Gastos de hipoteca: hoy es la fecha clave para reclamar hasta 1.000 euros

El Supremo falló que un consumidor puede reclamar los gastos del préstamo si se han declarado "abusivos" y "nulos"

¿Hasta qué edad se puede pedir una hipoteca? Los bancos lo tienen claro

PI STUDIO

Según una sentencia del Tribunal Supremo, un consumidor puede reclamar los gastos que pagaron para formalizar su préstamo hipotecario con una entidad bancaria y que se hayan declarado "abusivos" y "nulos". Por su parte, la OCU extiende esa posibilidad de reclamación a las comisiones de apertura practicadas por los bancos sin haber explicado al cliente los motivos de ese cargo y sus consecuencias económicas.

Esos gastos a los que hace referencia, tanto la citada sentencia como la organización de consumidores, serían los propios de notarioregistrogestoría tasación, mientras que existen dudas sobre a quién correspondería asumir el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), si tenemos en cuenta lo que dice al respecto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Así, todas las personas que formalizaron un préstamo hipotecario para comprar una casa antes de 2019 podrían reclamar esos gastos, aunque este derecho tiene fecha de caducidad: vence el 23 de enero de 2024, momento en el que se cumplirán 5 años de la declaración de abusividad de la cláusula por parte del Supremo. Según el Código Civil, se tiene un lustro de tiempo para exigir la devolución de los gastos hipotecarios, no obstante existen dudas sobre si efectivamente sería el 23 de enero de este año la fecha tope para recuperar un dinero que, distintos cálculos, sitúan en torno a los mil euros.

Para pedir la devolución de esos gastos lo primero que habría que hacer es solicitarla en el servicio de reclamaciones de la entidad con la que se firmó el crédito y presentar una queja. Si la gestión no tuviera una respuesta positiva, acudiríamos al servicio de reclamaciones del Banco de España. Si los dos pasos anteriores hubieran fracasado, el cliente aún tendría la posiblidad de acudir a la vía judicial. Este camino se puede andar bien por sus propios medios o bien de la mano de una ayuda como la que presta la OCU o, directamente, como la que cobra un profesional.