El Síndic insta al Consell a pagar el alquiler de las personas vulnerables tras un caso en Alicante

Luna señala a la Conselleria de Vivienda que la ley le obliga a hacerse cargo del gasto si carece de inmuebles públicos para cederlos

Una manifestación frente al EVHA en Alicante, en una imagen de archivo.

Una manifestación frente al EVHA en Alicante, en una imagen de archivo. / Pilar Cortés

Alberto Losa

Alberto Losa

"Inadmisible". Así de claro se ha manifestado el Síndic de Greuges, Ángel Luna, en su última resolución remitida a la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, con respecto a la falta de vivienda pública en situaciones de emergencia. Esta resolución surge a raíz de la queja de una persona que había expresado la demora en la que estaba incurriendo la administración para resolver su necesidad de vivienda. El gobierno autonómico se justificaba diciendo que no había viviendas disponibles. El defensor del pueblo destaca que, ante la falta de suelo público, la administración debe ofrecer ayuda económica.

Solo en el municipio de Alicante hay 37 situaciones de emergencia habitacional sin resolver por la conselleria, donde solo 6 han sido atendidas, según datos del Síndic de Greuges. A nivel provincial, en junio la Entidad de Vivienda y Suelo de la Generalitat Valenciana (EVHA) cifraba en 6.061 las familias inscritas a la lista de espera para una vivienda social, el triple que al inicio de 2022. A nivel autonómico, eran 13.000 las familias en esta situación. Este medio ha solicitado los datos actualizados a la conselleria, sin obtener respuesta.

Como recoge el Síndic en su escrito, la respuesta ofrecida por la conselleria a esta familia en situación de emergencia habitacional era que había "escasez de viviendas del patrimonio público de vivienda de la Generalitat disponibles para su adjudicación en el municipio de Alicante" y que "únicamente se podrán atender 6" de las "43 propuestas de adjudicación por urgencia en el municipio de Alicante". De esta manera, la conselleria deja sin atender 37 situaciones de urgencia solo en la ciudad de Alicante.

La ley obliga al Consell

El Síndic reprocha al Consell en su escrito que no es esto lo que indica la Ley de Vivienda, ya que "el derecho a la vivienda constituye en nuestra comunidad autónoma un auténtico derecho subjetivo de la ciudadanía valenciana" y en consecuencia "las administraciones públicas con competencia", esto es, la Conselleria de Vivienda, "tienen la obligación jurídica de garantizar la satisfacción de este derecho".

Una situación que puede resolverse bien de manera directa, con la concesión de una vivienda, o de manera indirecta, a través de una ayuda que permita el alquiler de un inmueble en el mercado privado. En palabras del Síndic: "Las personas que manifiestan una situación de pobreza en vivienda debe ser atendida de manera integral por las administraciones con competencias en materia de vivienda, obteniendo a resultas de su intervención una solución real y efectiva", en el que se otorgue "el uso y disfrute de un alojamiento o de recursos económicos para poder acceder al mismo".

El defensor del pueblo valenciano critica en su escrito la actuación de la conselleria, ya que "parece entender que sus obligaciones se limitan a la gestión del parque público de la vivienda y a la adjudicación de aquellas unidades que se encuentren disponibles". Y, sin embargo, remarca que la ausencia de viviendas no le "exonera de implementar medidas para atender la demanda". Por tanto, continúa el Síndic, "esta forma de entender la cuestión resulta absolutamente incompatible con la legislación vigente en materia de vivienda y entendemos que es, de todo punto de vista, inadmisible".

El escrito insiste en que la responsabilidad de la administración pública no se limita a asignar las viviendas disponibles, y que ante la ausencia de viviendas de carácter público, se deberán buscar alternativas para garantizar que las personas que lo necesiten y lo demuestren, puedan acceder a una.