Vivienda

La odisea de alquilar un piso en Alicante

Con un precio promedio de 1.217 euros al mes, cada vez cuesta más encontrar en la ciudad un inmueble en el que vivir de renta 

El precio medio del alquiler en Alicante ya supera el salario mínimo

INFORMACIÓNTV

David Marín

David Marín

El artículo 47 de la Constitución Española recoge el derecho a disfrutar de una vivienda digna. ¿Hasta que punto, hoy en día, se hace efectivo uno de los artículos en teoría más trascendentales de la Carta Magna?

La realidad, cruda en demasiadas ocasiones, demuestra la dificultad de acceder a una vivienda, ya no solo en venta. ¿Se tira el dinero viviendo de alquiler? Es uno de los debates más fervientes en cualquier sobremesa, ya sea familiar o de amigos. Viendo las cifras, conseguir un alquiler empieza a resultar casi una odisea.

No es necesario ir a las grandes capitales, llámense Madrid y Barcelona, para encontrar serias dificultades a la hora de encontrar esa «vivienda digna» a la que hace referencia la Constitución. En Alicante hay dos datos que pueden resultar demoledores: mientras el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es de 1.134 euros, el precio medio de alquiler por vivienda, aunque varía algo dependiendo de la fuente consultada, está en 1.217 euros (1.257 en el caso estrictamente de las amuebladas).

El dato es muy llamativo y, obviamente, tiene matices, ya que los pisos de una habitación estarían por debajo del SMI, aunque no por demasiado: 792 euros. Eso sí, muchas de los casos de estas viviendas en oferta de una habitación son estudios o instalaciones reformadas y/o adaptadas con dimensiones que no siempre garantizan un espacio de habitabilidad óptimo.

Aún así, basta con realizar sencillas cuentas para caer en números rojos, salvo en los casos en los que se supere con creces ese mínimo marcado o, lo más habitual, acudir a la vía de compartir piso.

Esta es la salida que acaban encontrando jóvenes (y no tan jóvenes) a los que, en general, les resulta imposible emanciparse en Alicante, en el caso de los primeros, o ahorrar en el de los segundos. Casi nunca es el camino deseado, pero mientras el mercado inmobiliario no ofrezca una tregua parece ser que no hay otro.

Un «nuevo» mercado

Un mercado que, además, también se está adaptando a las nuevas tecnologías. Las agencias inmobiliarias de toda la vida han visto como webs especializadas como Fotocasa o Idealista, por mencionar a las dos posiblemente más utilizadas en España, irrumpen cada vez con más fuerza como opciones tanto de los inquilinos a la hora de buscar piso como de los caseros a la hora de ofertarlos.

Ahí se abre la vía clásica de saltarse al intermediario y, de este modo, ahorrarse la comisión de las agencias. Estas no han querido quedarse atrás y ofrecen sus inmuebles en todas las aplicaciones online posibles, como si se tratara de un usuario más.

¿Qué necesita una persona para encontrar su piso de alquiler deseado en estas webs? Paciencia y precaución. La primera virtud es necesaria para no desesperar ni ante ofertas falsas ni ante requisitos muchas veces propios de un contrato de matrimonio (nóminas, tipo de contrato, mínimo de meses de alquiler, ingresos que superen ampliamente el precio de la mensualidad...) de unos propietarios que lógicamente tratan de reducir a cero el riesgo de impago. Y que incluso, en ocasiones, optan por mantener la vivienda vacía ante la incertidumbre que contemplan en alquilarla.

La segunda virtud hay que activarla cuando una oferta falsa va más allá y solicita algún tipo de información personal o directamente dinero sin ni siquiera haber visitado el inmueble. En estos casos la recomendación es sencilla: denunciar.

Tips de seguridad para evitar estafas en las páginas web

Un primer paso para descubrir si una oferta es falsa es realizar una búsqueda de las fotos en Google Imágenes. Si las mismas aparecen en otras ubicaciones, descarte y denuncia. Si pasa ese filtro, pero el anunciante insiste en cobrar por adelantado o envía algún link sospechoso, cero confianza. Las propias webs tienen mecanismos para detectar y eliminar este tipo de prácticas, con aviso incluido si se ha contactado con algún usuario sancionado, pero una dosis extra de seguridad con tips tan sencillos nunca está de más en este tipo de situaciones.

Precios de Alicante

Volviendo al caso concreto de Alicante, la web especializada Fotocasa ofrece un informe de precios que sitúa el alquiler medio en los ya mencionados 1.217 euros, que se elevan a 1.257 euros en caso de pisos amueblados y a 1.444 euros en los que incluyen párking.

Además, según el número de habitaciones las cifras van saltando de 792 euros (una), 1.150 euros (dos), 1.341 euros (tres) y 1.397 (más de tres). Por distritos o barrios los más elevados estarían en la zona centro y los más bajos en Rabasa-Los Ángeles-San Agustín. Por último, el precio promedio en la ciudad sería de 12 euros/m2.

Viviendas en la zona del PAU 2.

Viviendas en la zona del PAU 2. / Alex Domínguez

Subida anual del 15%

Atendiendo a este último indicador y comparando el dato de Alicante con el del resto de principales ciudades de España, los alquileres alicantinos tendrían solo por detrás a Zaragoza (10 euros/m2) y Murcia (9 euros/m2).

Sevilla (13 euros/m2), València y Las Palmas de Gran Canaria (14 euros/m2 en ambos casos) y Málaga (15 euros/m2) estarían un escalón por encima, mientras que Palma de Mallorca (18 euros/m2) cerraría un podio en el que Barcelona (21 euros/m2) aparece por delante de Madrid (20 euros/m2) según los datos de Fotocasa.

Tabla precio alquileres en España

Tabla precio alquileres en España / Información

Por su parte, Idealista ofrece otro interesante foco de atención para el análisis: la variación anual de los precios de alquileres de vivienda. En el caso particular de Alicante, en enero de 2024 este dato ha subido un 15% respecto al mismo mes de 2023. Una cifra que alcanzó el 16% en diciembre y que entre septiembre de 2022 y agosto de 2023 nunca bajó del 20%.

Ante este escenario, ¿hay solución al problema del acceso a la vivienda en Alicante? Cuesta creer que no, siempre que todas las partes involucradas se impliquen en ello, sin olvidar a los poderes públicos a los que, en ese mismo artículo 47 de la Constitución, se les atribuye la obligación de promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo el derecho de los ciudadanos a disfrutar de una vivienda digna.