Culpable. Así declaró el tribunal popular a la acusada de asesinar a su marido, enfermo de alzhéimer en su vivienda en Cox en marzo de 2017. Se trata de la segunda vez que se celebraba el juicio, después de que el pasado octubre otro jurado popular lo declarara nulo al no admitir el acuerdo al que la Fiscalía llegó con la defensa para aceptar un atenuante por enajenación mental que reducía la pena a 9 años de prisión frente a los 17 que pedía el Ministerio Público inicialmente. Esta vez, el fiscal aplicó una rebaja muy leve, y pasó de los 17 años a 15, al entender que, si bien no hubo una alteración mental en el comportamiento que motivara el asesinato, por lo que en un principio la acusada era plenamente consciente de lo que hacía cuando estranguló a su marido, sí lo hizo en un estado de arrebato u obcecación. El jurado popular también admitió ese matiz, si bien rechazó la eximente completa y la incompleta que, subsidiariamente, pedía la defensa, encabezada por el letrado Javier Roca de Togores.

Sin embargo, el abogado señaló ayer en el juicio, tras conocer el veredicto, que este atenuante, el de arrebato u obcecación se tenga en cuenta como una atenuante muy calificada con el fin de rebajar la pena un grado. De esta forma, el delito de asesinato del que se le ha declarado culpable estaría penado, en lugar de 15 a 25 años de prisión, entre una horquilla de siete a 15. El jurado popular tan solo dictamina el veredicto de culpabilidad o inocencia, pero la sentencia y la pena la interpone la jueza que presidió el jurado, por lo que aún habrá que esperar unos días para conocer cuál es la pena definitiva.

El papel de la defensa no era fácil. La acusada admitió los hechos, aunque confesó haberlos cometido en un estado de enajenación provocada por una depresión que padecía. Esta vez, no ha habido acuerdo con la Fiscalía, que mantuvo la acusación hasta el final y fue reacia a realizar pactos para evitar otro juicio nulo. Una circunstancia que habría acarreado automáticamente la absolución de la acusada, tal y como explicó Roca de Togores. Ésta se encuentra en prisión desde que se cometieron los hechos.

Hijos

Los hijos del matrimonio ni siquiera presentaron acusación contra su madre y declararon en el juicio que no podían culpar a su progenitora de lo sucedido debido a la depresión que sufría, la enorme carga familiar que soportaba y la desesperación al haber tenido que cuidar a tres familiares dependientes antes de la enfermedad de su marido, que había alcanzado un punto en el que ni siquiera la reconocía.

Este ha sido un caso muy particular, pues rara vez un jurado popular declara nulo un procedimiento que durado cinco días. Como ya ocurriera en el juicio anterior, se produjo un rifirrafe entre la defensa y la perito judicial que declaró que la acusada era plenamente consciente y tiró por tierra la versión del intento de suicidio de la acusada tras el crimen, aunque finalmente el letrado sí logró que se reconozca, en parte, que estaba agotada.