlo se contrató al arquitecto Toyo Ito y se invirtió más de un millón de euros de fondos públicos. Ha sufrido actos vandálicos y un incendio que lo ha dejado en estado de semiabandono. El futuro del proyecto queda ahora menos claro si cabe. La eliminación del deslinde o su modificación para legalizarlo está descartada ahora. Que el Ministerio de Medio Ambiente tramite una concesión después de haber impuesto una fuerte sanción al municipio es improbable. La opción de reubicar la estructura a una zona sin afecciones de la Ley de Costas está fuera de cualquier probabilidad presupuestaria en estos momentos. Otra de las afecciones que pone de relieve la resolución de la Audiencia Nacional es del canal de La Mata, que dice, es de dominio público. Uno de sus tramos, el más cercano al mar, está soterrado. La superficie se usa como aparcamiento y para celebrar el mercadillo semanal en La Mata.