Buenas noticias: los que reciben esta pensión se librarán de esto en la próxima Renta

Algunas personas se no tendrán que incluir este impuesto en la Declaración del próximo año

Cambios para algunos pensionistas en la declaración de la renta

Cambios para algunos pensionistas en la declaración de la renta / INFORMACIÓN

Luis Miguel Mora

En las numerosas pensiones que ofrece la Seguridad Social se encuentra la de discapacidad para las pensiones con una incapacidad igual o superior al 33%. Para poder acceder a ella necesitas cumplir una serie de requisitos establecidos en el régimen de la TGSS y por la cual se podrá ingresar una cantidad determinada de dinero. 

Los trabajadores que hayan sufrido un accidente o tengan una enfermedad que les incapacite para realizar una actividad laboral podrán solicitar una pensión contributiva de la Seguridad Social. Este hecho limita las capacidades para hacer determinados trabajos por lo que podrán tener el derecho a una de estas prestaciones con las que podrás sustituir parte del salario perdido por el suceso que te derivó a pedirla.

El cálculo de la cuantía recibida lo tendrá que realizar el Equipo de Valoración de Incapacidades y la Dirección Provincial de la Seguridad Social que determinará en cuál de los diferentes tramos por grado de incapacidad te encuentras. Estos pensionistas tendrán ventajas fiscales y sociales en la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.

Atención al próximo año

A partir de 2024 los beneficiarios de una pensión por incapacidad tendrán varios beneficios fiscales para la campaña de la Renta. Una de las medidas estrella es que se podrán deducir un gran porcentaje del IRPF como parte de las nuevas mejoras para estas personas. Además, los pensionistas con modalidad absoluta y los que reciben el complemento de Gran Invalidez seguirán con el derecho a no presentar la Renta.

Un grupo de pensionistas en el paseo de Benidorm.

Un grupo de pensionistas en el paseo de Benidorm. / David Revenga

Entre otros beneficios con los que cuentan están:

  • Los pensionistas recibirán una bonificación de 3.000 euros en el IRPF si tienen una renta personal o familiar de 8.500 euros.
  • Tendrán una reducción del IVA al 4% para la compra de un vehículo que deberá usarlo personal con discapacidad. Se elimina, también, el impuesto de matriculación si tiene menos de cuatro años y no se vende o traspasa durante los primeros cuatro años. Las personas con movilidad reducida están libres de pagar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y el impuesto de circulación de vehículos.
  • Para comprar viviendas de protección oficial, se beneficiarán de subvenciones del préstamo hipotecario y de ayudas para pagar la entrada del inmueble.
  • Tendrán precios reducidos en la adquisición de medicamentos con copago farmacéutico y un mayor descuento en los tratamientos que deriven de una enfermedad crónica o de larga duración.
  • Las personas con discapacidad que deban obtener equipamiento específico para ellos, como las sillas de ruedas o prótesis, pueden solicitar una ayuda a la Seguridad Social, al Ayuntamiento local o a los Centros de Atención al Ciudadano. La cuantía varía según el grado de minusvalía, los ingresos y la unidad familiar.

Las personas con una de estas pensiones tienen un sistema de cotización diferente. Quienes tengan rendimientos de trabajo y no sobrepasen los 22.000 euros anuales, quedan libres de presentar la declaración anual. Sin embargo, hay otros beneficiarios que sí tendrán que presentarla. Si la persona tiene dos pagadores o más, sí la harán cuando los derechos por rendimientos de trabajo excedan los 15.000 euros siempre y cuando los ingresos provenientes del segundo pagador deben ser superiores a los 1.500 euros.

Todo esto solo será aplicable a quienes reciban la modalidad parcial y la evitarán quienes ingresen las modalidades absolutas y de gran invalidez.