Los chiringuitos y los servicios en las playas de Orihuela, en manos de las adjudicatarias

Costas ya ha dado luz verde a las instalaciones, aunque con algunas condiciones, por lo que ahora depende de las empresas que se han hecho con el concurso la apertura

Las playas de Orihuela están sin chiringuitos desde enero de 2023

Las playas de Orihuela están sin chiringuitos desde enero de 2023 / TONY SEVILLA

Loreto Mármol

Loreto Mármol

Empezada ya la Semana Santa, las playas de Orihuela están sin chiringuitos y sin las pasarelas. En algunas, como La Caleta, ya están operativos los aseos. Una vez finalizado el proceso de adjudicación, del que se conocerán más detalles este martes, ahora está en manos de las empresas adjudicatarias el comienzo de las instalaciones.

El Ayuntamiento de Orihuela ha recibido la resolución de autorización por parte del Servicio Provincial de Costas para la instalación y explotación de los servicios de temporada en las playas del municipio durante este año. El documento, al que ha tenido acceso este periódico, fue recibido el jueves pasado, después de que el Consistorio solicitara el permiso el 21 de noviembre.

Así, Costas ha resuelto la autorización con una serie de condiciones particulares y con arreglo a los planos enviados por el Ayuntamiento, debiendo cumplir que las instalaciones queden, al menos, a 6 metros desde la orilla de la pleamar. Tampoco se autorizan zonas y módulos en los que las longitudes de los tramos libres de ocupación no sean, como mínimo, equivalentes a los de explotación, sin que estas últimas puedan superar los 100 metros de longitud.

Además, entre las diferentes instalaciones autorizadas siempre debe existir una separación mínima de 15 metros, salvo los establecimientos expendedores de comidas y bebidas para los que rigen las distancias establecidas en el Reglamento General de Costas.

Asimismo, las edificaciones de servicio de playa se ubicarán, preferentemente, fuera de ella. Ahora bien, cuando, a juicio de Costas no fuera posible ubicar estas edificaciones sobre el paseo marítimo o fuera de la playa, se podrán ubicar en su límite interior o, en el caso en que la anchura de la playa así lo permita, a una distancia mínima de 70 metros desde la línea de pleamar, siempre que no se perjudique la integridad del dominio público marítimo-terrestre ni su uso.

Afecciones

La resolución recoge un informe de la Dirección Territorial de Alicante de la Conselleria de Medio Ambiente, del 18 de marzo, que describe una serie de afecciones, así como sus condicionantes. Seis de las 11 playas oriolanas -Punta Prima, Cala Mosca y Cala Estaca (ambas en Playa Flamenca), Cala Cerrada y Cala Bosque (en La Zenia) y Cala Capitán (Cabo Roig) están afectadas por la Cañada de la Costa sin poder precisar la afección del quiosco y la zona de hamacas por falta de georreferenciación. Con todo, se indica que tanto el chiringuito como las hamacas, terraza y sombrillas deben estar fuera de la anchura de esta vía pecuaria y en todo caso sin impedir ni dificultar los usos propios.

En cuanto a la playa de la Glea (Campoamor) tiene flora protegida, por lo que las instalaciones no podrán afectar a la vegetación natural. Lo mismo ocurre con las pasarelas al final del tramo de la playa de Barranco Rubio (también en Campoamor), donde hay flora protegida en la desembocadura de la rambla.

Las únicas tres playas que no presentan afecciones son La Caleta (Cabo Roig), Aguamarina (La Regia) y Mil Palmeras.

Por tanto, pese a que el informe es favorable, las condiciones para cada una de las zonas tendrán que ser asumidas por los concesionarios de los contratos de explotación.

Limpieza

La resolución también recoge un informe de Turisme Comunitat Valenciana, del 16 de enero, que informa favorablemente desde un punto de vista turístico, dado que no hay inconveniente en que se ocupen los espacios públicos mencionados en la solicitud, aunque con consideraciones: se recomienda la limpieza diaria en los alrededores de las zonas habilitadas para el uso de sombrillas y tumbonas, así como de las zonas habilitadas para los quioscos y terrazas, todo ello mientras duren las actividades, esté ocupado el terreno y una vez finalicen los servicios.

También es recomendable el balizamiento y su mantenimiento de los canales náuticos destinados a las diferentes actividades acuáticas propuestas, especialmente la zona de SkyBus y Parasailing, que deben circular fuera de la zona destinada al baño, teniendo especial cuidado en los accesos a las playas, en las zonas destinadas para la entrada y salida de diversas embarcaciones y artefactos flotantes, incluyendo las embarcaciones del servicio de salvamento y socorrismo.

A la vista de los planos presentados, además se recomienda poner especial atención a la ubicación de la plataforma flotante en el agua, dado que se debe tener en cuenta la profundidad de la caída para evitar posibles daños a los usuarios.

Por parte, el informe de la Dirección General de Costas, Puertos y Aeropuertos de la Conselleria de Medio Ambiente, con fecha 14 de marzo, tampoco aprecia incompatibilidad, aunque se señala que en la documentación presentada no se justifican las condiciones, ocupaciones máximas de las playas y las distancias y retranqueos establecidos en la normativa de costas y el Catálogo de Playas.

Condiciones

Costas también establece que todas las conducciones de servicio a estas instalaciones deberán ser subterráneas. De esta forma, continúa la resolución, el sistema de saneamiento garantizará una eficaz eliminación de las aguas residuales, así como la ausencia de malos olores. Con este objeto, las instalaciones deberán conectarse a la red de saneamiento general, quedando en todo caso prohibidos los sistemas de drenaje o absorción que puedan afectar a la arena de las playas o a la calidad de las aguas de baño.

La autorización tampoco ampara la instalación de ningún elemento publicitario. Además, se establece que las terrazas de los chiringuitos deberán ser abiertas. Asimismo, los espacios autorizados para toldos, sombrillas, hamacas o tumbonas serán señalizados en sus vértices mediante jalones empotrados, que se deberán mantener durante toda la temporada.

El Ayuntamiento también deberá comunicar a Costas el nombre de la empresa adjudicataria, que deberá abonar al Tesoro Público la tasa de canon por ocupación del dominio público marítimo-terrestre (15,17 euros por metro cuadrado y mes en el caso de los chiringuitos y 3,26 euros por metro cuadrado y mes para la instalación de sombrillas, hamacas y taquillas. La falta de pago implicará la caducidad de la autorización. Además, previamente al inicio de la instalación deben tener un depósito a disposición de la jefa del Servicio de Costas en Alicante para responder de los gastos de la ejecución subsidiaria del levantamiento de las instalaciones, si no se levantan en el plazo que se fije por Costas.

Servicios y vigencia

Cada instalación tendrá un plazo de vigencia, según el pliego de condiciones.

Punta prima: del 1 de abril al 30 de octubre. Chiringuito (20 metros cuadrados de superficie cerrada más 50 de terraza). Hamacas y sombrillas, con una ocupación máxima de 60 metros cuadrados.

Cala La Mosca: del 15 de mayo al 30 de octubre. Un chiringuito, con una superficie máxima de ocupación de 70 metros cuadrados. Una instalación de hamacas y sombrillas, con una ocupación máxima de 120 metros cuadrados. Del 1 de enero a 31 de diciembre, aseo público (13 metros cuadrados), pasarela y caseta de socorrismo (24 metros cuadrados).

Cala Estaca: del 15 de marzo al 30 de octubre, chiringuito, hamacas y sombrillas. Del 1 de enero a 31 de diciembre, aseo público, pasarela y caseta de socorrismo.

Cala Cerrada: del 15 de mayo al 15 de octubre, chiringuito, hamacas y sombrillas. Del 1 de enero a 31 de diciembre, pasarela.

Cala Bosque: un chiringuito del 1 de enero al 31 de diciembre. En cuanto a las hamacas y sombrillas, con diferente ocupación según las fechas (del 15 de marzo al 31 de octubre con una ocupación máxima de 520 metros cuadrados) y del 1 de noviembre al 31 de diciembre 50 metros cuadrados. Una instalación de taquillas, del 1 de junio al 30 de octubre, con una ocupación máxima de 6,5 metros cuadrados. Del 1 de enero a 31 de diciembre aseo público, pasarela, caseta de socorrismo y pérgola de movilidad reducida.

Cala Capitán: un chiringuito del 15 de marzo al 15 de noviembre. Hamacas y sombrillas del 15 de marzo al 30 de octubre con una ocupación máxima de 180 metros cuadrados. Del 1 de enero a 31 de diciembre, aseo público, pasarela, caseta de socorrismo y pérgola de movilidad reducida.

La Caleta: un chiringuito del 1 de enero al 31 de diciembre, Una instalación de hamacas y sombrillas, con diferente ocupación según las fechas (del 16 de marzo al 31 de octubre, 180 metros cuadrados y del 1 de noviembre al 31 de diciembre 50 metros cuadrados. Del 1 de enero a 31 de diciembre, un aseo público, pasarela y caseta de socorrismo.

Aguamarina: un chiringuito del 1 de junio al 30 de septiembre. Hamacas y sombrillas del 1 de junio al 30 de septiembre. Del 1 de enero a 31 de diciembre, aseo público, pasarela y caseta de socorrismo.

La Glea: un chiringuito, del 15 de marzo al 1 de diciembre. Hamacas y sombrillas del 15 de marzo al 30 de octubre. Taquillas del 1 de junio al 30 de octubre. Del 15 de marzo al 1 de diciembre, aseo público, pasarela, caseta de socorrismo, pérgola de movilidad reducida y aseos para discapacitados.

Barranco Rubio: un chiringuito, hamacas y sombrillas del 1 de junio al 30 de septiembre. Del 1 de enero a 31 de diciembre, aseo público, pasarela, caseta de socorrismo y pérgola de movilidad reducida.

Mil palmeras: hamacas y sombrillas del 1 de abril al 30 de octubre. Del 1 de enero a 31 de diciembre, aseo público, pasarela y caseta de socorrismo.