Uno de los efectos que acarreará la abdicación del rey será la pérdida de su inviolabilidad, reconocida por la Constitución, cuando su hijo, el príncipe de Asturias, asuma el trono. «La persona del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad», señala el artículo 56.3 de la Carta Magna, que dejará de ser de aplicación para don Juan Carlos para afectar a don Felipe una vez que sea proclamado como rey Felipe VI. Lo que el Gobierno no tiene decidido es cómo regular el aforamiento del rey don Juan Carlos cuando pierda la inviolabilidad.

A partir de ahora, para que don Juan Carlos pueda estar al menos aforado se necesita una regulación legal que no existe. Según las fuentes consultadas hay varias vías, sin que el Ejecutivo haya tomado una decisión. El Gobierno podría promover una ley al respecto, podría hacerlo el Congreso de los Diputados a través de una proposición de ley, o podría introducirse el aforamiento en una ley que esté en trámite, como la Ley Orgánica del Poder Judicial. De hecho, el Gobierno incluyó en esta ley el aforamiento de los Príncipes de Asturias y de la Reina Sofía. Sin embargo, está aún en fase de anteproyecto.

Izquierda Unida ya ha anunciadoque si la ley orgánica en la que se recoge su abdicación no le blinda, plantearía querellas «por los hechos delictivos que hubiera podido cometer en todo su reinado» y el partido Soberanía ha aprovechado la circunstancia para ampliar en la Audiencia Nacional la querella que interpuso contra el rey por los sucesos del 23 F.