Fuera del concurso por 500 euros

El Ayuntamiento de Orihuela renuncia a la adjudicación del mantenimiento de las zonas verdes en la Costa e indemnizará a las tres empresas licitadoras

El Consistorio justifica la medida por causas de interés público, con un ahorro que cifra en 3,5 millones de euros

Zona verde en la Costa con deficiencias en el mantenimiento

Zona verde en la Costa con deficiencias en el mantenimiento / TONY SEVILLA

Loreto Mármol

Loreto Mármol

El Ayuntamiento de Orihuela, a través de la Concejalía de Contratación que dirige la edil Mónica Pastor, ha resuelto la renuncia a la adjudicación del contrato de mantenimiento de zonas verdes en la Costa, y así se les está notificando a las tres empresas que se presentaron al concurso. La resolución de la concejalía es consecuencia del acuerdo del pleno municipal de 29 de febrero, en el que se acordó que la prestación del servicio sería de forma directa a través de la empresa municipal Ildo.

Este servicio se lleva prestando desde hace seis años sin contrato y acumula numerosas quejas de los vecinos por deficiencias. Con esta resolución, la concejalía da carpetazo a un expediente de contratación polémico, en el que la Mesa de Contratación del Ayuntamiento incluso denunció coacciones y amenazas por parte de representantes de alguna de las empresas participantes, lo que se archivó, mientras que una de las mercantiles presentó un escrito de recusación contra algunos miembros de la mesa, principalmente contra el secretario municipal, solicitando que se les apartara del proceso licitador al poner en duda su "imparcialidad". También la Agencia Antifraude está investigando el proceso.

El Ayuntamiento, en un comunicado, ha afirmado que "se abre una nueva etapa en la prestación del servicio con el claro interés de mejorarlo, incrementando personal adscrito al mismo, incorporando nuevos medios técnicos y materiales y poniendo el foco en los ciudadanos residentes en la Costa".

En la resolución, a la que ha tenido acceso este periódico, se acuerda indemnizar a los licitadores con la cantidad de 500 euros, como compensación económica de los gastos de participación en el proceso de licitación, que estaba en la fase de apertura de los sobres B, de documentación acreditativa de los criterios de adjudicación sometidos juicio de valor. Se encuentran sin abrir, aún encriptados, los sobres C, que contienen la oferta económica y el resto de criterios objetivos mediante una fórmula.

La mesa de contratación rechazó el único informe técnico de valoración de los criterios sometidos a juicio de valor, al considerar que no se encontraba suficientemente motivado, y que había sido emitido incumpliendo la solicitud de la propia mesa, que había requerido la emisión del citado informe por tres técnicos, de modo conjunto, por lo que ninguna de las empresas licitadoras puede considerarse con un "derecho" a una situación de privilegio a la adjudicación, porque "ni tan siquiera se ha acreditado cual fuera la más ventajosa".

Además, se hace hincapié en que "la decisión a adoptar es la de no adjudicar el contrato, no desistir del procedimiento", basándose en "causas de interés público debidamente justificadas en el expediente". En este punto, aclara que mientras que la decisión de no adjudicar el contrato es una decisión discrecional de la Administración fundamentada en una razón de interés público, el desistimiento ha de fundarse en la existencia de una infracción no subsanable del procedimiento de contratación.

Ahorro

Entre estas causas justificadas, está la de que es "la opción más viable, estable, sostenible y eficiente en términos de rentabilidad económica y recuperación de la inversión", produciendo un ahorro económico al Ayuntamiento de más de 3,5 millones de euros a lo largo de la vida del contrato.

También incide en el coste de personal si el servicio fuera ejecutado por la empresa Ildo, frente a si fuera realizado por medios propios del Ayuntamiento, y que se traducen en un incremento de los costes en el caso de que el servicio fuera realizado por este último. En el primer caso los costes de personal ascenderían a 968.433 euros, mientras que en el segundo 1,1 millones, lo que supone un ahorro de 180.314.

Por tanto, insiste la resolución, "no se produce arbitrariedad en el procedimiento de contratación, ni se menoscaban intereses o derechos legítimos de las licitadoras, ni, menos aún, supone el propósito de eludir adjudicar el contrato a una u otra empresa".

Por último, recuerda que el pliego de cláusulas contempla que la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización.

Con todo, las empresas están analizando la resolución. Alguna de ellas ya avanzó anteriormente que no descartaba pedir indemnizaciones por el lucro cesante e incluso responsabilidades patrimoniales a los concejales que votaron en el pleno que la gestión la realice Ildo.

También barajaban la posibilidad de solicitar la paralización al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, que tiene tres meses, mínimo, para tomar una decisión, sin perjuicio de que pueda decretar hasta entonces la suspensión cautelar del acuerdo que se adoptó en el pleno.