Revés judicial al Ayuntamiento de Alicante con la gestión de las zonas verdes

El Tribunal Supremo inadmite los recursos del Consistorio alicantino y de la actual concesionaria del servicio, lo que obligará al gobierno de Barcala a retrotraer el proceso para admitir a la empresa recurrente, la anterior responsable, descartada por la Junta de Gobierno por presentar una oferta "excesivamente baja"

Barcala en un acto de presentación de vehículos y maquinaria de la contrata de zona verdes

Barcala en un acto de presentación de vehículos y maquinaria de la contrata de zona verdes / jose navarro

C. Pascual

C. Pascual

Terremoto judicial en torno a la gestión de las zonas verdes en la ciudad de Alicante. El Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos presentados por el Ayuntamiento de Alicante y la actual concesionaria del servicio -STV Gestión que también gestiona la limpieza de colegios y dependencias municipales-, dando así la razón al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. La actual concesión entró en vigor a principios de 2021, con una anualidad de 5,8 millones. En la primera prórroga en noviembre de 2021 se incrementó hasta los 7,1 millones al año, mientras que en la segunda (octubre de 2023) se elevó hasta los 8,1 millones. El Ayuntamiento ya había dado el visto bueno a una primera prórroga del servicio. 

En la sentenciaahora confirmada, de mediados de 2022, el TSJ anulaba la adjudicación del servicio de mantenimiento de zonas verdes de la ciudad de Alicante, obligando a retrotraer el procedimiento de licitación al momento previo a la exclusión de la anterior adjudicataria, Geamur, que fue apartada del concurso público por la Junta de Gobierno, previo acuerdo de la Mesa de Contratación, por presentar una oferta económica excesivamente baja, que según el Ayuntamiento no estaba justificada debidamente.

La resolución judicial del Supremo inadmite los recursos por "defectos del juicio de relevancia", al concluir que ambos recurrentes "no justifican que todas y cada una de las infracciones, y de la doctrina jurisprudencial que dicen haberse cometido sean relevantes y determinantes del fallo de la sentencia".

Además, subraya "falta de fundamentación suficiente de la concurrencia de alguno de los supuestos, que, permiten apreciar el interés casacional objetivo y la conveniencia de un pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo. Por último, según la providencia, en cuanto a la infracción de normas procesales alegadas por la mercantil STV Gestión, "no se ha cumplido los requisitos exigidos porque debió ponerse de manifiesto con anterioridad, intentando su subsanación en la instancia, a través del incidente de complemento de sentencia".

Así, dado que ante la resolución del Supremo no cabe recurso, se pone punto final al proceso judicial, dando por buena la sentencia del TSJ, obligando sobre el papel al Ayuntamiento a retrotraer el proceso de licitación al momento previo a la exclusión de la anterior adjudicataria y recurrente, apartada del concurso por la Junta de Gobierno por supuestamente presentar una oferta económica excesivamente baja, que según el gobierno municipal no estaba justificada debidamente.

Todo empezó en 2020, cuando la Junta de Gobierno adjudicó a STV Gestión el contrato de mantenimiento de zonas verdes por 17,6 millones de euros para tres años, frente a los 20 millones de precio de licitación estipulado por los técnicos municipalesLa anterior contratista, excluida durante el proceso de licitación y ahora victoriosa en el procedimiento judicial, había propuesto una oferta de 16,64 millones, un millón de euros inferior a sus principales competidores. Tras conocerse las ofertas de las diez empresas que optaban a ese lote, se consideraron bajas temerarias las propuestas que bajasen de 17 millones de euros. Sólo fue una, la de Geamur.

Sin embargo, el TSJCV, en una sentencia del 5 de julio, desestimó el recurso planteado por el Ayuntamiento de Alicante y por la actual adjudicataria (STV Gestión)que lleva al frente del servicio desde enero de 2021, presentado contra una resolución previa del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), que a su vez había estimado un recurso de la anterior contratista ante su exclusión de la licitación.

"Barcala no movió un dedo para arreglarlo"

Desde la Concejalía de Medio Ambiente, dirigida por Manuel Villar, han explicado que "hay que esperar la notificación del TSJCV, que después estudiarán los servicios jurídicos y de contratación del Ayuntamiento". "Mientras tanto el servicio se prestará con normalidad", han recalcado.

Por su parte, el grupo municipal socialista, a través del concejal Raúl Ruiz, ha exigido responsabilidades al alcalde, Luis Barcala, tras el pronunciamiento judicial sobre el proceso de contratación del servicio de mantenimiento de zonas verdes de Alicante. Ruiz ha advertido de que "la prórroga del servicio que el equipo de gobierno del PP firmó de cara al próximo año queda en el aire y las consecuencias, a un mes y medio de que entre en vigor esa extensión del contrato, ponen contra las cuerdas a los responsables municipales". 

Según Ruiz, "el PP ha tenido tiempo de sobra para licitar un nuevo contrato que garantice tanto la prestación del servicio como la seguridad jurídica de las empresas que lo prestan, si no lo han hecho es porque prefirieron prorrogar un contrato ilegal a todas luces antes que licitar uno nuevo con las garantías que les ha exigido ahora el Tribunal Supremo en la nueva resolución". 

Los socialistas recuerdan que "hace más de un año que el TSJ señaló a Barcala por las irregularidades en la contratación del mantenimiento de zonas verdes", a la vez que apuntan que "el alcalde no movió un dedo para arreglarlo". "Ahora, nos deja un contrato que nunca debió iniciarse, como acaba de confirmar el Tribunal Supremo, y una prórroga que el PP firmó para el año que viene y que no va a poder llevarse a cabo al tratarse de una adjudicación irregular. ¿Qué va a pasar con las zonas verdes en poco más de un mes?”, se ha preguntado el concejal socialista al regidor. 

Por su parte, la concejala Sara Llobell, de Compromís, ha criticado a su vez la gestión del gobierno de Barcala: "Un servicio privatizado que, como comprobamos por la sentencia, no tiene ningún control municipal desde el proceso de contratación. Lo que reclamamos al gobierno de Barcala, aparte de cumplir la sentencia, es que pelee para que los trabajadores no salgan perjudicados de esta condena no recurrible y el servicio no se resienta. Otra chapuza más del gobierno de Barcala que irá en perjuicio del servicio prestado".

Por último, el portavoz de EU-Podemos, Manolo Copé, ha asegurado sentirse "preocupado, y mucho" por "la situación en que van a quedar la plantilla de ambas empresas, afectada por esta decisión judicial". "Este contrato no es menor y las decisiones tienen consecuencias en muchas familias trabajadoras. Lógicamente no queda más que cumplir la resolución judicial del Supremo, pero ¿por qué el Partido Popular no licitó este nuevo contrato con las suficientes garantías y prorrogó el contrato cuando había muchas posibilidades de que pasara lo que ha pasado? Volvemos a la casilla de salida", ha señalado Copé, quien ha añadido que cuando su grupo reclama "la remunicipalización de servicios es precisamente para evitar este tipo de situaciones".

Un largo proceso: tres años desde el inicio

Según recordó el fallo judicial del TSJ, ahora firme, el 8 de julio de 2019 se publicó el anuncio de licitación del contrato para el servicio de mantenimiento y conservación de las zonas verdes de Alicante. A dicho procedimiento presentó oferta la mercantil Gestión Ambiental Urbana (Geamur). El 2 de octubre de 2019, se produjo la apertura de los sobres “documentación” y “proposición: criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor” del procedimiento abierto convocado para contratar el servicio.

El 10 de diciembre de 2019, se emitió por la Comisión Técnica de Valoración un informe sobre los criterios de adjudicación cuantificables mediante un juicio de valor. En esa fase del proceso, Geamur (la empresa posteriormente excluida) consiguió la mejor valoración de entre los licitadores, con 41,3 puntos, frente a los 39,4 puntos de la segunda oferta mejor posicionada, que finalmente fue la adjudicataria tras la exclusión determinada por el Ayuntamiento.

La Mesa de Contratación, en la reunión celebrada el 11 de diciembre de 2019, tras la apertura del sobre “proposición: criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas”, y previo informe de la Comisión Técnica, acordó requerir a la mercantil Geamur para que justificase la baja anormalmente reducida.

Momento clave

considerar que su oferta no podía ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 28 de enero de 2020 se estableció la exclusión de la mercantil recurrente, notificándose al interesado el día 5 de febrero. El 22 de febrero de 2020 se interpuso por la mercantil Geamur recurso especial en materia de contratación frente a la exclusión acordada. El 8 de abril de 2020, se dictó resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. El Ayuntamiento de Alicante hizo constar expresamente que se "notifica en un momento en que se encontraban suspendidos todos los procedimientos administrativos y los plazos para su impugnación", según la sentencia del TSJCV, donde se argumenta que "una desviación tan pequeña (1,92%) requeriría una justificación material y económica que implique la imposibilidad de ejecutar el contrato o hacerlo con notables deficiencias o riesgo de incumplimiento". "Con este pequeño margen, aunque el informe técnico de la Administración es impecable, la justificación absorbe fácilmente las deficiencias. En estas condiciones, procede desestimar el recurso del Ayuntamiento de Alicante y confirmar la decisión de la Administración sobre el fondo", prosigue el fallo judicial, que añade que "si solo estuviese como recurso el interpuesto de STV Gestión y no hubiera precisado en su demanda que quería una resolución de fondo se hubiera estimado el recurso para que el TACRC previa audiencia se pronunciase nuevamente sobre el fondo, probablemente con el mismo resultado", añadía la resolución judicial, confirmada por el Supremo.

Por tanto, el cruce de recursos acabó con una sentencia del tribunal de la Comunidad Valenciana a favor de Geamur, que una vez firme fuerza al Ayuntamiento a retrotraer el proceso al momento previo a la exclusión. En ese instante, la mejor valoración de los técnicos municipales había sido para Geamur, que a su vez había presentado la mejor oferta económica.