El Síndic reprende a Sant Joan por no facilitar el acceso a la información al PSOE

El defensor del pueblo valenciano rechaza las alegaciones del Ayuntamiento y reitera el derecho de los concejales de la oposición a acceder a la documentación libremente y por vía electrónica

Concejales del PSOE en el Síndic de Greuges

Concejales del PSOE en el Síndic de Greuges

Seria reprimenda del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Sant Joan d'Alacant por su supuesta falta de transparencia. El defensor del pueblo valenciano ha cerrado una queja presentada por el PSOE, concluyendo que el Consistorio no facilita el acceso a información a los concejales de la oposición. Así, el Síndic emplaza al Ayuntamiento a que permita el acceso al Registro de Entrada y Registro de Salida, por vía electrónica, y rechaza las alegaciones presentadas por el mismo.

El PSOE ha celebrado la decisión de esta entidad autonómica, destacando el "revés" que sufre el PP. La denuncia de los socialistas se centraba en la denegación de acceso a "información vital para su labor de oposición". Desde las elecciones, el PSOE ha batallado por acceder al libro de decretos, el registro de entrada y la información presupuestaria, "elementos fundamentales para su función de control al gobierno local liderado por Santiago Román", explica el grupo municipal socialista.

"A pesar de las solicitudes reiteradas por parte de los socialistas, el gobierno del PP ha desoído estas peticiones, incumpliendo las normativas que respaldan el acceso a dichos datos. Esther Donate, portavoz del PSOE, expresó su indignación: “Es inadmisible que llevemos más de 6 meses de falta de transparencia por parte de este gobierno, no deberían estar preocupados de que podamos acceder a la información municipal”. Por su parte el PP no ha hecho declaraciones sobre esta resolución.

El Síndic de Greuges ha respaldado la denuncia del PSOE. Ángel Luna, representante del Síndic, destacó en el Foro de Municipalismo organizado por INFORMACIÓN el pasado lunes la creciente falta de colaboración con la oposición en municipios como Sant Joan d’Alacant, donde se ha restringido el acceso a la información, calificándolo de “retroceso en la democracia local”.

"Documentos como el libro de decretos y el Registro de Entrada son cruciales para entender la actividad diaria del Ayuntamiento, mientras que el estado de ejecución del presupuesto es vital para evaluar el uso de los recursos públicos. El Síndic insta al gobierno del PP a permitir el acceso a estos archivos y facilitar la información a todos los miembros de la corporación municipal", recuerda el PSOE.

En su resolución, a la que ha tenido acceso INFORMACIÓN, el Síndic sostiene que todos los ediles, sean del gobierno o de la oposición, tienen el mismo derecho al acceso a la información. "Los concejales tienen derecho a acceder a la información municipal de manera gratuita y por vía electrónica. No deben comparecer en las oficinas de Secretaría para acceder a la información contenida en los libros de registro o en su soporte informático, así como en los libros de actas y de resoluciones de la Alcaldía".

Y "respecto a la protección de los datos personales de los documentos que constan en los registros de entrada y de salida, hay que tener en cuenta que ni la LRBRL ni el ROF establecen ninguna limitación para denegar el acceso a la información pública por parte de los concejales cuando se afecte al ámbito de privacidad de las personas. La ponderación entre el derecho a la intimidad y la protección de los datos personales -reconocido en el art. 18 CE- y el derecho de acceso a la información pública, como reflejo del derecho a la participación en los asuntos públicos del artículo 23.2 de la CE, se ha resuelto a favor de este último".

"Por lo tanto, como regla general, esta institución ha declarado, de forma reiterada, que no procede denegar el acceso a la información municipal por parte de los concejales cuando la misma contiene datos que afectan la intimidad o privacidad de las personas, sin perjuicio del deber de confidencialidad que pesa sobre los concejales. No puede denegarse el derecho a la información del concejal alegando la prohibición de comunicación de cesión de datos a terceros, puesto que el concejal no tiene la condición de tercero, al formar parte de la Administración municipal".

"Excusa"

Así, el Síndic concluye que "en consecuencia, es la aplicación informática de gestión de expedientes que utiliza el Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant la que se tiene que adaptar para hacer efectivo y real el derecho fundamental de los concejales a acceder a la información pública contenida en los mismos, y no, al revés, utilizar la aplicación informática como excusa para impedir el acceso a la información". 

Y agrega que "consideramos que el Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 128.2.c) de la Ley 8/2010, de régimen local de la Comunitat Valenciana, debe permitir a la autora de la queja el acceso directo, a través de la plataforma informática municipal, a la información contenida en los libros de registro, en los libros de actas y de resoluciones de la Alcaldía, tal y como la persona afectada manifiesta que sucedía en el pasado: “desde la entrada en funcionamiento de este sistema –en enero de 2014–, y hasta el pasado mes de junio, todos los miembros de la corporación municipal, sin distinción, han contado con acceso completo a las funcionalidades del Libro de Registro”.

Alegaciones del Ayuntamiento

En su escrito, el Ayuntamiento, a través de su secretario municipal, señalaba que "el derecho de acceso a la información en el caso del Libro de Registro de Entrada y Salida no requiere de previa autorización. Otra cosa distinta serán los documentos que se acompañen (RE o RS), ya que para ello será preciso una solicitud previa de acceso por parte de los concejales, sin que dicha solicitud se pueda realizar de forma indiscriminada (a la totalidad de documentos que se contienen en tales registros)". Un acceso a la documentación contenida que además se tiene que realizar en Secretaría, no de forma telemática. Así, se refiere a que pueden ver el contenido extractado, y si así lo consideran, pedir acceso. Aunque el PSOE alega que ese resumen es tan parco que impide hacerse una idea del contenido real, y por ello reclaman tener acceso a toda la documentación libremente.

El secretario municipal afirma que "nunca se ha denegado el derecho de ningún concejal a acceder a la información. Otra cosa es el modo pretendido por la portavoz del grupo municipal, mediante acceso directo por un sistema de claves, a todo el RE como el RS, algo que, como vemos, no autoriza la Ley y, en todo caso, no corresponde a esta Secretaría la atribución de claves ni permisos a dichos RE o RS, según comunicó a esta Secretaría los responsables del Servicio de Informática, el programa utilizado por el Ayuntamiento, en relación al Registro, no permite disociar la consulta de los asientos del Registro con los documentos que se presentan junto a las distintas instancias (…)".

Así, el secretario concluye que "el acceso a la información contenida en los libros de registros de entradas y salidas, así como al libro de Decretos es directo y no sometido a autorización previa. Que este derecho, tal y como, se informó a los Srs. Concejales en el Pleno de 31 de julio de 2023 puede hacerse, en cualquier momento y directamente al Departamento de Secretaría sin necesidad de estar previamente autorizado por el Sr. Alcalde".

Del mismo modo sostiene que "la norma establece claramente que serán los servicios de la Corporación quienes facilitarán el acceso, pero no que el acceso deba realizarse mediante la entrega de claves de acceso al programa utilizado por el Ayuntamiento, pues, se accedería de manera indiscriminada no solo a los asientos que conforman los Registros sino a todos los documentos que acompañan. En todo caso, ya se informó en el Pleno de 31 de julio de 2023 del derecho de acceso directo a la información contenida en los libros de Registro, así de cómo proceder a su consulta, no habiéndose impedido en ningún momento su libre acceso por el Departamento de Secretaría".

Y agrega que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) limita el acceso indiscriminado a los RE y RS por los concejales, sin que ello suponga ninguna vulneración del derecho constitucional a la participación en los asuntos públicos". A este respecto, el Síndic responde que "la interpretación de la Agencia Española de Protección de Datos es muy favorable al acceso desde hace muchos años".

Por otra parte, "la solicitud sobre el estado de ejecución actualizado con bolsas de vinculación incluidas de todo el presupuesto municipal a fecha 29 de junio 2023, en la forma solicitada requiere la elaboración de un informe por parte de la Intervención General. Que, sin perjuicio de dicho informe se facilita a los Srs. Concejales cada trimestre y consta en el portal de transparencia del Ayuntamiento, la emisión de informes exige que la petición esté suscrita por un tercio de los concejales y, en el presente caso, solo se solicita por la portavoz del grupo municipal, por lo que su emisión no resulta preceptiva".

Desde el grupo socialista han manifestado que "con esta resolución a su favor, el PSOE y los demás grupos de la corporación deberán tener acceso a la información restringida. El Síndic ha cerrado el caso en favor del PSOE, destacando el incumplimiento del plazo por parte del gobierno del PP y dejando la puerta abierta para que se respeten las recomendaciones sobre transparencia. Este fallo representa un desafío directo al gobierno municipal, ofreciendo una oportunidad para rectificar y cumplir con las normativas que garantizan la transparencia, o bien, persistir en su falta de colaboración con la oposición y los órganos de control. El compromiso del PSOE de Sant Joan es claro: seguir luchando por los intereses de los ciudadanos y ciudadanas, velando por la transparencia y la rendición de cuentas en el gobierno local".