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Educación permitirá que los alumnos de FP Dual hagan prácticas en empresas incluso en fin de semana

Los cambios desde el curso próximo favorecen los intereses empresariales para impulsar las prácticas pagadas. La nueva normativa excluye del pago a las entidades públicas y exige contar con la voluntad del estudiante

Una estudiante de FP de Elda recrea un plato de inspiración francesa. AXEL ALVAREZ

Las prácticas laborales de Formación Profesional Dual, que combinan el aprendizaje en las aulas y en la empresas, se podrán hacer por primera vez a partir del curso próximo incluso en fin de semana, en el mes de julio y en varias empresas a lo largo del curso.

Así lo contempla la normativa que ha desarrollado la Conselleria de Educación correspondiente al nuevo decreto nacional sobre la FP Dual. En concreto, el texto contempla la realización de la FP Dual "en periodos laborales no lectivos".

Son días laborales para el sector empresarial del que se trate, pero no lectivos para los estudiantes, es decir que si así lo acepta el propio alumno, porque debe constar por escrito su voluntad al respecto, y la empresa de que se trate lo justifica convenientemente a ojos de la Inspección educativa, “se podrá autorizar” que las prácticas pagadas por las compañías incluyan fines de semana, días festivos e incluso uno de los meses de vacaciones de verano, el de julio.

También se favorece que varias empresas creen una especie de grupo común o red con el único objetivo de participar de estas prácticas laborales para el alumnado, lo que permite compartir costes entre las firmas y al estudiante participar del mercado laboral en actividades distintas si así se corresponde con la formación en la que se matricula.

Pagos

Con estas novedades la Conselleria de Educación busca acercar lo más posible al sector empresarial la realización de estas prácticas, que tanto cuesta introducir porque implican un coste de al menos el 50% del salario mínimo interprofesional el primer año, del 70% el segundo año y de hasta el 90% del salario mínimo interprofesional el tercer año, tal y como se establece de modo obligatorio para la empresa.

Solo en los casos en los que la entidad colaboradora sea de titularidad pública, se podrá prever una exención a la obligatoriedad de compensar económicamente al alumnado

Conselleria de Educación

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Las entidades públicas, sin embargo, no tienen esta obligación. El nuevo texto normativo expone que “solo en los casos en los que la entidad colaboradora sea de titularidad pública, se podrá prever una exención a la obligatoriedad de compensar económicamente al alumnado participante”.

Aunque esta exención del pago debe hacerse constar en el programa formativo desde un principio, la misma Conselleria de Educación indica que podrá establecer “ayudas económicas compensatorias”, aunque sin concretar ni la cuantía ni el tipo.

Sí se contempla en otro de los apartados la posibilidad de subvencionar a los estudiantes en los gastos de transporte que ocasionen su traslado a la empresa de que se trate, pero como un añadido al pago estipulado del 50%, 70% o 90% del salario mínimo que corresponda.

Flexibilidad

Con la mayor flexibilidad en los horarios de las prácticas, que pueden arbitrarse en función de las necesidades de la empresa tanto en periodos de días, como de semanas, o meses aunque no sean lectivos, e incluso en el mes de julio, la conselleria demuestra su propósito repetidamente anunciado por imprimir un impulso decidido a la FP Dual.

Alumno del IES La Torreta de Elche en unas prácticas del ciclo de Mecánica MATIAS SEGARRA

En su empeño por generalizar estas prácticas persigue beneficiar tanto los estudiantes como al empresario, porque en un elevado porcentaje de casos la relación formativa-laboral se traduce en un puesto de trabajo cuya prestación queda, por otra parte, previamente definida por la firma de que se trate, atendiendo a la peculiaridad de su actividad.

De ahí que se permita por vez primera que el proyecto en la empresa se lleve a cabo "en días laborales no lectivos cuando sea imprescindible por la especificidad curricular del ciclo formativo o por la actividad de la empresa".

Conciliación

No obstante, Educación especifica que esta medida excepcional no puede impedir "la necesaria disponibilidad de tiempo para el estudio y para el desarrollo de la vida personal y familiar".

También contempla la obligatoriedad de que la actividad empresarial de que se trate sea de "especial interés" como para hacer las prácticas en días no lectivos; y en cuestión de turnos y horarios, que también son más flexibles para acomodarse al ejercicio profesional, se concreta que si son nocturnos solo podrán destinarse a estudiantes mayores de edad.

Educación espera que las empresas se impliquen más que hasta ahora, porque la combinación de la formación en el instituto con la actividad formativa en el centro de trabajo “contribuye a mejorar los resultados de aprendizaje, la cualificación y las competencias en el alumnado, así como a aumentar su empleabilidad y la contratación directa”.

La FP Dual es considerada como la crème de la crème en el sector de la formación, porque la adquisición de las competencias en el propio mundo laboral, en relación directa con las necesidades del mercado laboral, aproxima al estudiante con su futuro profesional más que ninguna otra medida y del modo más efectivo.

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